CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTONOMA

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GOMIS ROMAN
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CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTONOMA

Mensaje por GOMIS ROMAN »

Buenos días, soy nuevo este foro ya que me he registrado hace unos días y quiero formular unas consultas para ver si alguien me puede ayudar.
El día 06 de agosto de 2.012 presente ante la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana que me convalidaran el grado de minusvalía o discapacidad, aportando unas series de informes médicos así como una fotocopia del acta de la Junta Médico Pericial nº 41 de Valencia la cual me reconoce una minusvalía o discapacidad de un 50%.
Hace aproximadamente unos 20 días recibe en mi domicilio una notificación por parte de la Conselleria de Bienestar Social comunicándome que el día 29 de enero de 2.013 me presente en ese organismo para el reconocimiento medico por parte de la Generalitat Valenciana.
El día 27 de diciembre de 2.012 presente en ese organismo una instancia aportando un certificado de clases pasivas como que soy pensionista y una fotocopia de la Resolución del Ministerio de Defensa conociéndome una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad solicitando una minusvalía o discapacidad igual al 33% por ser pensionista de clases pasivas y tener el reconocimiento por parte del Ministerio de Defensa una pensión por jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, ya que así lo ampara la ley 51/2003 de 02 de diciembre y el Real Decreto 1414/2006 de 01 de diciembre.
He de decir que hace 2 años regente una tienda y con el Acta de la Junta Medico Pericial de Valencia tuve una bonificación por parte de la Seguridad Social por tener una minusvalía del 50%, también con la misma acta me concedieron una subvención por parte del Servef por regentar una empresa con una minusvalía del 50%, también tengo la exención del Impuesto de Circulación de mi vehículo, y con la misma acta por parte del IMSERSO puedo viajar con mi madre por tener una minusvalía o discapacidad de un 50%.
Mis preguntas son las siguientes:
1º ¿Tengo que pasar reconocimiento medico por parte de la Conselleria o por el contrario con el acta de la Junta Medico Pericial de Valencia es suficiente el cual me reconoce una minusvalía del 50%?
2º ¿Amparándonos con la Ley 51/2003 y el Real Decreto 1414/2006, la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana te tiene que reconocer una minusvalía igual al 33% y sin caducidad sin pasar reconocimiento?
3º ¿Si me conceden por parte de la Conselleria de Bienestar Social una minusvalía inferior al 33%, puedo tener beneficios fiscales y todo la que mencionado anteriormente con una minusvalía del 50% por parte de la Junta Médico Pericial?.
4º ¿Si me conceden una minusvalía diferente a la del acta de la Junta Medico Pericial (50%) por parte de la Conselleria de Bienestar Social, cual es la oficial?.
5º ¿Si la minusvalía que poseo 50% por parte de la Junta Medico Pericial no es la oficial porque me conceden las subvenciones de la Seguridad Social, prestaciones, así como la exención del Impuesto de Circulación?.
6º ¿Si la minusvalía que te conceden es inferior a la de la Junta Médico Pericial puede repercutir en algo?.

Sin mas que decir gracias, hasta pronto
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sargentodehierro
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero, bienvenido al foro:
¿Tengo que pasar reconocimiento medico por parte de la Conselleria o por el contrario con el acta de la Junta Medico Pericial de Valencia es suficiente el cual me reconoce una minusvalía del 50%?
Si quieres tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por parte de los servicios sociales de tu comunidad, tendrás que pasar reconocimiento médico por parte de su servicio médico
¿Amparándonos con la Ley 51/2003 y el Real Decreto 1414/2006, la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana te tiene que reconocer una minusvalía igual al 33% y sin caducidad sin pasar reconocimiento?
No.
¿Si me conceden por parte de la Conselleria de Bienestar Social una minusvalía inferior al 33%, puedo tener beneficios fiscales y todo la que mencionado anteriormente con una minusvalía del 50% por parte de la Junta Médico Pericial?.
Podrás tener esos beneficios, pero no por tener un 50% de discapacidad en el acta, sino por ser pensionista de clases pasivas por inutilidad para el servicio.
¿Si me conceden una minusvalía diferente a la del acta de la Junta Medico Pericial (50%) por parte de la Conselleria de Bienestar Social, cual es la oficial?.
No es que haya una oficial. Por ser pensionista de clases pasivas tendrás un 33% y por parte de tu comunidad, lo que te reconozcan.
¿Si la minusvalía que poseo 50% por parte de la Junta Medico Pericial no es la oficial porque me conceden las subvenciones de la Seguridad Social, prestaciones, así como la exención del Impuesto de Circulación?.
Por ser pensionista de clases pasivas por incapacidad, y por tanto tener reconocido un grado de discapacidad del 33%.
6º ¿Si la minusvalía que te conceden es inferior a la de la Junta Médico Pericial puede repercutir en algo?.
No, porque tu seguirás teniendo reconocido el grado de discapacidad del 33% por ser pensionista de clases pasivas.

