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Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Jue Feb 15, 2024 11:23 am
por sargentodehierro
Buenas,

Depende de muchoso factores. Aquí te dejo un enlace a un hilo del foro con los plazos de los expedientes de otros compañeros.

viewtopic.php?t=22137

Un saludo

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Vie Feb 16, 2024 8:57 am
por ESP
Muchas gracias sargento de hierro.
Por lo que veo aun queda para rato
Cualquier cosa le mandare un privado.
Muchas gracias!

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Vie Feb 16, 2024 11:33 am
por sargentodehierro
ESP escribió: Vie Feb 16, 2024 8:57 am Muchas gracias sargento de hierro.
Por lo que veo aun queda para rato
Cualquier cosa le mandare un privado.
Muchas gracias!
Mejor lo publicas en el foro general, así servirá para otros compañeros.

Un saludo

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Mar Feb 20, 2024 7:01 pm
por Sun
Buenas a todos

Aunque ya he dejado presentación en el hilo correspondiente,
me presento de nuevo e intento exponer de la forma más breve que me sea posible mi situacion actual.

Soy MPTM con compromiso de larga duración, con un total de 19 años de servicio y de baja psiquiátrica con un trastorno adaptativo - ansioso depresivo por motivos multifactoriales ajenos al servicio. Tras pasar la JMPO el instructor me entrega la siguiente propuesta de Resolución de Compromiso:

<<La Junta de Evaluación de Carácter Permanente n° XXX, designada por Resolución XXXX con
la finalidad de efectuar la evaluación extraordinaria para la determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas, en su reunión del XXX, teniendo en cuenta toda la documentación obrante en el expediente, condiciones psicofísicas y
aptitudes profesionales del evaluado.
EMPLEO Y NOMBRE: CABO MPTM XXX XXX D.N.I.: XXX
Acuerda por unanimidad emitir el siguiente INFORME:
El interesado no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en servicio activo, por lo que se hace la siguiente
PROPUESTA:
Declararlo NO APTO para el servicio, con RESOLUCIÓN DE COMPROMISO. NO guarda relación causa efecto con el
servicio.
¿Lesión estabilizada e irreversible o de remota
o incierta reversibilidad?..... SI
¿Grado de incapacidad o minusvalía?.....%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio?...NO
¿La incapacidad le imposibilita para el servicio
en las Fuerzas Armadas?...SI
¿Hay relación de causalidad con las actividades
del servicio o con ocasión de las mismas?...NO
¿Hay relación de causalidad con atentado terrorista?..NO
¿Procede la resolución de compromiso? SI

OBSERVACIONES DE LA JUNTA: Las patologías que tiene el interesado, así como las limitaciones impuestas (uso de
armamento, conducción de vehículos militares, misiones internacionales y servicios nocturnos.) suponen unos condicionantes para el
profesional que son incompatibles con el servicio activo al no poder desarrollar de forma normal los cometidos de cualquiera de los
puestos de la estructura de este Ejército.
Asimismo dichas limitaciones le impiden continuar su formación tanto fisica como militar tal y como exigen los articulos 25 y 26 de las
RROO para las Fuerzas Armadas (RD 96/2009, de 6 de febrero). Por lo que se propone su resolución de compromiso previo dictamen
de la Junta Medico Pericial Psiquiátrica.>>

A tal propuesta, realicé una alegación con intención de seguir intentando ponerme bien e intentar de paso también "cambiar de aires " ( me refiero a solicitar vacante a otra unidad ) dicha alegación fué aceptada, pero en la JMPS al parecer no me han visto bien y estoy a la espera de que el instructor me notifique el acta del hospital.

Mis dudas son parecidas a la del forero *ESP...

*En el supuesto caso de que el acta sea del mismo tipo q la anterior, se abra trámite de audiencia y si durante los 10 días de alegaciones decido NO volver a alegar:

1. ¿me correspondería algún tipo de prima, pensión ordinaria o extraordinaria?

2. De ser así... Me gustaría saber cuál sería la cuantía aproximada en cada supuesto caso y si tendría que solicitar la compatibilidad para con otro trabajo en la vida civil.

Perdonad el tocho y ante todo daros las gracias por la labor altruista que realizáis orientando a compañeros en situaciones tan variopintas. Espero me podáis orientar porque esto se me está haciendo interminable y creo que necesito poder volver a hacer cosas, trabajar ya sea en la unidad o en la calle.

Un saludo.

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Mar Feb 20, 2024 10:13 pm
por trasgu123
Dependera de lo que diga el Apartado 5.3 del Acta medica.

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Mar Mar 19, 2024 9:06 pm
por Sun
Gracias por tu pronta respuesta Trasgu123.

