HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

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AGBS
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HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por AGBS »

BUENAS TARDES

ME GUSTARIAS SABER SI ALGUNO TENDRÍA UN BORRADOR DE ESA CARTA QUE HAY QUE REDACTAR PARA EL MINISTERIO DE EDUCASION Y CULTURA Y DEPORTE SERVICIO DE CONVALIDACION Y FORMACION PROFECIONAL EN CALLE LOS MADRAZO NUMERO 15 CÓDIGO POSTAL 28071 MADRID

LOS REQUISITOS SON

BOD DE LA PUBLICASION DE SARGENTO................................. COMPULSADO
DNI ...........................................................................COMPULSADO
DESPACHO DE SARGENTO .................................................COMPULSADO

Y REDACTAR LA DICHOSA CARTA QUE NO TENGO NI IDEA COMO HACERLA ASI QUE PIDO QUE SI ALQUIEN LA TIENEN Y ME PUEDE DEJAR DE LO AGRADECERIA

UN ABRAZO
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felix102
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por felix102 »

Te adjunto Instancia:
D. xxxxxxxxxxxxx, con D.N.I. nº xxxxxxxxx, Sargento del Cuerpo General del Ejército de Tierra, a efectos de notificación residente en xxxxxxxxxxxxx. - xxxxxxxx.

EXPONE:

Según el Real Decreto 205/2002, de 22 de febrero, sobre directrices generales de los planes de estudios de Enseñanza Militar de formación para la incorporación a las Escalas de Suboficiales de las Fuerzas Armadas y según reza en su Artículo 9 que dice en su punto 2:

La obtención del empleo de Sargento será el equivalente al título de Técnico Superior del Sistema Educativo General, siendo ésta una equivalencia genérica de nivel académico, a los efectos de acceso a los empleos públicos y privados y aquellos otros que pudieran corresponder de acuerdo con la legislación vigente.

Qué también y según reza en la Disposición Adicional Segunda. Retroactividad de efectos.

Los efectos señalados en el apartado 2 del Artículo 9 del presente Real Decreto podrán corresponder también a quienes hayan cursado en su momento, en su totalidad y con éxito, los correspondientes planes de estudios que facultaron su incorporación a las Escalas Básicas del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, del Cuerpo de Infantería de Marina, del Cuerpo General del Ejército del Aire y de los Cuerpos de Especialistas de los Ejércitos, y aquellos otros que, según la Disposición Adicional Sexta de la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, se integraron en las citadas Escalas.

Qué para obtener esta equivalencia, también es necesario acreditar que el interesado está en posesión de alguno de los requisitos de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior. Además, a la solicitud se debe adjuntar:

.- Fotocopia compulsada del documento que acredite haber superado la formación necesaria para el citado empleo o los planes de estudios indicados (DOCUMENTO 1).

.- Fotocopia de la publicación en el Boletín Oficial de Defensa (B.O.D) de la Resolución por la que se promovió al interesado al empleo de Sargento (DOCUMENTO 2).

.- Fotocopia compulsada del título o certificación académica oficial que acredite estar en posesión de alguno de los requisitos académicos de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior (DOCUMENTO 3).

Por lo anteriormente expuesto,

SOLICITA:

La titulación de Técnico Superior que corresponda en aras de la documentación exigida y aportada por el interesado.

En xxxxxxxx, 20 de xxxxxx de 2015.






Ministerio de Educación y Ciencia
Dirección General de Educación
Formación Profesional e Innovación Educativa
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trasgu123
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por trasgu123 »

Lo que viene siendo la tipica instancia de toda la vida.
bertuscalella
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por bertuscalella »

Buenos días,

Despues de redactar la instancia recibí contestación por parte de educación,
CONCEDER a D./Dña.XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX la equivalencia genérica de nivel
académico con el título de Técnico Superior del sistema educativo general, a los efectos de acceso
a los empleos públicos y privados y aquellos otros que pudieran corresponder de acuerdo con la
legislación vigente.

