Buenas:
Tengo una duda sobre que pensión le quedaría a mi familia si yo falleciera.
En 1990 me casé por primera vez y me divorcié un año y medio después.
Actualmente estoy casado desde 1998 pero llevo conviviendo con mi esposa desde 1994. Tengo dos hijos menores de edad de éste último matrimonio y del primero ninguno. Tampoco paso manutención a mi primera esposa puesto que tiene trabajo fijo.
¿Le quedaría el 100% de mi pensión a mi familia?
DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
Re: DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
La pension de viudedad se calcula proporcionalmente entre los años de convicencia con ambas esposas, sería el 50% del reglador repartido proporcionalmente.
La pensión de orfandad asciende a un 10% para cada huérfanos + un 15% a repartir entre todos.
Un saludo
La pensión de orfandad asciende a un 10% para cada huérfanos + un 15% a repartir entre todos.
Un saludo
Re: DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
¿QUiere decir esto masss que si mi primera esposa, con la que estuve casado 1 año y medio, reclamase su parte de la pensión le quedaría la parte proporcional al tiempo que estuvimos casados, o el 50% del total?
¿Y si no la reclamase?
Gracias por tu contestación.
¿Y si no la reclamase?
Gracias por tu contestación.
Re: DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
la pensión del viudedad sería el 50% a repartir proporcionalmente entre las dos esposas.
Re: DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
Creo que no he sabido exponer bien las dudas que tengo.
¿Sabríais decirme donde me pueden explicar con exactitud este tema?
Sería mejor resolverlas cara a cara con la persona que lleve el tema.
Gracias.
¿Sabríais decirme donde me pueden explicar con exactitud este tema?
Sería mejor resolverlas cara a cara con la persona que lleve el tema.
Gracias.
Re: DUDA SOBRE PENSIÓN DE VIUDEDAD
Ahora sí que me ha quedado clara la duda que tenía.
Según pone el punto uno, el primer cónyuge, si se vuelve a casar o a formar pareja de hecho, pierde el derecho a la parte proporcional de la pensión que le correspondía.
Muchas gracias mj.
Según pone el punto uno, el primer cónyuge, si se vuelve a casar o a formar pareja de hecho, pierde el derecho a la parte proporcional de la pensión que le correspondía.
Muchas gracias mj.