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GOMIS ROMAN
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por GOMIS ROMAN »

¿Es conveniente tener reconocido por parte de la Comunidad Autónoma el grado de minusvalía, y porque?
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por sargentodehierro »

A mi parecer sí que es conveniente, ya que a pesar de que el RD 1414/2006 reconoce esa condición de persona con discapacidad, el tenerlo reconocido por tu CCAA te va a ahorrar muchas explicaciones, trámites e incluso algún recurso para demostrar tu discapacidad. Además muchas CCAA ya emiten una tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, con lo de comodidad que conlleva.
Además, para acreditar discapacidades iguales o superiores al 65%, únicamente lo podrás hacer mediante resolución del órgano competente de tu comunidad o por una sentencia judicial.

Lo dicho, si puedes tenerlo reconocido por los servicios de base de tu comunidad, mejor y más práctico.

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Mercaderes
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por Mercaderes »

A mi personalmente me evita dar determinadas explicaciones y lo que es mas importante, tener que identificarme como G. Civil retirado ante quien desconozco sus ideas. Y como además el tenerlo no come pan, pues muy recomendable.

Saludos.
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CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTONOMA

Mensaje por GOMIS ROMAN »

Buenos días compañeros, ayer estuve en la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana para la evaluación del grado de minusvalía por parte de la Comunidad Autónoma.
Primero me atendió una trabajadora social la cual empezó a realizarme preguntas sobre mi vida particular, de mi familia, mi profesión así como que me pasaba y todo esto escribiendo en el ordenador. Después acto seguido me vio un psicólogo haciéndome preguntas de mi enfermedad por trastorno obsesivo compulsivo y le dije que tenia un acta de la Junta Médico Pericial en la que me diagnosticaba la enfermedad antes descrita y con un grado de minusvalía del 50%, contestándome que ese documento era valido solamente a efectos de vida laboral y lo que estaba él evaluando era mi enfermedad en la vida cotidiana por lo que no hizo ni caso del acta, continuando haciéndome preguntas para saber como estaba actualmente, diciéndole que me encontraba mal y que mi enfermedad era crónica, lo cual me dijo que tenia que hacer terapias. Le comente al psicólogo que existe la Ley 51/2003 y Real Decreto 1414/2006 en la cual los pensionistas de clases pasivas con una pensión de jubilación por incapacidad permanente para el servicio acreditaba el 33% de minusvalía, diciéndome el psicólogo que efectivamente existe esa Ley,la cual sustituye al grado de minusvalía que pueda dar la Comunidad Autónoma aunque sea inferior al 33% teniendo igual los beneficios fiscales, y reconocida la discapacidad del 33%. Acto seguido me dijo que me fuera y que dentro de 1 mes iba a recibir por correos la resolución.
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por BRIMZXXI BRILEG »

ESO MISMO ME PASO A MI Y NO ME CONCEDIERON LA DISCAPACIDAD DEL 33%...ME DIERON UN 8% ELLOS NO TIENEN EN CUENTA EL BAREMO DEL TRIBUNAL MILITAR Y ESO QUE ESTAMOS ENFERMOS.AL PRINCIPIO ME ASUSTE PERO LUEGO ESTE FORO ME SACO DE DUDAS.EFECTIVAMENTE NOSOTROS ESTAMOS RETIRADOS PARA LAS FUERZAS ARMADAS.LLEVAR UN ARMA.PERO BIENESTAR SOCIAL NO NOS VALORA POR NUESTRO TRABAJO SINO POR NUESTRA CALIDAD DE VIDA AQUI Y AHORA.DE TODAS MANERAS SE ESTAN PONIENDO MUY ESTRICTOS POR LOS RECORTES...UN SALUDO COMPAÑERO
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por masss »