Pero buscando por Internet encontré aquí
http://todofp.es/dctm/mepsyd/educacion/ ... 2b80045183

donde dice lo siguiente:
Para quien haya obtenido el empleo de Sargento o para quien superó los planes de estudios que
facultaron su incorporación a las Escalas Básicas del Cuerpo General de Armas del Ejército de Tierra,
del Cuerpo de Infantería de Marina, del Cuerpo General del Ejército del Aire y de los Cuerpos de
Especialistas de los Ejércitos, se establece una equivalencia genérica, a todos los efectos, con el título
de Técnico Superior, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 205/2002, de 22 de febrero,

sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza militar de formación para la
incorporación a las Escalas de Suboficiales de las Fuerzas Armadas (B.O.E. del 23).

En cambio mirando el BOE dice:
La obtención del empleo de Sargento será equivalente
al título de Técnico Superior del Sistema Educativo
General, siendo ésta una equivalencia genérica
de nivel académico, a los efectos de acceso a los empleos
públicos y privados y aquellos otros que pudieran corresponder
de acuerdo con la legislación vigente.

La diferencia es que según boe, solo sirve a efectos de empleo publico privado...y según la web donde sacan un extracto de educación es a todos los efectos...
La cuestión es que ayer estuve informándome para hacer un grado superior diferente a la familia por la cual hice la prueba de acceso y me contestaron que no podría ya que es solo a efectos de empleo público o privado...

La verdad es que me estoy haciendo un lio al final...
Me serviría esta equivalencia para cursar un grado superior o simplemente para opositar?

Muchas gracias de antemano.

Saludos
famefas
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por famefas »

Esto de las homologaciones, equivalencias, convalidaciones de los estudios militares con los estudios civiles, técnicos o universitarios, es una batalla perdida, porque las cosas nunca se han hecho bien.
Para hablar del tema nos tenemos que remitir a una Ley de 1966 en la que, por primera vez, se estableció que los estudios cursados en las Academias Generales serían equivalentes al título de Licenciado (genérico), es decir, Licenciado en nada, a efectos de acceder a empleos públicos o privados. Se decía que cuando en una convocatoria de procedimientos selectivos (oposición, concurso, concurso oposición) para ingresar en cualquier cuerpo de la administración pública o empresa privada se exigiera la condición de poseer una Licenciatura, podrían presentarse los militares (oficiales) procedentes de las Academias Generales. Pero héteme aquí que en aquellos años, como después y ahora, cada vez que se convoca una oposición, nunca se exige una "Licenciatura" (genéricamente) sino una Licenciatura en Derecho, en Economía, en Física, en Matemáticas, en Historia del Arte, etc., etc. Así es que nunca, el oficial de las FAS podía presentarse a ninguna convocatoria. Y así ha seguido repitiéndose con las leyes de 1989 y 1999, en cuanto decían que al salir de las academias, el oficial recibiría dos titulos: el titulo de Teniente y una Licenciatura. Siguieron dando el título de Teniente en julio de cada año, pero nadie salió con una Licenciatura bajo el brazo. Ninguna Ley ni Universidad establecieron Licenciaturas en Infantería Ligera, en Caballería Acorazada, en Infantería de Marina, en Artillería antiaérea, en Defensa Nacional, .... y nunca se dieron Licenciaturas específicas, ni siquiera genéricas (que nunca han existido). La gente decía, la ley dice que soy licenciado, pero en la entrega de despachos solo me han dado el título de Teniente de Infantería, o de Caballería, o de la Guardia Civil, pero nada de titulo de Licenciado, Diplomado, Ingeniero, Arquitecto,...

Se pensó entonces en tratar de convalidad los titulos de Teniente por alguna de las Licenciaturas específicas. Para ello se dictaron RDecretos que establecieron que se formarían unas comisiones de mandos de Defensa y Responsables de las Universidades para comparar programas y ver si había alguna licenciatura que se ajustara a los programas de las academias militares. Estéril trabajo, nulos resultados, podían encontrarse coincidencias parciales con algunos temas de matemáticas, de física, de topografía, pero no había ni una sola asignatura completa que coincidiera con los programas comparados.

