Jubilación anticipada funcionarios

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joloazor
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Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por joloazor »

Soy maestro. Tengo 37 años de servicio y cumplo los 60 años en enero de 2012. Quiero acogerme a la jubilación anticipada. ¿Hay alguna propuesta de reforma de esta ley? En caso de reformarla, ¿entraría en vigor antes de esta fecha?.
Supongo que se me nota que estoy muy quemado y cuento los días que me faltan.
Gracias
Francisco I
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Francisco I »

De momento, y para el año 2011 seguimos igual que estabamos; aunque puede ser que le indennización haya volado.

Yo creo que la jubilación anticipada se la van a cargar en la próxima reforma sobre las pensiones.
Pon una velita a ver si aguanta hasta el 2012.
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diablo
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por diablo »

Buenas.
JUBILACIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA L.O.E.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (L.O.E.), en su disposición transitoria segunda, establece que los funcionarios de los cuerpos docentes no universitarios incluidos en el ámbito personal de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado tienen la opción de acogerse a un régimen de jubilación voluntaria singular durante el periodo de cinco años de implantación de la Ley, siempre que reúnan los requisitos siguientes:

•Haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los quince años anteriores a la fecha en que formulen la correspondiente solicitud en puestos pertenecientes a las respectivas plantillas de centros docentes, o que durante una parte de ese periodo hayan permanecido en situación de servicios especiales o hayan ocupado un puesto de trabajo dependiente funcional u orgánicamente de las Administraciones educativas, o bien les haya sido concedida excedencia por cuidado de hijos o de algún familiar en los términos establecidos en el artículo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

•Tener cumplidos sesenta años de edad.
•Acreditar quince años de servicios efectivos al Estado.

Los requisitos de edad y carencia deberán haberse cumplido en la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, que será el 31 de agosto del año en que se solicite. A tal fin, deberá formularse la solicitud ante el órgano de jubilación correspondiente, dentro de los dos primeros meses del año en que se pretenda acceder a la jubilación voluntaria.

La cuantía de la pensión de jubilación voluntaria será la que resulte de aplicar, a los haberes reguladores que en cada caso procedan, el porcentaje de cálculo correspondiente a la suma de los años de servicios efectivos prestados al Estado que, de acuerdo con la legislación de Clases Pasivas, tenga acreditados el funcionario al momento de la jubilación voluntaria y del periodo de tiempo que le falte hasta el cumplimiento de la edad de 65 años, sin que este periodo pueda superar los cinco años.

Por otra parte, el personal de cuerpos docentes encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social o en otros regímenes de previsión social también podrá acogerse al régimen de jubilación voluntaria anticipada del Régimen de Clases Pasivas del Estado, siempre que acrediten los requisitos de edad y períodos de carencia y opten en el momento de formular su solicitud por incorporarse al último régimen citado.

Como consecuencia de dicha incorporación, la pensión de jubilación que corresponda se reconocerá mediante el abono, a efectos del cálculo de la pensión, del período de tiempo que falte para el cumplimiento de la edad reglamentaria de jubilación y sin la aplicación de coeficiente reductor alguno en razón de la edad.
Saludos, que yo sepa siguen vigentes las mismas Disposiciones.
Francisco I
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Francisco I »

Efectivamente; así es, compañero DIABLO.
Lo que ocurre es que los 5 años se cumplen ya; por eso hay en los PGE para el 2011 una Disposición que expresamente lo deja en vigor; pero ¿ hasta cuando ?

Yo, con esto de la jubilación a los 67, no me fiaría mucho de que mantengan la voluntaria a los 60 por más años. Así que el que pueda y cumpla las condiciones, que no lo piense.
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felix102
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por felix102 »

diablo escribió:Buenas.
JUBILACIÓN VOLUNTARIA ANTICIPADA L.O.E.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (L.O.E.), en su disposición transitoria segunda, establece que los funcionarios de los cuerpos docentes no universitarios incluidos en el ámbito personal de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del Estado tienen la opción de acogerse a un régimen de jubilación voluntaria singular durante el periodo de cinco años de implantación de la Ley, siempre que reúnan los requisitos siguientes:

•Haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los quince años anteriores a la fecha en que formulen la correspondiente solicitud en puestos pertenecientes a las respectivas plantillas de centros docentes, o que durante una parte de ese periodo hayan permanecido en situación de servicios especiales o hayan ocupado un puesto de trabajo dependiente funcional u orgánicamente de las Administraciones educativas, o bien les haya sido concedida excedencia por cuidado de hijos o de algún familiar en los términos establecidos en el artículo 29.4 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

•Tener cumplidos sesenta años de edad.
•Acreditar quince años de servicios efectivos al Estado.

