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Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 11:36 am
por famefas
ZAIDA NO ES EX-MILITAR, ES “COMANDNTE EN RETIRO”
Si la Comandante en retiro decide trabajar, ya que ha sido oficializado su pase a retiro por inutilidad permanente para la profesión militar, su pensión, que será de 2.560,88 euros mensuales (14 pagas), se la rebajarán a 1.408,48.
-Si no está conforme con los términos de la resolución de la Subsecretaria de Defensa, que ha declarado su “insuficiencia de condiciones psicofísicas”, podrá interponer “recurso de alzada” ante el Ministro.
La Comandante Zaida Cantera, a la que el pasado día 27 de abril le fue notificada personalmente (en la Delegación de Defensa de Madrid, antiguo Gobierno Militar) la resolución de 26-05-2015, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se declara su “insuficiencia de condiciones psicofísicas, causada en acto de servicio”, y que manifestó a la salida de dicho establecimiento militar dos cosas: Que “No es, ni de lejos, la solución apropiada, ni deseada, ni esperada”, y que “Ahora, como el resto de los españoles, a buscar trabajo”.
La primera afirmación demuestra que no está conforme con los términos de la resolución de la Subsecretaria, por lo que, de acuerdo con el pie de recurso de la misma, “podrá recurrir en alzada, ante el ministro de Defensa, en el plazo de un mes” (que acabaría el 27 de junio). Si la resolución del ministro tampoco le satisface, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación de la segunda resolución*.
La segunda afirmación determinará que, si busca trabajo y lo encuentra en la empresa privada o lo ejerce con carácter autónomo, tendrá que darse de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social, y la pensión de 2.560,88 euros mensuales (límite al que será rebajada la que realmente le corresponde) será reducida a la cuantía de 1.408,48 euros mensuales. [Ver detalles en la legislación que se adjunta, y nota al final de la legislación].
La resolución notificada fué completada con otra resolución ministerial (de la Subsecretaria “por delegación del Ministro”) en la que se acordó “su pase a retiro con fecha 26 de mayo de 2015 por inutilidad permanente para el servicio”.
Las resoluciones de “insuficiencia de condiciones psicofísicas” y de “pase a retiro” han sido publicadas en el Boletín Oficial de Defensa (BOD y no en el BOE) de 3 de junio, mediante resolución del “General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra” que ha añadido: “Por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, se le tramitará el expediente de Clases Pasivas con arreglo a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado”. La pensión deberá ser solicitada por la interesada en los impresos oficiales que le facilitarán en la Delegación de Defensa, y tres o cuatro semanas después recibirá la resolución del Director General de Personal con el “señalamiento de pensión extraordinaria de Clases Pasivas”. Se le reconocerán como años de servicio todos los prestados desde 9 meses después de ingresar en la Academia Militar en 1997 (que se descuentan como “servicio militar obligatorio”), y se le contarán además, como servicios efectivos, todos los años que le faltan hasta cumplir los 65 años. La pensión extraordinaria resultante será de 5.751,24 euros mensuales (14 pagas), y así lo notificarán Defensa a la interesada y a Hacienda (Clases Pasivas). Después será Hacienda la que le notifique que su pensión queda reducida a 2.560,88 euros por imperativo de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos para 2015. Cuando empiece a trabajar, y figure de alta en cualquier régimen de Seguridad Social, será Hacienda la que le notifique que su pensión queda reducida al 55 % de la que venía percibiendo), es decir, a 1.408, 48 euros, por haber prestado menos de 20 años de servicios en actividad. Si hubiera prestado más de 20 años, percibiría el 75 por ciento (1.920,66 euros).
*La eventual interposición del recurso de alzada no suspenderá la ejecución de las resoluciones adoptadas. La resolución de la alzada (desestimatoria, normalmente) podrá ser recurrida en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
La Comandante Cantera no ha pasado a ser ex-Comandante o ex-militar, sino a “Comandante en retiro”. Algunos medios han publicado “Zaida ya no es militar”. Sigue siendo militar, pero “militar en retiro”, y no está sometida a las leyes penales ni disciplinarias militares. En retiro puede conseguir el ascenso a “Teniente Coronel Honorífico”, teniendo más posibilidades de conseguirlo que los militares en “retiro por edad”, pues ella ha pasado a “retiro por inutilidad permanente –para la carrera militar- en acto de servicio” (art. 24 LCM). Puede vestir de uniforme en actos oficiales y sociales (privados, familiares).

