Buenos días.
- Para los Suboficiales en situación admininistrativa de activo restringidos de ascenso.
Se adjunta escrito personal para elevar al Sr.Suboficial Mayor de la Subsecretaría de Defensa.
- Que se entienda que por Ley 19/1973 de 21 de julio estáis restringidos de ascenso.
- Que por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre en la disposición transitoria séptima no contempla el ascenso a Teniente de los Suboficiales a los que se hace referencia.
-Que elevar la petición, no implica de modo alguno que se estime vuestro ascenso a Brigada.
- Que elevarlo por vía administrativa en base a la Ley 30/1992...no cabe posibilidad legal.
- Se puede elevar desde una delegación de Defensa a título personal...recordando que es un escrito formal, pero sin norma que lo recoja.
SE HA EXPUESTO UN NUEVO ESCRITO UN POCO MÁS APROPIADO.
Un saludo.
SUBOFICIALES DE LA ARMADA RESTRINGIDOS DE ASCENSO
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
SUBOFICIALES DE LA ARMADA RESTRINGIDOS DE ASCENSO
- Adjuntos
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- AL SR1.rar
- AL SR. SUBOFICIAL MAYOR DE LA SUBSECRETARÍA DE DEFENSA
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