Hola, soy funcionario y quería, a ver si alguien me aclara, la siguiente duda:
Si un funcionario ha estado varios años cotizando en un grupo determinado y otra serie de años en otro u otros grupos, según la norma se utilizaría para su cáculo la siguiente fórmula:
P= R1*C1+(R2-R1)*C2+...
siendo R los distintoa haberes reguladores y C los porcentajes correspondientes a los años que ha estado en cada grupo.
Si es esto asi (y yo creo que si) ¿por qué si , a igualdad de períodos cotizado en los distintos grupos, la pensión es distinta si se ha pasado del grupo más alto al grupo más bajo que en el caso contrario?, es más, se valoran, a efectos de pensión más los primeros años de cotización que los últimos, lo que va en contra de lo que ocurre en el régimen general de la Seguridad Social.
Como todo esto no me entra en la cabeza, imagino que estaré equivocado y agradecería que alguien me contestara la interpretación correcta.
GRACIAS
clases pasivas: cálculo de pensión
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Gracias por responderme tan rápido, pero ya sé que el sistema de clases pasivas es distinto al de la Seguridad Social, lo único que quería poner de manifiesto es la diferencia entre los dos regímenes en cuanto a la importancia que dan a los últimos años cotizados.
Pero el "quid" de la cuestión era el siguiente: (por ejemplo)
Si un funcionario ha trabajado 15 años en el grupo B y 20 años en el grupo A, aplicando la fórmula:
Pensión = 28340*100%+ (36009-28340)*45,19%=31.805,6
y si hubiera trabajado primero en el grupo A(20 años) y después en el grupo B (15 años), es decir exactamente igual que en primer caso pero al contrario la pensión sería:
Pensión: 36009*100%+(28340-36009)*26.92%=33.944
cómo se puede apreciar , en este caso, y en general, existe una diferencia significativa, y lo más llamativo es que perjudica al que ha ascendido en la Administración.
Perdonar este rollo pero no sé otra forma de explicar mi duda, pero insisto seguramente tengo algún razonamiento erróneo.
Gracias de nuevo
Pero el "quid" de la cuestión era el siguiente: (por ejemplo)
Si un funcionario ha trabajado 15 años en el grupo B y 20 años en el grupo A, aplicando la fórmula:
Pensión = 28340*100%+ (36009-28340)*45,19%=31.805,6
y si hubiera trabajado primero en el grupo A(20 años) y después en el grupo B (15 años), es decir exactamente igual que en primer caso pero al contrario la pensión sería:
Pensión: 36009*100%+(28340-36009)*26.92%=33.944
cómo se puede apreciar , en este caso, y en general, existe una diferencia significativa, y lo más llamativo es que perjudica al que ha ascendido en la Administración.
Perdonar este rollo pero no sé otra forma de explicar mi duda, pero insisto seguramente tengo algún razonamiento erróneo.
Gracias de nuevo