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Pensión de Orfandad

Publicado: Mar Sep 09, 2014 3:49 pm
por Jesko
Saludos cordiales a todos
Planteo la siguiente cuestión sobre PENSIÓN DE ORFANDAD por incapacidad para el desempeño de todo tipo trabajo, reconocida en fecha anterior al fallecimiento del padre:
Cuando falleció mi padre, Guardia Civil, mi madre a traves de habilitado solicitó el recnocimiento de una pensión de orfandad a mi hermana, discapacitada en el 2001 con un grado del 55 %. La respuesta de Ministerio de Defensa, fue denegarla por no constar en el expediente el certificado que acreditase la incapacidad para todo tipo de trabajo (supongo que mi madre no lo presentó).
Hace dos meses la hemo vuelto a solicitar por haber encontrado en la documentación de mi padre dos certificados de centro base que acreditan su incapacidad permanente para todo tipo de trabajo muchos años antes de que él falleciese y cuando ella tenía 20 y 24 años.
Nos han dicho que la causa está resuelta y que recurra en alzada al Ministro de Defensa, pero me han dicho que siempre te mandan al contencioso.
Mi pregunta es si conocéis de casos en los que se haya perdido la concesión de una pensión, pese a haber reunido desde siempre los requisitos, porque en un primer momento por desconocimiento no se haya aportado la documentación. Hoy en día tiene un 65 % de minusvalía y sus únicos ingresos son una pensión no contributiva de 300 y pico.
En caso de que se la concediesen y viviendo aún mi madre, que cuantía aproximadamente le correspondería?. No entiendo qué significa el 50% de la base reguladora si vive la viuda.
Gracias

Re: Pensión de Orfandad compatible con la PNC

Publicado: Jue Sep 25, 2014 8:42 pm
por antonia1950
Buenas tardes a todos los usuarios del foro.
Atualmente recibo una pension de orfandad repartidas entre tres hermanas, ninguna vive conmigo, la cuantia es de 200€ mensuales.
Mi pregunta es ahora que voy a cumplir los 65 años esta pension de orfandad de clases pasivas(regimen militar) es compatible con la pensión no contributiva?
Gracias por atenderme y un saludo para todos y espero que mejore la situación actual.

Re: Pensión de Orfandad

Publicado: Jue Sep 25, 2014 10:38 pm
por sargentodehierro
Hola compañera,

En principio, si cumples los requisitos para percibir la PNC, es compatible con la percepción de la pensión de orfandad.

Un saludo.

Re: Pensión de Orfandad

Publicado: Vie Sep 26, 2014 10:32 am
por antonia1950
Buenos días, gracias por responder tan rápidamente.
Los requisitos son :

Carecer de ingresos suficientes

Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2014, sean inferiores a 5.122,60 € anuales.

No obstante, si son inferiores a 5.122,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen seguidamente:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
Nº convivientes €/Año
2 8.708,42
3 12.294,24
4 15.880,06
... ...
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Nº convivientes €/Año
2 21.771,05
3 30.735,60
4 39.700,15
... ...

Específicos de la propia Pensión no Contributiva de Jubilación
Edad: Tener sesenta y cinco o más años.
Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

La PNC de Jubilación es incompatible con la Pensión no Contributiva de Invalidez, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ayuda de Tercera Persona (SATP) contemplados por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión socialAbre nueva ventana, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

En definitiva creo que cumplo los requisitos renta inferiores a 5.122,60 € anuales (tanto personal como familiar),
no contempla la pensión de Clases Pasivas en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Espero estar en lo cierto.
Un cordial saludo y gracias.