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Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Dom Ene 15, 2012 10:47 am
por Asombro
Soy profesore de secundaria, y cumplo los sesenta en Septiembre del 2012, me pregunto si las condiciones de acceso a la jubilacion anticipada actuales (a los 60) alcanzarán hasta entonces. En mi instituto somos varios, y todos están de los nervios, -800 , ¿sabe alguien lo que pasa?¿Habrá un cambio en la edad de jubilacion durante el 2012? Los sindicatos, mejor ni acercarse. Solo salen con historias politicas. Yo no quiero nada de politica, solo saber a que atenerme. Gracias. :?

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Dom Ene 15, 2012 1:36 pm
por bienvenido25
FUNCIONARIO JUBILACIÓN VOLUNTARIA
En el Régimen de Clases Pasivas puede solicitarse la jubilación voluntaria teniendo reconocidos treinta años de servicios al Estado y cumplidos sesenta años de edad. El funcionario ha de efectuar la solicitud con tres meses de antelación sobre la fecha en que desee jubilarse.

Esta modalidad de jubilación no da derecho a ninguna gratificación ni bonificación, aunque al jubilarse antes de los 65 años de edad tampoco se aplica coeficiente reductor alguno, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social.

Todos los funcionarios incluidos en el Régimen de Clases Pasivas pueden acogerse a esta jubilación voluntaria.
Asombro lee este hilo, saludos
viewtopic.php?f=37&t=5101#p25857

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Dom Dic 24, 2017 10:20 am
por asterix
Yo también soy profesor de enseñanza secundaria.

Tenía la intención de jubilarme cuando cumpliera los 60 años con 30 años de servicios porque había oido que me iba a jubilar con el 100% del haber regulador. Y ahora estoy hecho un lío.

No entiendo qué quiere decir lo siguiente:
"Esta modalidad de jubilación no da derecho a ninguna gratificación ni bonificación, aunque al jubilarse antes de los 65 años de edad tampoco se aplica coeficiente reductor alguno, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social."

Yo interpretaba que el hecho de no aplicar coeficiente redurctor alguno quería decir que me jubilaría con el 100%.

¿Alguien me puede decir qué quiere decir lo de la no aplicación de corrector alguno?

¿Con qué porcentaje del haber regulador me jubilaría con 60 años y 30 años cotizados? ¿Con el 81,73% o con el 100%?

Un saludo.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Dom Dic 24, 2017 4:05 pm
por trasgu123
Compruebalo por ti mismo.

http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... nsion.aspx

Por cierto, de donde sacais eso de que """Esta modalidad de jubilación no da derecho a ninguna gratificación ni bonificación, aunque al jubilarse antes de los 65 años de edad tampoco se aplica coeficiente reductor alguno, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social"". Como se efectua el calculo de la pension, sea por edad, voluntaria, o por incapacidad, viene en el art. 31 de la Ley de Clases pasivas.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Mar Dic 26, 2017 1:06 pm
por dmf
asterix escribió: Dom Dic 24, 2017 10:20 am Yo también soy profesor de enseñanza secundaria.

Tenía la intención de jubilarme cuando cumpliera los 60 años con 30 años de servicios porque había oido que me iba a jubilar con el 100% del haber regulador. Y ahora estoy hecho un lío.

No entiendo qué quiere decir lo siguiente:
"Esta modalidad de jubilación no da derecho a ninguna gratificación ni bonificación, aunque al jubilarse antes de los 65 años de edad tampoco se aplica coeficiente reductor alguno, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social."

Yo interpretaba que el hecho de no aplicar coeficiente redurctor alguno quería decir que me jubilaría con el 100%.

¿Alguien me puede decir qué quiere decir lo de la no aplicación de corrector alguno?

¿Con qué porcentaje del haber regulador me jubilaría con 60 años y 30 años cotizados? ¿Con el 81,73% o con el 100%?

Un saludo.
Hola, todo lo referente a las pensiones de Clases Pasivas del Estado está recogido en el RDL 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado (aquí se puede ver actualizado: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636 ).
Todo funcionario de Clases Pasivas se puede jubilar-retirar con carácter voluntario, al cumplir 60 años y tener 30 años reconocidos de servicios según el artículo 28.2.b, pero NO con el 100% de la pensión.
En el artículo 31 se indican los porcentajes del regulador según los años de servicio, y se ve que para 30 años corresponde el 81,73% sobre el Haber Regulador correspondiente que se publica todos los años en los PGE y que se puede ver en la web http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... rales.aspx .
Para 35 o más años correspondería el 100%.
Un saludo.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Mar Dic 26, 2017 1:19 pm
por dmf
bienvenido25 escribió: Dom Ene 15, 2012 1:36 pm Esta modalidad de jubilación no da derecho a ninguna gratificación ni bonificación, aunque al jubilarse antes de los 65 años de edad tampoco se aplica coeficiente reductor alguno, como ocurre en el Régimen General de la Seguridad Social.
Hola, ¿en qué artículo del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, viene reflejado eso?, contradice lo que pone el artículo 31 de dicho RDL, no lo encuentro.
Un saludo.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Jue Dic 28, 2017 11:15 am
por asterix
Hola.

Yo lo leí en el siguiente enlace:
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/bl ... sivas.html

A continuación pongo un extracto de lo que dice en el citado enlace:
"Además, a diferencia del Régimen General, donde se aplican coeficientes reductores de la pensión por cada año que se anticipe la jubilación, en el Régimen de Clases Pasivas no hay penalización alguna por los años de adelanto. De esta manera, un funcionario adscrito al Régimen de Clases Pasivas que decida jubilarse con 60 años y acredite los 35 años de servicios al Estado que suponen el acceso al 100% del haber regulador, se jubilará con su pensión máxima, ya que no hay incentivo en el cálculo más allá de esos 35 años y además no tendrá penalización por anticipo de la edad."

Lo que no sé es si es una interpretación del que ha redactado el artículo o si lo dice expresamente en alguna norma.

Si alguien lo pudiera aclarar. Gracias de antemano.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Jue Dic 28, 2017 3:30 pm
por Francisco I
No es lo mismo tener cotizados 30 años, que tener 35; y aquí se está mezclando.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Jue Dic 28, 2017 3:45 pm
por trasgu123
Como bien dice Francisco, no es lo mismo tener cotizados 30 años que tener 35 años. Esta perfectamente explicado en el articulo, en sus varios parrafos.

Re: Jubilacion de profesor de secundaria

Publicado: Vie Dic 29, 2017 10:39 am
por juans
Con 30 años se puede optar a la jubilación voluntaria (con 60 años de edad), pero se necesitan 35 años para obtener el 100x100 del haber regulador.