calculo pension orfandad
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calculo pension orfandad
Buenas tardes a todos,acaba de fallecer la pareja de una de mis hijas,era cabo del ET ya hemos hechado los papeles para las pensiones de los crios no estaban casados,se que les corresponde el 20 porciento de la base reguladora del padre lo que me gustaria saber es si podeis decirme que base reguladora tenia siendo el cabo temporal,quiero saberlo para ver lo que les espera a las criaturas.gracias.
- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Hola compañero,
¿Cuántos hijos son?
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- Sargento 1º
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Re: calculo pension orfandad
Hola sargento son dos criaturas
- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Bueno, al ser dos hijos, para el cálculo de la pensión se tomará el 10 por 100 de la base reguladora para cada huérfano, en el supuesto de que existan varios hijos con derecho a pensión. En este caso, las pensiones resultantes se incrementan en un único 15 por 100 de la base reguladora que se distribuirá por partes iguales entre todos ellos.
Para calcular la base reguladora se tomará la pensión que le hubiera podido corresponder a éste al momento de su retiro forzoso si hubiera fallecido con anterioridad al cumplimiento de la edad correspondiente y no hubiera llegado a ser declarado retirado, permaneciendo invariable el cuerpo, escala, plaza, empleo o categoría a que estuviera adscrito aquél al momento de fallecer, por lo que al ser militar temporal esta base reguladora sería de 18966,88€ anuales.
Si tomamos el 10%, son 1896,69€ anuales. A eso hay que sumarle un 15% de la base reguladora dividido para los dos hijos, que son 1422,52€, por lo que resultaría una pensión de orfandad de 237,09€ mensuales.
Por otro lado podríais solicitar el complemento para mínimos, hasta llegar a los 301,55€ mensuales.
No sé si me habré colado en algún cálculo, pero creo que es así.
Un abrazo en estos momentos difíciles para vosotros.
Para calcular la base reguladora se tomará la pensión que le hubiera podido corresponder a éste al momento de su retiro forzoso si hubiera fallecido con anterioridad al cumplimiento de la edad correspondiente y no hubiera llegado a ser declarado retirado, permaneciendo invariable el cuerpo, escala, plaza, empleo o categoría a que estuviera adscrito aquél al momento de fallecer, por lo que al ser militar temporal esta base reguladora sería de 18966,88€ anuales.
Si tomamos el 10%, son 1896,69€ anuales. A eso hay que sumarle un 15% de la base reguladora dividido para los dos hijos, que son 1422,52€, por lo que resultaría una pensión de orfandad de 237,09€ mensuales.
Por otro lado podríais solicitar el complemento para mínimos, hasta llegar a los 301,55€ mensuales.
No sé si me habré colado en algún cálculo, pero creo que es así.
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- Sargento 1º
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Re: calculo pension orfandad
Muchisimas gracias por tu ayuda,solo un ultimo apunte,esa cantidad resultante seria para cada uno de los niños o para los dos??
- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Sería para cada uno de ellos.
Un saludo.
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Re: calculo pension orfandad
No estoy muy seguro de lo que voy a poner, así que corregidme si me equivoco.
Cuando uno de los dos huérfanos alcance la edad en la que ya no le corresponde cobrar la pensión, ese 15 % de mejora creo que se suma a la pensión del otro huérfano mientras perdure su derecho.
Cuando uno de los dos huérfanos alcance la edad en la que ya no le corresponde cobrar la pensión, ese 15 % de mejora creo que se suma a la pensión del otro huérfano mientras perdure su derecho.
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- Sargento
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Re: calculo pension orfandad
Para no abrir un nuevo post voy a poner aquí una duda que se me plantea después de haber leído todos los mensajes anteriores.
Un familiar mío falleció hace un par de semanas, dejando viuda e hijo (39 años) con una minusvalía este último de más del 65%.
El hijo por tener la minusvalía está cobrando una pensión no contributiva (unos 300 euros). ¿Le correspondería además pensión de orfandad?. Saludos.
Un familiar mío falleció hace un par de semanas, dejando viuda e hijo (39 años) con una minusvalía este último de más del 65%.
El hijo por tener la minusvalía está cobrando una pensión no contributiva (unos 300 euros). ¿Le correspondería además pensión de orfandad?. Saludos.
- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Hola compañero,
Tendrá derecho a pensión de orfandad siempre que estuviera incapacitado para toda profesión antes de la fecha del fallecimiento de su padre.
Un saludo.
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- General de Brigada
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Re: calculo pension orfandad
Si esa minusvalía, superior al 65%, fué adquirida antes de la mayoría de edad, en éste caso 21 años; no hay duda de que ahora SÍ le corresponde pensión de orfandad. Siempre que no obtenga ingresos superiores al SMI, en cuyo caso la pensión quedará suspendida mientras siga obteniendo esos ingresos; pero creo que no será el caso con ese %.
