infarto estando de guardia

Dudas y preguntas entre militares retirados en Acto de Servicio y retiros poer edad

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Tyrion
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infarto estando de guardia

Mensaje por Tyrion »

¿Alguien sabe si un infarto estando de guardia, se considera acto de servicio?
almp
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por almp »

Saludos a todos (es la primera vez que entro en el foro)
Quisiera decirte que sí conozco a guardia civil, que el infarto se le ha reconocido como en acto de servicio, pero debe estar bien documentado. A mi me pasaron a la reserva, despues a retirado y despues a retirado en acto de servicio, en la Audiencia Nacional.
Ánimo y pelea por lo que es tuyo.
Tyrion
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por Tyrion »

Gracias por los animos, me veo luchando en tribunales unos cuantos años.
Lo que mas me fastidia es tener que luchar contra la todopoderosa administración, que tiene todo el dinero y todo el tiempo del mundo para fastidiarte y aunque ganes no les importa, total, no sale de su bolsillo solo.
Hay un refran que dice algo así como "Con la polvora del rey bien se dispara" y en este caso creo que apuntan demasiado bajo. No les importa que los afectados seamos trabajadores como ellos, prefieren malgastar tiempo y dinero en atacar al que hasta hace poco vigilaba para que no les pusieran una bomba debajo de la cama, en vez de llevar a los "terroristas de baja intensidad" a los tribunales.
Si mi critica molesta a alguien lo siento mucho, pero es que cada dia estoy mas deprimido.
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GALLETO
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por GALLETO »

Tyrion escribió:¿Alguien sabe si un infarto estando de guardia, se considera acto de servicio?
Hola Tyrion, en primer lugar yo no soy un experto en estos temas y solo voy a darte mi opinión. Yo creo que para que un hecho sea reconocido como en acto de servicio tiene que ser a consecuencia del mismo. Si tu infarto fue fruto de una tensión extrema por alguna circunstancia del servicio de guardia, y está documentado así en el parte correspondiente, es posible que te lo consideren como en acto de servicio. De lo contrario, repito, a mi modo de ver, no. Los miembros de las FAS se puede decir que estamos en permanente servicio, pues el horario, aunque existente, siempre está supeditado a las necesidades de ese servicio (Ver Orden Ministerial 121/06 de 4 de octubre, BOD 197 de 09OCT06), así como los permisos y el de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con mas razón, por ser Agentes de la Autoridad. No por éllo se considera cualquier eventualidad que nos surja como acto de servicio. Otra cosa es que, como dije antes, dicha eventualidad sea consecuencia directa del servicio o actividad que estemos realizando. Si en un ejercicio de tiro sufrimos un impacto de un proyectil, por la razón que sea, es en acto de servicio. Si estamos limpiando el arma en casa y esa desgracia se produce, no es acto de servicio. Lo mismo creo yo que pasará con el infarto, con la dificultad añadida de poder demostrar que el mismo se produjo por las especiales circunstancias del servicio, la guardia en este caso. Un saludo y suerte.
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diablo
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por diablo »

Tyrion escribió:¿Alguien sabe si un infarto estando de guardia, se considera acto de servicio?
Buenas.
He estado leyendo jurisprudencia sobre temas relacionados al que planteas, en concreto sentencias dictadas por la Audiencia Nacional y todas las que he leido desestiman la demanda alegando que no se considera desencadenante de un infarto el hecho de estar de servicio en el momento de producirse el mismo, es decir, que no existe nexo de causalidad entre el servicio prestado y la dolencia acaecida (vamos que no se considera que haya relación entre el servicio y el infarto), y en base a ello todas las que he leído son desestimadas, incluso algunas de las sentencias con fallecimiento por infarto del Agente estando de servicio.
No obstante consultalo con alguien mas pero ya te digo que las expectativas no son alentadoras. Ojalá me equivoque.
Un saludo.
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por El-Temido »

Pero, si que lo es el hecho final, puesto que no es lo mismo el motivo que la causa. Resumiendo, depende de un monton de factores y sin datos no se puede decir mucho y menos en un foro. Una cosa es que se padezca y otra a que se pueda demostrar un hecho que sea un plus puntual de preocupación o alteración con resultado de muerte o graves transtornos y consecuencias quirúrgicas ........................... Documentate por quien sea ilustre en la materia y sopésalo.

Suerte
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diablo
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por diablo »

Tyrion escribió:¿Alguien sabe si un infarto estando de guardia, se considera acto de servicio?
Buenas.
Tyrion, avalo lo manifestado por Temido, es un tema muy serio y delicado el tuyo que requiere de un profesional sobre el particular, mira, hay un hilo denominado "INFORMACION PARA CONSEGUIR EL ACTO DE SERVICIO", y en él se exponen no situaciones idénticas a la tuya pero similares así como el nombre y telefono de varios Abogados creo haber visto, expertos en temas relativos a incapacidades, te lo comunico a los efectos que creas oportunos.
Un saludo.
Tyrion
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por Tyrion »

Gracias a todos por las respuestas. Creo que primero esperaré a que la JMP dictamine y despues acudire a un abogado para que me informe de si hay posibilidades de ganar un juicio contra el Estado y su poderosa burocracia.
karandag
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por karandag »

Conozco un policía nacional que le sucedió.
Estaban realizando una persecución a unos atracadores cuando le dió.
Pudo probar la causa-efecto por la tensión del momento y le salió bien...
Intenta ver si existe esta causa-efecto, si no lo tienes dificil.
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masss
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por masss »

ancaza57 escribió:Yo no se que sentencias lee el señor diablo, a este parece que lo ha metido aquí el señor administración para jodernos, pero yo contradigo su comentario ...
Estimado ancaza57, el bien denominado por tí "señor diablo", y digo que bien denominado al referirte a él como "señor", cosa que otros no se merecen, todavía no he visto que falte al respeto a ningún forero, su participación es mas que valiosa para este foro y para muchos de los que participamos en el.

