GRAN INVALIDEZ

Dudas sobre retiros por incapacidad.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15716
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por trasgu123 »

Danaerys escribió: Mar Abr 05, 2022 11:03 pm Estamos de acuerdo, pero tampoco les cuesta trabajo ponerlo, leches. Y así nos evitamos dudas, angustias y ansiedades.
Solo son 9 articulos, no deberia de costar tanto leer la normativa legal que le afecta directamente a uno.
Pistondeaire
Cabo
Cabo
Mensajes: 11
Registrado: Mié Mar 10, 2021 6:53 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Pistondeaire »

Ya, pero trasgu es q no entiendo si JMP tiene todo el poder, no entiendo cuál es la función de la junta de evaluación permanente.

Tú sabes cuál es su función?
Avatar de Usuario
Danaerys
Coronel
Coronel
Mensajes: 2519
Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa.
Ubicación: Sevilla

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Danaerys »

Pistondeaire escribió: Mié Abr 06, 2022 3:47 pm
Danaerys escribió: Mar Abr 05, 2022 11:03 pm Estamos de acuerdo, pero tampoco les cuesta trabajo ponerlo, leches. Y así nos evitamos dudas, angustias y ansiedades.

Muy cierto.

Danaerys a ti q te puso la junta de evaluación permanente?
Incapacidad permanente para toda profesión u oficio.
Yo no tengo gran invalidez.
No me puso nada de pase a retiro.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
Danaerys
Coronel
Coronel
Mensajes: 2519
Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa.
Ubicación: Sevilla

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Mié Abr 06, 2022 4:03 pm
Danaerys escribió: Mar Abr 05, 2022 11:03 pm Estamos de acuerdo, pero tampoco les cuesta trabajo ponerlo, leches. Y así nos evitamos dudas, angustias y ansiedades.
Solo son 9 articulos, no deberia de costar tanto leer la normativa legal que le afecta directamente a uno.
Pues mira lo que le pasa a esta chica
Despertaferro escribió: Sab Feb 19, 2022 10:34 am Hola compañeros.Soy tropa con contrato de larga duración. Pase la junta médico pericial nº1 en la que obtuve un 5 con gran invalidez y me incluyen en el articulo 1.2 del RD 71/2019. Mi instructor me ha dado el acta de la junta de evaluación de carácter permanente y me han puesto : NO APTA PARA EL SERVICIO Y RESOLUCION DEL COMPROMISO, NO HA QUEDADO ACREDITADO QUE EXISTA RELACION CON EL SERVICIO. Es cierto que mi enfermedad no ha tenido relaciones con el servicio. Pero mi duda es, si me resuelven el compromiso significa que no paso al retiro? q no tengo derecho a paro? Por favor ayudarme estoy muy preocupada.

Gracias
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... t=1515#top

Estoy con ansiedad por saber qué ha pasado con ella.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15716
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por trasgu123 »

Pues lo dice bien claro el Acta: Coeficiente 5 Gran Invalidez. Que dudas genera ??

Cadiz, cielo totalmente despejado, sol radiante, temperatura de 30º. Genera dudas de si coges el chubasquero, botas de agua y paraguas ??

Lo que hay que hacer es leerse las cosas con tranquilidad, asimilando lo escrito, y conocer la normativa. Tampoco es mucho pedir.
Avatar de Usuario
Danaerys
Coronel
Coronel
Mensajes: 2519
Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa.
Ubicación: Sevilla

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Mié Abr 06, 2022 5:38 pm Pues lo dice bien claro el Acta: Coeficiente 5 Gran Invalidez. Que dudas genera ??

Cadiz, cielo totalmente despejado, sol radiante, temperatura de 30º. Genera dudas de si coges el chubasquero, botas de agua y paraguas ??

Lo que hay que hacer es leerse las cosas con tranquilidad, asimilando lo escrito, y conocer la normativa. Tampoco es mucho pedir.
La duda es que luego le vino la propuesta de la JEVAL con una resolución de compromiso por inutilidad.
Y eso es incompatible con una absoluta con gran invalidez si eres temporal.

Que no me lees con tranquilidad.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15716
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por trasgu123 »

Pistondeaire escribió: Mié Abr 06, 2022 4:39 pm Ya, pero trasgu es q no entiendo si JMP tiene todo el poder, no entiendo cuál es la función de la junta de evaluación permanente.

Tú sabes cuál es su función?
Su funcion es emitir el Informe contemplado en el Real Decreto 944/2001, art. 9.2.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15716
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por trasgu123 »

Real Decreto 71/2019, de Pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.

Artículo 2. Determinación de la insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. La determinación de la insuficiencia de condiciones psicofísicas a efectos de la limitación para ocupar determinados destinos, la resolución del compromiso o el pase a retiro, según corresponda, se efectuará mediante la tramitación del expediente previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
2. Para la determinación de los distintos tipos de incapacidad previstos en este real decreto, los dictámenes de la Sanidad Militar tendrán carácter preceptivo y vinculante de acuerdo con el artículo 28.2 c) del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

Si la Resolucion de un expediente que afecte a ese personal no va en el mismo sentido que el dictamen de la Sanidad Militar, se acude a los tribunales y a ganar.
Avatar de Usuario
Arano
INMEMORIAM
INMEMORIAM
Mensajes: 7236
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
Ubicación: Pamplona

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Arano »

trasgu123 escribió: Mié Abr 06, 2022 9:36 pm Real Decreto 71/2019, de Pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado de los militares de complemento y de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal.

