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Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Sab Ago 09, 2014 9:25 pm
por Melilla47
Buenos dias, mi caso es el siguiente, mi suegro fallecio hace un mes y cotizo para el ministerio de defensa durante mas de 40 años, tiene un hijo que tiene una minusvalia de un 67% de 46 años de edad y vive solo. Hemos pedido la paga de orfandad para el que es de 364 euros mensuales y nos han contestado que para darsela tiene que tener una incapacidad laboral total, es decir estar en una cama o ser tetraplejico. Creo que es ingusto porque por la seguridad social no existe ese requisito. ¿Se puede apelar a esta resolucion del ministerio de defensa? El es minusvalido, ¿No es bastante con un 67%? ¿Que podemos hacer judicialmente? Muchas gracias.

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Sab Ago 09, 2014 10:37 pm
por sargentodehierro
Hola compañero, bienvenido al foro.

En este caso, al regirse la pensión por la normativa de Clases Pasivas (RDL 670/1987), con la edad que tiene el hijo de tu suegro, el requisito para poder percibir la pensión de orfandad es estar incapacitado para todo trabajo en la fecha del fallecimiento del causante de la pensión (Artículo 41.1 del RDL 670/1987). No hace ninguna referencia a ningún grado de discapacidad.

Por otro lado decirte, que si no me equivoco, en el Régimen General de la SS, también se solicita ese requisito de incapacidad absoluta: ENLACE
tiene que tener una incapacidad laboral total, es decir estar en una cama o ser tetraplejico
Tener una incapacidad absoluta o para toda profesión u oficio no implica ser tetrapléjico o estar postrado en una cama. Yo tengo una incapacidad para toda profesión u oficio, y no estoy así.

Un saludo.

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Dom Ago 10, 2014 11:03 am
por Melilla47
Bueno lo primero decir es que me parece algo ingusto lo de este requisito, pues no estamos hablando de una cuantia alta mensualmente si no de 360 euros aproximado, con eso no se puede vivir. Muchas gracias por la aclaracion y ya veo que no se puede hacer nada, porque mi cuñado aunque tenga un 67% de minsuvalia puede trabajar, pero debido a la situacion actual del pais esta en paro.

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Dom Ago 10, 2014 9:47 pm
por trasgu123
Muy raro me parece que alguien con incapacidad del 67% pueda trabajar en algo, pero si tu lo dices yo me lo creo. Dicho esto, no estaria de mas que miraseis bien los documentos en lo que acredita ese % de minusvalia por si en alguno aparece la frase "incapacitado para toda profesion u oficio" o algo similar.

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Lun Sep 15, 2014 11:40 pm
por elcalvario
Yo tengo una minusvalía del 65% y la JMP dice que puedo trabajar en el ámbito civil ya que me reconocieron la incapacidad para mi trabajo habitual como Guardia Civil.Saludos

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Mar Sep 16, 2014 8:57 am
por Jesko
En la Seguridad Social también piden ese requisito cuando son mayores de 21 años:
"En la fecha del fallecimiento del causante, los hijos indicados en los dos párrafos anteriores deben ser:

Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (aplicable desde 02-08-2011)." Mira la web en la siguiente url
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm

Yo estoy esperando la respuesta de Defensa a un recurso de alzada, pues pese a tener todos los requisitos no se la han concedido porque dicen que ya nos dijeron que no hace 13 años al no aportar en tiempo la documentación necesaria. Por si te sirve, en caso de que no lo admitan, voy a ponerme en las manos del abogado Florentino Martinez (http://www.florentinomartinez.es/), tengo muy buenas referencias.
Yo voy a ir hasta el final. MUCHA SUERTE

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Jue Mar 19, 2015 1:08 pm
por Melilla47
Buenos Dias gracias por contestar. Mi siguiente pregunta es que despues de pasar junta medico pericial nos dice que mi pareja No queda incapacitado para todo trabajo, ya que la patologia que tiene segun la junta dice que puede trabajar pero con ambiente supervisado, pero en otro apartado del informe dice que No osbtante, la instrución tecnica de la IGESANDEF del 22706711 apartado CRITERIOS GENERALES y en su APARTADO 1 parrafo 3 dice que una persona que tenga que trabajar en un estado de supervision se le considera incapacitada para todo trabajo y a efecto de pensiones. Mi pregunta es ¿ el IGESANDEF es competente a la hora de dictar una resolucion? ¿La tienen en cuenta para dictar una resoloucion definitiva, o es un mero consejo?
¿Que se puede hacer en caso de que la resolucion pendiente sea negativa a la pension? Muchas Gracias por todo.

Re: Pension de orfandad a minusvalidos

Publicado: Dom Sep 11, 2016 7:09 pm
por Grankika
Jesko escribió:En la Seguridad Social también piden ese requisito cuando son mayores de 21 años:
"En la fecha del fallecimiento del causante, los hijos indicados en los dos párrafos anteriores deben ser:

Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (aplicable desde 02-08-2011)." Mira la web en la siguiente url
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm

Yo estoy esperando la respuesta de Defensa a un recurso de alzada, pues pese a tener todos los requisitos no se la han concedido porque dicen que ya nos dijeron que no hace 13 años al no aportar en tiempo la documentación necesaria. Por si te sirve, en caso de que no lo admitan, voy a ponerme en las manos del abogado Florentino Martinez (http://www.florentinomartinez.es/), tengo muy buenas referencias.
Yo voy a ir hasta el final. MUCHA SUERTE
Yo solicité pensión de orfandad a la seguridad social después de hacerme los reconocimientos médicos oportunos para saber si estaba incapacitado o no me vienen con el rollo que no es compatible percibir pensión de clases pasivas y orfandad a la vez en mi caso el importe era poco más 198 euros en 14 pagas luego me la aprobaron sin efectos económicos en fin todo trámite para nada