Queridos compañeros de la Escala de la Guardia Real:
El Real Decreto de 5 de enero, no es más que una confirmación de que pese a que a la Vicepresidenta del Gobierno, los ministros de Justicia e Interior y la Ministra de Defensa, se les llene la boca diciendo que acatan las decisiones judiciales. A pesar de que a los “voceros del Reino” (Que a sí mismo se llaman periodistas libres), se les llene la boca diciendo que estamos en un Estado de Derecho. A pesar de eso, la realidad es la siguiente:
Sentencia del Tribunal Supremo Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Séptima de fecha 26 de septiembre de 2008.
Dice esta Sentencia en Fundamentos de Derecho. Duodécimo. “Llegados a este punto, se aprecia que el Real Decreto 1314/2005, en su Anexo VI dispensa un tratamiento desigual sin justificación razonable al personal de tropa de la extinguida Escala de la Guardia Real…”
En Fundamentos de Derecho. Decimoquinto, dice: “Los razonamientos expuestos conducen a reconocer la existencia de un trato discriminatorio e injustificado otorgado al recurrente respecto a los Oficiales y Suboficiales de la misma Escala extinguida…”
FALLAMOS: “Estimar parcialmente el recurso….contra el Anexo VI del Real Decreto 1314/2005, que se anula…”
Este es el Anexo VI (las cantidades están modificadas)
«ANEXO VI
Retribuciones mensuales del personal de la antigua escala a extinguir de la Guardia Real
Empleo Sueldo/ C. Destino/ C. Especifico
Cabo primero ... 008,14 / 000,81/ 000,20
Cabo................. 000,14/ 000,57/ 000,28
Guardia ............. 008,14/ 0001,40/ 000,32»
Este es el No Anexo, que sale publicado en el Real Decreto de 5 de enero. (las cantidades están modificadas)
Cuantía mensual en euros
Empleo
Subgrupo Retr.Bas/ Nivel C.D./ C.Destino/ C.Espec.Norm.
______________________________ _________ _________ ____________________________
Antigua escala a extinguir Guardia Real
Cabo primero ................ C1/ - 000,000/ 000,000
Cabo............................ C1/ - 000,000/ 000,000
Guardia ....................... C1/ - 000,000/ 000,000
Hay un montón de irregularidades en esta publicación, las más llamativas, además del incumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, cosa lógica en cualquier dictadura, son: El empleo de Guardia, no existe en las Fuerzas Armadas. El Nivel de C.D. es para todos los funcionarios. La Escala no es a extinguir: Se extinguió el 2/9/002 (reconocido en la Sentencia del Supremo). Este No Anexo, está hecho con el propósito de perjudicar a parte de un colectivo, por motivos políticos dirigidos por “la mano que mece la cuna”
PD.
Lo siento, aunque en mi visor estan los anexos corretamente ordenados, al enviarlos los distorsiona, pero se pueden ver en los Boletines y nosotros los conocemos
[/code][/code]