Los requisitos de edad y carencia deberán haberse cumplido en la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, que será el 31 de agosto del año en que se solicite. A tal fin, deberá formularse la solicitud ante el órgano de jubilación correspondiente, dentro de los dos primeros meses del año en que se pretenda acceder a la jubilación voluntaria.

La cuantía de la pensión de jubilación voluntaria será la que resulte de aplicar, a los haberes reguladores que en cada caso procedan, el porcentaje de cálculo correspondiente a la suma de los años de servicios efectivos prestados al Estado que, de acuerdo con la legislación de Clases Pasivas, tenga acreditados el funcionario al momento de la jubilación voluntaria y del periodo de tiempo que le falte hasta el cumplimiento de la edad de 65 años, sin que este periodo pueda superar los cinco años.

Por otra parte, el personal de cuerpos docentes encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social o en otros regímenes de previsión social también podrá acogerse al régimen de jubilación voluntaria anticipada del Régimen de Clases Pasivas del Estado, siempre que acrediten los requisitos de edad y períodos de carencia y opten en el momento de formular su solicitud por incorporarse al último régimen citado.

Como consecuencia de dicha incorporación, la pensión de jubilación que corresponda se reconocerá mediante el abono, a efectos del cálculo de la pensión, del período de tiempo que falte para el cumplimiento de la edad reglamentaria de jubilación y sin la aplicación de coeficiente reductor alguno en razón de la edad.
Saludos, que yo sepa siguen vigentes las mismas Disposiciones.
El otro día en una reunión de familia, salió el teme de los maestros, pues tenemos un conocido que es maestro y esta próximo a cumplir los 60 años.
Allí se decía que se podría jubilar de forma anticipada con 60 años percibiendo el 100% de la pensión, sin que le aplicaran ningún coeficiente regulador. Hasta ahí algo estraño, pero leyendo la ley se ve que de momento es así.
Pero luego se comentó que les conceden una indemnización que ronda los 20.000 €, y la abonan en el momento de jubilarse.
Podríais algún compañero que este bien informado a este respecto, darnos un poquito de luz al tema.
No se, que te jubilen 5 años antes, bueno, pero encima lo de los 20.000 € me suena un poco raro. Eso si, ni lo veo bien, ni mal, si ellos han conseguido eso, mejor para ellos.
Un saludo y gracias.
Pasé la mitad de mi vida preocupándome por cosas que jamás iban a ocurrir”
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Compi
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Compi »

Yo tengo una tía maestra, nunca me ha dicho lo de los 20.000 €, pero la pobre también está muy quemada, es que dice que es una profesión muy estresante (no como la mía que es relajante). De hecho ella se queja mucho porque tiene que trabajar 18 horas semanales por las mañanas y dice que algunas horas son sueltas y que algunos días sale a las 14:00 horas. El año pasado la pobre estuvo de baja por depresión debido al estrés de su trabajo (dice que por las horas salteadas, era insoportable) y aprovechó para preparar unos trabajos de doctorado y hacer dos cursos de cocina que le sirven para, según ella, que le paguen los sexenios (además de los trienios). El mismo día que terminó el curso cogió el alta (justo cuando empiezan las vacaciones de verano, sería casualidad y porque a partir del tercer mes de baja cobras menos) y en septiembre que quejaba de que el sustituto le había dejado a 11 para septiembre por lo que tendría que preparar y corregir todos los exámenes.

No sé si preguntarle lo de los 20.000 € por si le parece poco y se deprime (Tía si lees en este foro respira hondo y recuerda que somos familia. Yo creo que mereces por lo menos 60.000 €).

Ojo que hablo de mi tía, no de todos los Profesores que merecen toda mi gratitud, respeto y admiración.