Si por el contrario esa minusvalía ha sido adquirida después de cumplir los 21 años de edad, ( pongamos por ejmplo por un accidente) en ese caso creo que NO tendría derecho a pensión de orfandad.
Si por el contrario esa minusvalía ha sido adquirida después de cumplir los 21 años de edad, ( pongamos por ejmplo por un accidente) en ese caso creo que NO tendría derecho a pensión de orfandad.
- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Hola FranciscoI,
Yo lo que veo es que la normativa especifica que ha de estar incapacitado para toda profesión u oficio antes de cumplir los 21 años o antes del fallecimiento de su padre, pero no habla de grados de discapacidad. Quizás este hombre tenga un 65% de discapacidad pero no esté incapacitado para toda profesión.
Un saludo.
Yo lo que veo es que la normativa especifica que ha de estar incapacitado para toda profesión u oficio antes de cumplir los 21 años o antes del fallecimiento de su padre, pero no habla de grados de discapacidad. Quizás este hombre tenga un 65% de discapacidad pero no esté incapacitado para toda profesión.
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- Sargento
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Re: calculo pension orfandad
El obtuvo el 65% de minusvalía con más de 21 años, pero antes del fallecimiento de su padre.
Ignoro lo que comentas sobre si está incapacitado para cualquier profesión. Lo que sí tengo claro es que, aunque no lo tenga reconocido en papeles, él no está físicamente en condiciones de ejercer ningún trabajo. Ya le preguntaré.
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Ignoro lo que comentas sobre si está incapacitado para cualquier profesión. Lo que sí tengo claro es que, aunque no lo tenga reconocido en papeles, él no está físicamente en condiciones de ejercer ningún trabajo. Ya le preguntaré.
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- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Hola compañero,ISLEÑO escribió: Lo que sí tengo claro es que, aunque no lo tenga reconocido en papeles, él no está físicamente en condiciones de ejercer ningún trabajo.
La cuestión es que ha de tener reconocida por un órgano competente la incapacidad absoluta o incapacidad para toda profesión u oficio.
Y recuerda que tener un 65% de discapacidad no implica obligatoriamente el tener una incapacidad absoluta.
Un saludo.
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- sargentodehierro
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Re: calculo pension orfandad
Así es FranciscoI, la verdad que lo desconocía y he llamado al Área de Pensiones del MINISDEF para salir de dudas y me han confirmado ese extremo.Francisco I escribió:No estoy muy seguro de lo que voy a poner, así que corregidme si me equivoco.
Cuando uno de los dos huérfanos alcance la edad en la que ya no le corresponde cobrar la pensión, ese 15 % de mejora creo que se suma a la pensión del otro huérfano mientras perdure su derecho.
Un saludo.
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Re: calculo pension orfandad
Buenos dias,
Soy nuevo en el foro e igual la respuesta que busco esta en algun lugar y ya ha sido contestada, pero no encuentro nada al respecto.
La cuestion es... Tengo dos hijos huerfanos, con una pension de Orfandad cada uno ( entiendo que es la pension de Orfandad que le corresponde dividida entre dos). Ambas con un complemento a minimos. Uno de ellos pierde el derecho al cumplir los 22 años y la pregunta es:
¿ Como queda la pensión del que sigue teniendo derecho? Se incrementa el 7,5% y ya esta o se incrementa el 7,5% y puede pedir complemento a minimos hasta la totalidad de la pensión de orfandad? es decir, el que tiene derecho puede percibir la totalidad de la pensión?
Ejemplo:
Pension de Orfandad asignada para dos hijos: 250€ cada uno. Como no llega al minimo se le asignan 50€ mas a cada uno pasando a percibir 300€.
Uno deja de tener derecho. El que mantiene el derecho que percibiria?..
Gracias y saludos
Soy nuevo en el foro e igual la respuesta que busco esta en algun lugar y ya ha sido contestada, pero no encuentro nada al respecto.
La cuestion es... Tengo dos hijos huerfanos, con una pension de Orfandad cada uno ( entiendo que es la pension de Orfandad que le corresponde dividida entre dos). Ambas con un complemento a minimos. Uno de ellos pierde el derecho al cumplir los 22 años y la pregunta es:
¿ Como queda la pensión del que sigue teniendo derecho? Se incrementa el 7,5% y ya esta o se incrementa el 7,5% y puede pedir complemento a minimos hasta la totalidad de la pensión de orfandad? es decir, el que tiene derecho puede percibir la totalidad de la pensión?
Ejemplo:
Pension de Orfandad asignada para dos hijos: 250€ cada uno. Como no llega al minimo se le asignan 50€ mas a cada uno pasando a percibir 300€.
Uno deja de tener derecho. El que mantiene el derecho que percibiria?..
Gracias y saludos