Artículo 2. Determinación de la insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. La determinación de la insuficiencia de condiciones psicofísicas a efectos de la limitación para ocupar determinados destinos, la resolución del compromiso o el pase a retiro, según corresponda, se efectuará mediante la tramitación del expediente previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
2. Para la determinación de los distintos tipos de incapacidad previstos en este real decreto, los dictámenes de la Sanidad Militar tendrán carácter preceptivo y vinculante de acuerdo con el artículo 28.2 c) del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

Si la Resolucion de un expediente que afecte a ese personal no va en el mismo sentido que el dictamen de la Sanidad Militar, se acude a los tribunales y a ganar.

Muy cierto, pero hay otra vía en primer lugar y es hacer las Alegaciones a la Resolución que le han dado, curiosamente en base a lo que pones. El "carácter preceptivo y vinculante" de las Actas de las JMP.

E igual nos evitamos el tener que ir a la vía judicial.

Ahora bien, si Florentino, en el que tengo total confianza y amistad le ha dicho de no presentar alegaciones por algo será, igual lo que solicita en su momento es una "Aclaración"...... en fin, ya nos dirás.

Saludos.
Falin
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 16
Registrado: Sab Abr 30, 2022 9:08 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Falin »

Quisiera hacer una pregunta a los moderadores, lo he buscado pero no he encontrado nada, posiblemente por mi torpeza pero ahí va mi pregunta:
El ISFAS sube la prestación de GRAN INVALIDEZ cada año en función del supuesto IPC que habrá, pero normalmente siempre hay una desviación al alza que en el caso de las pensiones se paga denominandola vulgarmente como " la paguita" pero a la prestación de GRAN INVALIDEZ no se le incrementa esa diferencia, eso es así.
Avatar de Usuario
Danaerys
Coronel
Coronel
Mensajes: 2519
Registrado: Mar May 07, 2019 2:11 pm
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Prohibido rendirse.
Respira hondo y continúa.
Ubicación: Sevilla

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Danaerys »

Falin escribió: Sab Abr 30, 2022 9:50 pm Quisiera hacer una pregunta a los moderadores, lo he buscado pero no he encontrado nada, posiblemente por mi torpeza pero ahí va mi pregunta:
El ISFAS sube la prestación de GRAN INVALIDEZ cada año en función del supuesto IPC que habrá, pero normalmente siempre hay una desviación al alza que en el caso de las pensiones se paga denominandola vulgarmente como " la paguita" pero a la prestación de GRAN INVALIDEZ no se le incrementa esa diferencia, eso es así.
No veo la pregunta.
Te falta el signo de interrogación.
Te contesto a ver si te he entendido...

Yo tengo la paguita con el importe del año pasado y este año no me la han subido.
Tengo una compañera que ha pasado a retiro este año y cobra más de paguita que yo.

Por lo que si, se ve que el ISFAS sube todos los años la paguita, pero tú te quedas con el importe del año que pasaste a retiro y no te la van a subir.
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
┈┉━✵Eterno Arano✵━┅┄
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
Arano
INMEMORIAM
INMEMORIAM
Mensajes: 7236
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
Ubicación: Pamplona

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Arano »

Ninguna de las "pagas" de ISFAS por grado de incapacidad, sube cada año. Se quedan por y para siempre, al menos de momento, tal y como te la concedieron. Así llevo desde el año 2004.

Saludos.
Falin
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 16
Registrado: Sab Abr 30, 2022 9:08 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Falin »

Creo que no es así, yo cobro del ISFAS dos prestaciones, una por invalidez total y absoluta de 108€ la cual desde 2004 no ha subido ni un céntimo, y otra de Gran Invalidez que se actualiza anualmente con el IPC.
Falin
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 16
Registrado: Sab Abr 30, 2022 9:08 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Falin »

No me he explicado bien, voy a explicarlo poniendo un ejemplo:
Si tu percibes una pensión de clases pasivas y el gobierno dice que la subida para el próximo año es del 2% eso te suben, pero una vez acabado el año si el IPC ha sido superior a ese 2% ese año siguiente te suben el nuevo IPC que considere el gobierno más los que sobrepasase ese 2% que inicialmente valoro como subida, esa diferencia del IPC previsto con el real es lo que se denomina la paguita, pues bien a lo que me refiero es a que a la prestación por Gran Invalidez que abona el ISFAS no te abona la paguita, te suben el IPC estimado más lo que realmente hubiese subido (si ha subido) pero por esa variación no te abona paguita por el IPC real del año anterior.
Avatar de Usuario
Arano
INMEMORIAM
INMEMORIAM
Mensajes: 7236
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
Ubicación: Pamplona

Re: GRAN INVALIDEZ

Mensaje por Arano »

Falin escribió: Dom May 01, 2022 10:25 pm No me he explicado bien, voy a explicarlo poniendo un ejemplo:
Si tu percibes una pensión de clases pasivas y el gobierno dice que la subida para el próximo año es del 2% eso te suben, pero una vez acabado el año si el IPC ha sido superior a ese 2% ese año siguiente te suben el nuevo IPC que considere el gobierno más los que sobrepasase ese 2% que inicialmente valoro como subida, esa diferencia del IPC previsto con el real es lo que se denomina la paguita, pues bien a lo que me refiero es a que a la prestación por Gran Invalidez que abona el ISFAS no te abona la paguita, te suben el IPC estimado más lo que realmente hubiese subido (si ha subido) pero por esa variación no te abona paguita por el IPC real del año anterior.
¿¿¿¿A ver si lo que te suben es la ayuda por asistencia de otra persona por movilidad reducida ???. Ya que en este caso, se tiene derecho, además, a una prestación económica que no tiene el carácter de pensión pública.

Saludos.
Responder

Volver a “Retiros por incapacidad”