Así es que, al final, se llegó a la conclusión de que para que un oficial tuviera un título universitarios había que estudiar la correspondiente carrera en una Universidad, o en un centro asociado a una Universidad, ubicado en cada Academia Militar. Y, por fín, este año, en julio, saldrán los primeros oficiales con dos títulos: El de Teniente de una determinada especialidad (no hay Tenientes genéricos) otorgado por Defensa y el de Graduado en Organización Industrial otorgado por la Universidad de Zaragoza (para Tierra). Pero desde que empezó este sistema, diversos entes universitarios y de colegios profesionales, se han mostrado contrarios a considerar a estos Graduados con el mismo nivel que los graduados libremente en las Universidades, porque, dicen, los programas de esos centros universitarios de las Academias no son los mismos que los de las Universidades, se han recortado para meter materias militares, no ya en el último año, sino durante toda la carrera universitaria/militar. Además, no solo han habido profesores o catedráticos universitarios, sino que ciertas materias las han dado "profesores" militares, que no son profesores universitarios porque no pertenecen a ningún cuerpo de profesores universitarios, ni siquiera a un cuerpo de "profesores militares" (que no existe), sino que son militares que entre sus funciones (mando, instrucción, preparación de la tropa) tienen también unas funciones docentes no homologadas por la ley. Incluso algunos pueden haber hecho una carrera universitaria y tener su verdadero titulo universitario, pero no han opositado, ni pueden opositar a un cuerpo de profesores universitarios (y si lo han hecho y han decidido ejercer, han debido causar baja en las FAS o pasar, como mínimo, a excedencia). Los Colegios Profesionales ya dijeron que no admitirían como "colegiados" a esos graduados en centros ubicados en las academias militares.

Respecto a lo de Técnico Superior, en el caso de los Suboficiales, ya desde 1974 se hablaba también de reconocer a estos la FP3. Pero lo mismo, nada de nada en la realidad. Ahora se cursan en las academias de suboficiales los estudios de Técnico Superior, pero parece que con los mismos inconvenientes que los graduados de las academias de oficiales.

Pero es que Defensa siempre se ha mostrado contraria a reconocer a los militares, a sus militares, equivalencias entre empleos militares y títulos de enseñanza civil.

Recuerdo que cuando se creó las Escalas Especiales (ley 13/1974) se permitió integrarse en las mismas a los Tenientes de las EAUX-CAE, pero con la condición de que para ascender a Capitán debían presentar el titulo de Bachiller Superior (aquel de 6 años de Instituto con reválidas en 4º y 6º). Muchos tenían dicha titulación, pero algunos de los que se pasaron de tenientes sin tenerlo, pidieron al Ministerio de Educación la equivalencia del titulo de Teniente por la de Bachiller Superior. El Mº de Educación les otorgó la equivalencia pero solo a efectos genéricos de acceso a los empleos públicos y privados. Llegado el momento del ascenso a Capitán, la mayoría presentó su titulo de Bachiller Superior, pero algunos presentaron la equivalencia otorgada para el acceso a un empleo público (el de Capitán). El Ejército se negó a reconocer dicha equivalencia. Los interesados tuvieron que recurrir a los Tribunales. Estos admitieron las pretensiones de los demandantes y les reconocieron que tenían la titulación adecuada (por equivalencia) y que debían ser ascendidos a Capitán. Defensa tuvo que cumplir las sentencias. La Sala de Sevilla, por ejemplo, echó la "bronca" a Defensa diciendo que no eran quiénes para reconocer o no las equivalencias, que no eran competentes en la materia. Que el Ministerio de Educación era el único órgano competente y que había que pasar por lo que había dictaminado: Título de Teniente equivalente a Bachiller Superior a efectos de acceso a empleos públicos (como era el empleo de Capitán). Algunos Tenientes que no tenían dicho Bachiller, lo que hicieron fué presentarse a la Academia Especial, aprobaron, cursaron dos años internos, salieron de Alféreces, tuvieron que pasar dos años de alférez para ser Tenientes de la Escala Especial, y esperar del orden de 8 o 10 años para ascender a Capitanes. En 1982 se suprimió el empleo de Alférez. Los que estaban en la Academis salieron de Tenientes. En 1989 se restableció el empleo de Alférez, pero en lugar de dos años para ascender a Teniente, había que servir 5 años como Alférez. Este es nuestro ejército, nuestras FAS, y sus CAMBIOS Y VAIVENES.


