Nuevas especialidades en las FAS

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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soplaodani
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Nuevas especialidades en las FAS

Mensaje por soplaodani »

Como me imagino que la mayoría ya sabéis, hoy 1 de junio de 2010 se ha publicado en BOE el nuevo Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas, y la cosa tiene miga:

El Real Decreto lo tenéis aquí: http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/01/p ... 0-8698.pdf

Este apartado es especialmente interesante:


Disposición transitoria primera. Especialidades de origen.
Mientras se encuentre en servicio activo o reserva personal que hubiera adquirido una de las especialidades fundamentales de las contenidas en el Reglamento de cuerpos, escalas y especialidades de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 207/2003, de 21 de febrero, o de la Orden Ministerial 15/2000, de 21 de enero, por la que se determinan las especialidades de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería, se mantendrán vigentes las siguientes disposiciones:
a) Los artículos 14.2, 15, 16.2, 18.3, 21.2, 22.2, 25, 26.2, 29.2, 30, 33.2, 34, 35.2, 37.3, 40.2, 41.2, 44, 45.2, 48.2, 49, 50.2, 52.3, 55.2, 56.2, 59, 60.2, 62.3, 64.3, 67.2, 68.2, 71.2 y 72.2 del Reglamento de Cuerpos, Escalas y Especialidades de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 207/2003, de 21 de febrero.
b) El anexo I de la Orden Ministerial 15/2000, de 21 de enero, por la que se determinan las especialidades de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería.


Y ahora viene la pregunta de examen; ¿Este R.D. se aplica a todos o sólo al personal de nuevo ingreso?
Es decir; ¿nos van a cambiar la especialidad a todos o sólo a los próximos que entren?
Si es sólo para los nuevos sería un cacao fenomenal. Pero eso es lo que se desprende de este extracto.
¿Cómo lo veis?
arnitxu
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Nuevas especialidades en las FAS

Mensaje por arnitxu »

ahora viene lo bueno, los apq, admon, eqsub y el resto de specialidades que la nueva ley no contempla, ya sea en la escala de tropa o basica, ¿que piensa hacer la srta ministra con ellos? ¿los jubila? los integra en ?????magia????
en fin si alguien sbe algo le agradeceria la informacion
Arnitxu
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trasgu123
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Re: Nuevas especialidades en las FAS

Mensaje por trasgu123 »

Hay ke leerse el Real Decreto entero.

Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Defensa para dictar cuantas disposiciones sean necesarias en desarrollo de este real decreto.

Lo ke en cristiano kierede decir ke el Ministerio ira aprobando Ordenes Ministeriales segun las necesidades y problemas ke encuentre.
CICERON
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Re: Nuevas especialidades en las FAS

Mensaje por CICERON »

Hola a todos:
El real decreto, al igual que la disposición transitoria 4.14 de la Ley de la Carrera MIlitar, dicen que "Los militares profesionales que se incorporen a las nuevas escalas mantendrán las especialidades que tuvieran en las de origen."
Esto significa que los que tengan especialidades que dejen de existir quedarán a extinguir, lo que significa que hasta que el último pase a la reserva habrá puesto para ellos en la relación de puestos militares. Esto no implica que no se deba empezar ya a prever la nueva estructura del Ejército con las nuevas especialidades. Hay que prever cuántos hacen falta de cada especialidad, y por ello, se rediseñan las plantillas con esta nueva referencia.
La diferencia con otros cambios de especialidades que se hicieron anteriormente, es que mientras entonces se "obligaba" a pasar a otras especialidades que nada tenían que ver con uno, y ni se era lo antiguo ni lo nuevo, lo que se hace ahora, que creo que es mejor, es contar con un periodo de transición (que será largo) en el que conviva personal de las antiguas y de las nuevas especialidades, y todos tendrán su puestecito de trabajo.
Espero haber aclarado algo.
Un saludo
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