-En relación con el retiro hay que tener en cuenta los siguientes artículos de la Ley de la Carrera Militar (LCM):
<< Artículo 114. Pase a retiro
1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas cesa en virtud de retiro.
2. El retiro del militar de carrera se declarará de oficio o, en su caso, a instancia de parte, en los siguientes supuestos:
a) Al cumplir la edad de sesenta y cinco años.
b) Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113.6.
c) Con carácter voluntario, en las condiciones establecidas para la jubilación voluntaria en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
d) Por insuficiencia de condiciones psicofísicas que implique inutilidad permanente para el servicio.
e) Por insuficiencia de facultades profesionales.
En los supuestos de los párrafos b) y e) el retiro tendrá la condición de forzoso.
3. Los militares profesionales que mantienen una relación de servicios de carácter temporal y los alumnos de los centros docentes militares de formación podrán pasar a retiro por incapacidad permanente para toda profesión u oficio, en los términos previstos en la legislación de Clases Pasivas del Estado.
Artículo 115 Militares retirados
Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas [ISFAS].
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés.
Podrán seguir identificándose con el empleo militar que hubieran alcanzado, siempre acompañado de la palabra "retirado". >> ( Párrafo final del artículo 115 introducido por el apartado siete de la disposición final tercera de la L.O. 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas («B.O.E.» 5 diciembre).Vigencia: 5 marzo 2015).
Jesús Navarro Jiménez, 23626265K.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 12:57 pm
por Francisco I
Sr. "Famefas":
Sólo dos apuntes a su anterior comentario.
1º.- A las mujeres no se les descuentan los 9 meses de SMO; por la sencilla razón de que para ellas no existió esa obligación.

2º.- La pensión que corresponde a la citada señora, es del 200 % de su pensión ordinaria, ( 5.751,24 € según sus propios cálculos) y sobre esa cantidad debería de ser sobre la que se aplicaran las correspondientes reducciones o porcentajes; al margen de que la cantidad final a percibir efectivamente, siempre esté topada en los 2.560,88 €.

Y ya, de mi propia cosecha, solo añadir que ha sido la señora la que pidió la apertura del expediente, por lo tanto no procede ese comentario de : “No es, ni de lejos, la solución apropiada, ni deseada, ni esperada”, Creo que no ha sido la solución apropiada; sí ha sido la deseada por ella. Ignoro cual podría ser la esperada. Sinceramente creo que ésta señora hace muchos años que tiene un buen cacao mental. Le deseo que se recupere y que sea feliz; ahora que puede.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 2:01 pm
por famefas
Pues sí, Francisco, gracias por tus acertadas puntualizaciones. Y, sí, en efecto, ella es la que soliciró la incoación del expediente para la determinación de sus condiciones psicofísicas. Lo que pasa es que muchas informaciones dicen que "pidió la baja" en julio 2014. Eso es lo que quería Defensa, que pidiera la baja voluntariamente, que es cosa distinta a pedir la "incoación del expediente" que ha dado lugar a su retiro por inutilidad permanente. En caulquier caso hay aspectos en este asunto que desconocemos. El dictamen de la Junta Médico Pericial es vinculante, es decir, que ni la Junta de Evaluación específica, ni la Asesoría Jurídica General, ni las partes, podían hacer nada contra el mismo. Sin embargo se publicó que el caso no quedó resuelto a finales de abril, como comunicó Defensa, y ha llegado hasta finales de mayo, porque el "dictamen" había sido recurrido.

En cualquier caso, y según sus primeras declaraciones de Zaida, de 27 de mayo, estaba deseando que se publicara su retiro en el BOD para poder hablar (yo esperaba una rueda de prensa inmediata, con su abogado, con Irene, o con ambos). Parece que el hecho de que Lezcano presentara denuncia por lo expresado en el programa "Salvados", les está haciendo retrasar cualquier declaración pública. No obstante creo que las diligencias abiertas, en las que ni siquiera ha sido llamada a declarar la autora, están avocadas al sobreseimiento y archivo, sin más trámites. Llevé el caso de un Capitán, un Cabo y un soldado, imputados de delito contra la hacienda militar, cometido en 2001, y que después de casi cuatro años de tramitación, y cuando se habían producido las imputaciones, las acusaciones, ... e incluso estaba señalada la vista oral, se dictó resolución declarando la insuficiencia de condiciones psicofísicas (por patología psíquica) del Capitán y se acordó su pase a retiro por inutilidad permanente. Pedimos entonces el sobreseimiento y archivo del sumario, y así lo acordó el TMT-V al considerar que si las razones de su retiro eran psíquicas, estabilizadas, irreversibles y permanentes, no se encontraba en condiciones de afrontar un juicio. El Cabo y el Soldado también se libraron, pues el Tribunal decidió que el juicio no podía dirigirse contra cada uno de los tres acusados, sino sobre el conjunto de los tres. Lo cual, tras el retiro del Capitán era imposible.