Por hoy ya está bien. Jesús.
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por antoniocm »

Bueno,

Yo convalidé algunas asignaturas de libre elección, de la ingeniería, con los estudios de la academia de oficiales (Escala media o de oficiales).
En la convalidación me ponía: "Otros estudios universitarios".

Ahora como funcionario civil, los estudios en las academias militares me cuentan como méritos sin ningú tipo de problema. Pedí los certificados de equivalencia; los de la AGBS como Técnico Superior y los de la AGM (escala media) como Diplomado Universitario, los presenté y sin problemas.
famefas
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por famefas »

convalidar una asignatura, física, matemáticas, etc., cursada en escuelas o academias militares es emitir un certificado en el que diga: La asignatura de Física estudiada en la AGM queda convalidada por la asignatura de Física de primer curso de la Diplomatura de ----, o de la Ingeniería Técnica Industrial en ----, etc.

Las convalidadciones de asignaturas de ese tipo se suele conceder parcialmente. Es decir, te certifican que la asignatura de Matemáticas cursada en la AGM, por ejemplo, se convalida por los temas 1, 5 y 23 de Matemáticas de la Ingeniería Técnica en Telecomunicaciones, pero que tienes que cursar en la universidad los complementos de una asignatura de Física corrrespondientes a los temas 2, 3, 4, 6 al 22, y 24 al 57. Esto resultaba perjudicial para el interesado, ya que le hacían estudiar, y lo iban a examinar, de los temas que él no había estudiado. Prefería rechazar la convalidación y cursar y examinarse de la asignatura completa ya que alguna de las preguntas o problemas podían coincidir con lo que ya había estudiado.

Los certificados en que te reconocen estudios de Técnico superior en ----(nada), o de Diplomado en --- (nada), es decir en una disciplina o materia indeterminada, son inespecíficos (válidos solo a efectos de puntuar para el acceso a empleos públicos o privados), pero suman puntos al concurrir a unas oposiciones de funcionario. Pero suman puntos como los suman numerosos cursos o cursillos que hayas cursado a través del Inem, Sindicatos, etc. Hace unos años, en unas oposiciones (concurso oposición) a la Junta de Andalucía, se hacían constar como méritos a puntuar los siguientes: Por aprobar la oposición con notable o sobresaliente 1 punto, por aprobarla 0,5 puntos, por cada Licenciatura 1 punto, por cada Diplomatura, Ingeniería Tecnica o Arquitectura Técnica, 0,5 puntos, por el curso de MACRAMÉ (de 6 meses, impartido por la Junta de Andalucía) 5 puntos. Pero claro, el curso de macramé no podía convalidarse por 5 licenciaturas ni por diez diplomaturas. No podía convalidarse por nada.
famefas
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por famefas »

En el segundo párrafo del comentario anterior, donde dice Física, debe decir Matemáticas.
famefas
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por famefas »

En el segundo párrafo del comentario anterior, donde dice Física, debe decir Matemáticas.
Francisco I
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Re: HOMOLOGACION DEL TITULO DE SARGENTO

Mensaje por Francisco I »

Lo que no haya pasado en la Hunta de Bandalucía no pasa en todo el globo terráqueo. Tiene bemoles 10 puntos por el curso de MACRAMÉ, que supongo es algo tan difícil como el de Encaje de Bolillos.
Está claro que en esa oposición había enchufados con el MACRAMÉ.
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