BRIMZXXI BRILEG escribió:ESO MISMO ME PASO A MI Y NO ME CONCEDIERON LA DISCAPACIDAD DEL 33%...ME DIERON UN 8% ELLOS NO TIENEN EN CUENTA EL BAREMO DEL TRIBUNAL MILITAR Y ESO QUE ESTAMOS ENFERMOS.AL PRINCIPIO ME ASUSTE PERO LUEGO ESTE FORO ME SACO DE DUDAS.EFECTIVAMENTE NOSOTROS ESTAMOS RETIRADOS PARA LAS FUERZAS ARMADAS.LLEVAR UN ARMA.PERO BIENESTAR SOCIAL NO NOS VALORA POR NUESTRO TRABAJO SINO POR NUESTRA CALIDAD DE VIDA AQUI Y AHORA.DE TODAS MANERAS SE ESTAN PONIENDO MUY ESTRICTOS POR LOS RECORTES...UN SALUDO COMPAÑERO
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por nuri »

Creo y espero que con esto se resuleva este caso.

MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, Rel Decreto 1414/06, de 1 de diciembre
BOE 16 diciembre 2006, núm. 300

MINUSVÁLIDOS. Determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2-12-2003, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
Artículo 1. Consideración de personas con discapacidad.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por 100:

a) Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

b) Los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por Bripac76 »

GOMIS ROMAN escribió:Buenos días compañeros, ayer estuve en la Conselleria de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana para la evaluación del grado de minusvalía por parte de la Comunidad Autónoma.
Primero me atendió una trabajadora social la cual empezó a realizarme preguntas sobre mi vida particular, de mi familia, mi profesión así como que me pasaba y todo esto escribiendo en el ordenador. Después acto seguido me vio un psicólogo haciéndome preguntas de mi enfermedad por trastorno obsesivo compulsivo y le dije que tenia un acta de la Junta Médico Pericial en la que me diagnosticaba la enfermedad antes descrita y con un grado de minusvalía del 50%, contestándome que ese documento era valido solamente a efectos de vida laboral y lo que estaba él evaluando era mi enfermedad en la vida cotidiana por lo que no hizo ni caso del acta, continuando haciéndome preguntas para saber como estaba actualmente, diciéndole que me encontraba mal y que mi enfermedad era crónica, lo cual me dijo que tenia que hacer terapias. Le comente al psicólogo que existe la Ley 51/2003 y Real Decreto 1414/2006 en la cual los pensionistas de clases pasivas con una pensión de jubilación por incapacidad permanente para el servicio acreditaba el 33% de minusvalía, diciéndome el psicólogo que efectivamente existe esa Ley,la cual sustituye al grado de minusvalía que pueda dar la Comunidad Autónoma aunque sea inferior al 33% teniendo igual los beneficios fiscales, y reconocida la discapacidad del 33%. Acto seguido me dijo que me fuera y que dentro de 1 mes iba a recibir por correos la resolución.
Con la discapacidad de 50 % que te dieron te retiene IRPF Clases Pasivas?.

Un saludo
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por GOMIS ROMAN »

Querido compañero BRIPAC, pues si que me retienen IRPF
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Mercaderes
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por Mercaderes »

GOMIS ROMAN escribió:Querido compañero BRIPAC, pues si que me retienen IRPF

Si no te dieron "No apto para toda profesión ú oficio" indiferentemente del porcentaje te descontaran siempre el IRPF correspondiente a tú situación familiar.
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por Ghostpe »

sargentodehierro escribió:A
Además, para acreditar discapacidades iguales o superiores al 65%, únicamente lo podrás hacer mediante resolución del órgano competente de tu comunidad o por una sentencia judicial.
Un saludo.
Si tu retiro es por Sentencia Judicial, es equivalente a un Invalidez Total para toda profesion, al concederte mas de un 65% o no tiene nada que ver.


Un Saludo
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

No lo sé seguro, pero supongo que dependerá del grado de incapacidad que recoja la sentencia.

Un saludo.
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Ghostpe
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Re: CONVALIDACION GRADO DE MINUSVALIA CON LA COMUNIDAD AUTON

Mensaje por Ghostpe »

Gracias, por tu respuesta.

Las Sentencias no entran en el tanto por ciento de discapacidad, solo estiman o no estiman tu incapaciadad.

Por eso al leer que por sentencia Judicial se tiene reconocido un 65% , te hacia la pregunta.

Un Saludo.
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