Hola compañeros.
Hace tiempo salió en el B.O.D una normativa donde se decía que los familiares directos no pueden estar juntos en el mismo destino, es decir, uno bajo mando del otro.
Quería saber si alguien recuerda ese boletín y decirme el número.
Gracias de antemano. Un saludo
B.O.D familiares bajo mando
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano
- sargentodehierro
- Teniente General
- Mensajes: 15337
- Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: XXXIII AGBS
Re: B.O.D familiares bajo mando
Hola compañero,
El artículo 21.8 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.(BOD Núm. 67 de 6 de abril de 2011 Sec. I. Pág. 8548) dice:
"Un militar no podrá ocupar un puesto en el que vaya a ser subordinado orgánico directo de su cónyuge o persona con la que mantiene análoga relación de afectividad o de un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad."
RD 456/2011
Un saludo.
El artículo 21.8 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.(BOD Núm. 67 de 6 de abril de 2011 Sec. I. Pág. 8548) dice:
"Un militar no podrá ocupar un puesto en el que vaya a ser subordinado orgánico directo de su cónyuge o persona con la que mantiene análoga relación de afectividad o de un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad."
RD 456/2011
Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Re: B.O.D familiares bajo mando
Vaya, muchas gracias. Sois unos maquinas.