Las FAS, según el CIS, han pasado del primer lugar al tercero en la valoración de los ciudadanos, debido precísamente al caso Lezcano (autor de delitos, que sigue el las FAS) y Zaida (la víctima que ha perdido su carrera y su salud, con carácter permanente), sin que el Ministro haya movido un dedo, no para expulsar a Lezcano (que no puede por imperativo legal), sino para declarar lesivo para los intereses generales el ascenso a Coronel después de estar procesado. Fulgencio Coll engaño a la ministra Chacón, incluyendo a Lezcano con el núm 17, en la propuesta de evaluados positivamente para el ascenso. La ministra dijo hace unos meses que si llega a saber el estado procesal de Lezcano, lo hubiera fulminado, pero Morenés (que decía que los ministros no tienen nada que ver con los ascensos por elección, evidenciando que no sabe lo que aprueba y refrenda con su firma) que tiene de plazo hasta el 20-07-2015 para declarar la lesividad del ascenso, para su posterior anulación jurisdiccional, ha dicho (expresamente y por escrito) ya que no va a hacer nada, que el art. 103 está pensado para casos "excepcionales" (lo cual es falso de toda falsedad). El 103 está pensado para cualquier acto declarativo de derechos que haya incurrido en cualquier infracción ordinaria del ordenamiento jurídico.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 3:49 pm
por famefas
Mañana, domingo 7 de junio, alas 21.30, comparecerá ante "EL OBJETIVO" de la Sexta, la Comandante en retiro Doña Zaida CANTERA DE CASTRO.
Jesús.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 3:49 pm
por famefas
Mañana, domingo 7 de junio, alas 21.30, comparecerá ante "EL OBJETIVO" de la Sexta, la Comandante en retiro Doña Zaida CANTERA DE CASTRO.
Jesús.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Sab Jun 06, 2015 4:57 pm
por Francisco I
" El Moreno " está a lo suyo; y de esa línea no hay quien le aparte. El vino a lo que vino; y debe de estar ocupadísimo en cerrar "operaciones", ya que el tiempo se le acaba.

En cuanto al dictamen de la Junta Médico Pericial; que pongan las pilas a recargar, porque a partir de ahora trabajo no les va a faltar. Han abierto una puerta falsa en la que habrá empujones para salir.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 11:11 am
por dmf
Hola, la Cte retirada Zaida Cantero, irá de nº 6 en las listas del PSOE a las elecciones generales. Pedro Sánchez ficha a Zaida Cantera para sus listas.
http://gaceta.es/noticias/pedro-sanchez ... 92015-0907
Un saludo.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 11:35 am
por trasgu123
Alguien se la imagina ocupando un cargo en el Ministerio ???. Yo si, jejejejeje.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 3:15 pm
por sargentodehierro
Yo ya la veo de Ministra de Defensa, y todos los de arriba cagaditos de miedo...

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 5:37 pm
por trasgu123
De Ministra no, que para eso habra puñaladas, pero Vicenoseque o Subnosequemas no estaria mal. Soy yo y cada semana una visita, a ver mañana toca en .... Menudas risas.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 6:01 pm
por sargentodehierro
De Subsecretaria de Defensa no estaría nada mal, jejjeje

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 10:16 pm
por rykius
Comparto el último comentario de sargentodehierro. Si le va bien la cosa terminará en el Ministerio de Defensa seguro.
Al entrar en política supongo que perdera la parte de la pensión que corresponda ¿no es así?.
Un saludo.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Mié Sep 30, 2015 10:36 pm
por sargentodehierro
Si desempeñase un cargo público retribuido, mientras lo haga, no percibiría su pensión, al ser incompatible.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Dom Oct 04, 2015 11:41 pm
por famefas
Será simplemente "diputada". La meterán en la "Comisión de Defensa" como portavoz del Grupo Socialista. Como mucho la designarán vicepresidente de dicha comisión.
No tendrá un cargo político en el ministerio de Defensa. Su patología mental, estabilizada e irreversible, la inutiliza para ejercer la profesión militar, pero esa enfermedad crónica limitará mucho su elección para cargos políticos de naturaleza militar, e incluso de naturaleza civil, incluso en la empresa privada

Téngase en cuenta además, que ha sido la Sanidad Militar la que ha dictaminado (con carácter preceptivo y vinculante para el Ministro) que padece una patología psiquiátrica, que se encuentra estabilizada y que tiene carácter IRREVERSIBLE o de dudosa e incierta reversibilidad.

Re: Zaida no es ex-militar, es Comandante en retiro

Publicado: Lun Oct 05, 2015 9:53 am
por delucas