Respecto a lo de "jodernos", espero que no todos estemos tan necestiados como tú, pues según define la R.A.E. esta expresión, practicar el coito lo prefiero hacer en otros sitios, no en el foro con el "señor diablo".

Un saludo
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Benji
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por Benji »

Que sibilino eres masss, yo entiendo perfectamente lo que ha querido decir el señor ancaza57 y sin recurrir al D.R.A.E, y si el señor diablo es tan valioso para el foro que por favor ponga en el mismo algunas sentencias a las que hace mención e igualmente cite tambien las han sido estimadas.
Sin ánimo de ofender a nadie un saludo a todos
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diablo
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por diablo »

Benji escribió:Que sibilino eres masss, yo entiendo perfectamente lo que ha querido decir el señor ancaza57 y sin recurrir al D.R.A.E, y si el señor diablo es tan valioso para el foro que por favor ponga en el mismo algunas sentencias a las que hace mención e igualmente cite tambien las han sido estimadas.
Sin ánimo de ofender a nadie un saludo a todos
Buenas.
Verás Benji, te lo explicaré brevemente. Los moderadores tenemos la opción o prerrogativa de autorizar o no que se plasmen en el Foro mensajes de un nuevo miembro, sin que éste, previamente se halla presentado debidamente con todas las formalidades propias de las más elementales normas de educación; por ello, y a pesar de que has pasado olímpicamente de efectuar la preceptiva presentación, ( a pesar de que el apartado en el Foro General es enorme con muñequito incluido), pues he aprobado tú mensaje, pero únicamente para aclararte que antes de solicitar o pedir sin más, primero te presentes con la educación que este Foro y sus miembros se merecen, y luego, ya veremos.
Un saludo y presentate previamente como Dios manda antes de entrar exigiendo sentencias y aún menos siendo tú primer mensaje desde noviembre de 2007.
Benji
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por Benji »

Buenas tardes Sr. Diablo, he seguido tu indicación y me presentado en el foro como es preceptivo y no ser un mal educado, aunque te matizare que no estoy descontento de la educación que me dieron mis progenitores ni en los colegios que estudie cuando aun los profesores tenían el respeto de sus alumnos.
En lo referente a exigir algo, nunca más lejos de la realidad sino que lo pido por favor, vamos creo yo que educadamente.
Bueno dada por finiquitada la buena o la mala educación te vuelvo a pedir por favor que me hagas referencia sobre algunas sentencias que sobre el infarto en acto de servicio haya dictado la Audiencia Nacional, tanto estimatoria como desestimatorias.
Muchas gracias y un saludo a todos
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|^Simbad^|
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por |^Simbad^| »

He leido joder y no me he podido resistir,
válgame Dios, que en esto de joder, joder jodo yo,
que para eso me encargo de los trabajos sucios, dentro y fuera de cuartel.
Pero permitame Ancaza, y si no me da igual, que yerra usted con h e y cual jumento y zascandil,
y en pasándose esto de anécdota febril, ha llegado a ser impertinente, cutre hortera y borreguil.

Así, queda aquí expuesto su trajín,
para quien quiera leerlo, pues aquí no gusta el censo,
pero mientras me lo pienso, Ancaza ................. se va usted un tiempo al tiesto.

Y de paso se lee usted la definición de troll, que le va
AD VTRVMQUE PARATVS
Benji
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Re: infarto estando de guardia

Mensaje por Benji »

Buenos dias de todas formas Tyrion, aparte de lo que te diga el Sr. Diablo, consulta con un letrado, no se como sera el procedimiento el FAS, pero por parte de los demas ministerios una vez jubilado por incapacidad, la Dirección General de Costes te asigna la pensión ordinaria que te corresponda sumandote los años que falten hasta los 65 como trabajados para la administración, depues tu organo de jubilacion tiene que solicitar la pension extraordinaria en acto de servicio previa solicitud del interesado a la citada Dirección General y esta normalmente es desestimatoria ( 3 meses de plazo), posteriormente recurres esta resolucion al Tribuna Economico Administrativo Central ( 1 año de plazo que suele ser tres o cuatro meses mas) que suele ser tambien desestimatoria y a partir de ahi al contencioso adminstrativo a la Audiencia Nacional, (2 meses de plazo), (abogado y procurador), en esta fase ya procurara tu letrado desmontar todo el entramado urdido por la administracion contra el recurrente.
Un Saludo a todos
Última edición por Benji el Vie Oct 02, 2009 10:31 am, editado 1 vez en total.
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