En el Apartado 5.3 del Acta médica de la JMPS

*Ha quedado acreditado ante la Junta que cumple médicamente los requisitos del
Artículo 1.2 del RD. 71/2019, de 15 de febrero, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del Régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento tropa y marinería.... SI.

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Mar Mar 19, 2024 9:19 pm
por trasgu123
Pues el 55% del Haber Regulador del Grupo C2 y a currar si encuentras algo.

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Lun Abr 01, 2024 4:00 pm
por Roko
Buenas tardes. En el caso de ponerse a trabajar, sería reducida la cuantía de la pensión del 55% del haber regulador? Gracias

Re: MPTM Y JUNTA MEDICA PERICIAL.DUDAS.

Publicado: Vie Abr 12, 2024 5:24 pm
por soldado_apache
Sun escribió: Mar Feb 20, 2024 7:01 pm Buenas a todos

Aunque ya he dejado presentación en el hilo correspondiente,
me presento de nuevo e intento exponer de la forma más breve que me sea posible mi situacion actual.

Soy MPTM con compromiso de larga duración, con un total de 19 años de servicio y de baja psiquiátrica con un trastorno adaptativo - ansioso depresivo por motivos multifactoriales ajenos al servicio. Tras pasar la JMPO el instructor me entrega la siguiente propuesta de Resolución de Compromiso:

<<La Junta de Evaluación de Carácter Permanente n° XXX, designada por Resolución XXXX con
la finalidad de efectuar la evaluación extraordinaria para la determinación de insuficiencia de condiciones psicofísicas, en su reunión del XXX, teniendo en cuenta toda la documentación obrante en el expediente, condiciones psicofísicas y
aptitudes profesionales del evaluado.
EMPLEO Y NOMBRE: CABO MPTM XXX XXX D.N.I.: XXX
Acuerda por unanimidad emitir el siguiente INFORME:
El interesado no reúne las condiciones psicofísicas necesarias para continuar en servicio activo, por lo que se hace la siguiente
PROPUESTA:
Declararlo NO APTO para el servicio, con RESOLUCIÓN DE COMPROMISO. NO guarda relación causa efecto con el
servicio.
¿Lesión estabilizada e irreversible o de remota
o incierta reversibilidad?..... SI
¿Grado de incapacidad o minusvalía?.....%
¿La incapacidad es para toda profesión u oficio?...NO
¿La incapacidad le imposibilita para el servicio
en las Fuerzas Armadas?...SI
¿Hay relación de causalidad con las actividades
del servicio o con ocasión de las mismas?...NO
¿Hay relación de causalidad con atentado terrorista?..NO
¿Procede la resolución de compromiso? SI

OBSERVACIONES DE LA JUNTA: Las patologías que tiene el interesado, así como las limitaciones impuestas (uso de
armamento, conducción de vehículos militares, misiones internacionales y servicios nocturnos.) suponen unos condicionantes para el
profesional que son incompatibles con el servicio activo al no poder desarrollar de forma normal los cometidos de cualquiera de los
puestos de la estructura de este Ejército.
Asimismo dichas limitaciones le impiden continuar su formación tanto fisica como militar tal y como exigen los articulos 25 y 26 de las
RROO para las Fuerzas Armadas (RD 96/2009, de 6 de febrero). Por lo que se propone su resolución de compromiso previo dictamen
de la Junta Medico Pericial Psiquiátrica.>>

A tal propuesta, realicé una alegación con intención de seguir intentando ponerme bien e intentar de paso también "cambiar de aires " ( me refiero a solicitar vacante a otra unidad ) dicha alegación fué aceptada, pero en la JMPS al parecer no me han visto bien y estoy a la espera de que el instructor me notifique el acta del hospital.

Mis dudas son parecidas a la del forero *ESP...

*En el supuesto caso de que el acta sea del mismo tipo q la anterior, se abra trámite de audiencia y si durante los 10 días de alegaciones decido NO volver a alegar:

1. ¿me correspondería algún tipo de prima, pensión ordinaria o extraordinaria?

2. De ser así... Me gustaría saber cuál sería la cuantía aproximada en cada supuesto caso y si tendría que solicitar la compatibilidad para con otro trabajo en la vida civil.

Perdonad el tocho y ante todo daros las gracias por la labor altruista que realizáis orientando a compañeros en situaciones tan variopintas. Espero me podáis orientar porque esto se me está haciendo interminable y creo que necesito poder volver a hacer cosas, trabajar ya sea en la unidad o en la calle.

Un saludo.
Buenas tardes alguna novedad sobre lo tuyo,estoy en tu misma situación,que coeficiente te pusieron en el Acta?