Un saludo.
Última edición por Compi el Lun Abr 18, 2011 3:46 pm, editado 1 vez en total.
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Francisco I
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Francisco I »

Lo de la indemnización para los maestros prejubilados es cierto; pero la cantidad depende de las Autono-suyas, que son las que se las pagan.
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Notocactus
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Notocactus »

Francisco I escribió:De momento, y para el año 2011 seguimos igual que estabamos; aunque puede ser que le indennización haya volado.
Yo creo que la jubilación anticipada se la van a cargar en la próxima reforma sobre las pensiones.
Pon una velita a ver si aguanta hasta el 2012.
Hola, yo también soy maestro y el próximo curso será mi año 38. Tengo entendido que si prospera lo de la jubilación a los 67, entraría en vigor en el año 2013. Precisamente el 8 de enero de 2013 cumpliría los 60. ¿A qué santo le tengo que poner las velas para que esto se retrase un poco? -mf_popeanim

¿Conocéis alguna tabla "fiable" de cómo iría esto según tiempo de servicio o año de nacimiento o algo parecido?

Un saludo.
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por trasgu123 »

A San Cristobal Montoro, aunque tengo mis dudas.
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Francisco I »

La jubilación ordinaria a la edad de los 65 años seguirá en vigor hasta el año 2013; momento en el cual empezaran a añadir un mes por año, hasta completar en 2025 los dos años que nos aumentan hasta los 67.


No obtante se mantiene la posibilidad de jubilación a los 65 años con el 100 por 100 de la pensión cuando se acredite un periodo de cotización que se aumentará gradualmente hasta los 38 años y seis meses. También podrán jubilarse a partir de los 65 años quienes no reúnan este período de cotización aunque se aplicará un coeficiente reductor a la cuantía de la pensión.
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Notocactus »

Francisco I escribió:La jubilación ordinaria a la edad de los 65 años seguirá en vigor hasta el año 2013; momento en el cual empezaran a añadir un mes por año, hasta completar en 2025 los dos años que nos aumentan hasta los 67.
Mi intención (y supongo que la de la mayoría de los mortales que andamos por aquí) es jubilarme a los 60. ¿Se aplicarían las mismas condiciones a la jubilación anticipada?
Saludos desde Almendralejo (Badajoz)
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por Notocactus »

Por ahora, este tema está muy callado, supongo que hasta después de las elecciones no se empezará a remover nada.
Saludos desde Almendralejo (Badajoz)
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por cuarto trienio »

Normal que los maestros se depriman y cojan bajas, "ellos no saben con quien están". Y eso es duro, lo creais o no.
A mí, si me llaman por una alarma en un banco... el malo es el encapuchao
Pero el profesor/maestro... todos los alumnos van con la cara descubierta, cualquiera puede ser el malo
Yo, no puedo ni pensarlo, sentado enfrente de (creo que es el máximo por ley) 25 individuos, mirándome, esperando... a que?, a que les hable, les explique... pero para que? Que rabia, yo creo que no me escuchan, y ninguno lleva la cara cubierta, ni cicatrices en la cara... ¿quien es el malo? que levante la mano, NO LO PUEDO SOPORTAR, voy a opositar para Sgto del ET, que los malos en Afganistan sé que llevan turbante.
nunca-i des de comer al fartucu
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por lubron »

cuarto trienio escribió:Normal que los maestros se depriman y cojan bajas, "ellos no saben con quien están". Y eso es duro, lo creais o no.
A mí, si me llaman por una alarma en un banco... el malo es el encapuchao
Pero el profesor/maestro... todos los alumnos van con la cara descubierta, cualquiera puede ser el malo
Yo, no puedo ni pensarlo, sentado enfrente de (creo que es el máximo por ley) 25 individuos, mirándome, esperando... a que?, a que les hable, les explique... pero para que? Que rabia, yo creo que no me escuchan, y ninguno lleva la cara cubierta, ni cicatrices en la cara... ¿quien es el malo? que levante la mano, NO LO PUEDO SOPORTAR, voy a opositar para Sgto del ET, que los malos en Afganistan sé que llevan turbante.

REPERICO. A CUARTO TRIENIO RESPUESTA.

CUARTO TRIENIO, ERES SENSACIONAL, EL FORO ESTABA MORIBUNDO, PERO DESDE TU INTERVENCION PARECE QUE HA FALLECIDO.
joloazor
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Re: Jubilación anticipada funcionarios

Mensaje por joloazor »

posting.php?mode=reply&f=18&t=8588#
Vamos a darle un poco de emoción al tema:[/b]
Si se prorrogan los presupuestos generales del estado, ¿debería seguir la jubilación Loe?
En los presupuestos del 2011 figuraba una partida para este fin, así que, al prorrogarlos, en el 2012 volverá a estar disponible otra vez y podríamos acogernos a ella los docentes que cumplimos los 60 años.
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