Jubilación para toda profesión
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- trasgu123
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Re: Jubilación para toda profesión
Real Decreto 710/2009, art. 1.1
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Re: Jubilación para toda profesión
Gracias Trasgu. Por lo que entiendo a leer lo que me dices es que la absoluta Para todo profesión u oficio cobrarías el 100% del grupo retributivo independiente de los años que lleves, como si llevas 5 años.. por favor corrígeme si entiendo mal el texto.
Gracias
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- psmito
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Re: Jubilación para toda profesión
Si, es así
El 100% de tu haber regulador, que puede no coincidir con el 100% de tu grupo
El 100% de tu haber regulador, que puede no coincidir con el 100% de tu grupo
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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- Sargento 1º
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Re: Jubilación para toda profesión
Gracias compañero! Te mando mp
- trasgu123
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Re: Jubilación para toda profesión
El 100% del haber regulador que te corresponda, teniendo en cuenta los grupos retributivos en los que hayas estado durante los años de servicio. Si solo has estado en un grupo pues el 100% de ese.Tunda escribió: ↑Lun Jul 13, 2020 10:58 pm Gracias Trasgu. Por lo que entiendo a leer lo que me dices es que la absoluta Para todo profesión u oficio cobrarías el 100% del grupo retributivo independiente de los años que lleves, como si llevas 5 años.. por favor corrígeme si entiendo mal el texto.
Gracias
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- Sargento 1º
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Re: Jubilación para toda profesión
Grande Trasgu! Gracias por la aclaración y ayuda