simulador futura pensiòn.

Comentarios sobre el pensionazo

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RoMo
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simulador futura pensiòn.

Mensaje por RoMo »

Buenas noches. Aquí os dejo un enlace donde podréis calcular vuestra futura pensión, a la que habrá que descontar el % del pensionazo a quien le afecte.-HTTP://WWW.AUGCGALICIA.ES (luego ponéis calculara pensión y os saldrá una tabla de cálculo como esta que os dejo. Es bastante buena).

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CALCULO DE LA PENSIÓN POR RETIRO Y PERDIDA DE APTITUDES PSICOFÍSICAS

Colocar los años completos, no añadir ningún tipo de puntuación no numérica, se pueden dejar los campos sin escala vacios.

Año de nacimiento
Año ingreso escala D (Guardia Civil anterior a1996) *1
Año ingreso escala C (Guardia Civil osterior a 1996, y suboficial anterior a 1996) *2
Año ingreso escala B (Escala de suboficiales posterior a 1996) *3
Año ingreso escala A (Escala de oficiales) *4
Tu pensión anual es de y su cuantia mensual de en 14 pagas.
El valor se calcula en euros. Los importes no son vinculantes, declinando toda responsabilidad por los errores de calculo que se pudieran producir.

A estos importes íntegros, hay que descontar el I.R.P.F., que en cada caso corresponda.

También hay que tener en cuenta que el I.R.P.F., que te aplicarán irá en función del grado de minusvalía, si supera el 33%, tiene una reducción y si es del 65 % mucho más, así como del estado y familia a tu cargo.

*1: Grupo "D" corresponde con el nuevo Grupo/subgrupo "C2". *2: Grupo "C" corresponde con el nuevo Grupo/subgrupo "C1". *3: Grupo "B" corresponde con el nuevo Grupo/subgrupo "A2". *4: Grupo "A" corresponde con el nuevo Grupo/subgrupo "A1".

Cómputo de servicios en las pensiones de jubilación por incapacidad
La pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o por inutilidad se calcula igual que la pensión ordinaria de jubilación por edad, con la particularidad de que cuando aquélla se produce estando el funcionario en servicio activo o situación equiparable, se considerarán como servicios efectivos, además de los acreditados hasta ese momento, los años completos que resten al funcionario para cumplir la edad de jubilación o retiro forzoso, entendiéndose éstos como prestados en el Cuerpo, Escala, plaza, empleo o categoría en que figure adscrito en el momento en que se produzca el cese por jubilación o retiro.

No obstante, a partir de 1 de enero de 2009, cuando en el momento de producirse el hecho causante, el interesado acredite menos veinte años de servicios y la incapacidad o inutilidad no le inhabilite para toda profesión u oficio, la cuantía de la pensión ordinaria de jubilación o retiro se reducirán en un 5% por cada año completo de servicio que le falte hasta cumplir los 20 años de servicio, con un máximo del 25% para quienes acrediten 15 o menos años de servicios. Si con posterioridad al reconocimiento de la pensión y antes del cumplimiento de la edad de jubilación o retiro forzoso se produjera un agravamiento de la enfermedad o lesiones del interesado de manera que le inhabilitaran para el desempeño de toda profesión u oficio, se podrá incrementar la cuantía de la pensión hasta el 100 por 100 de la que le hubiera correspondido.

Actualizado para el año 2.009

Pulsa aqui para Realizar el cálculo.



Ejemplo de cálculo y pequeña referencia.



Tenemos que tener en cuenta, que en el año 1.996, se produjo un cambio de escala general para los funcionarios de las Fuerzas de seguridad, así los Guardias Civiles, pasamos de la escala D a la C y los Suboficiales de la C a la B. Son datos que tenemos que tener en cuenta para el calculo de la pensión.

Para el empleo de Subteniente se les computa a partir del 01-11-1994, en el grupo "B", de conformidad con la Ley 28/1994, por el que se completa el regimen del personal del Cuerpo, siempre que hayan ascendido antes de esa fecha, y los que ascendieron despues es a partir de su efectividad en el ascenso hasta el 01-01-1996, que a todos los suboficiales les reclasificaron en dicho grupo.

Igualmente y según la Ley de Clases Pasivas, cuando los retiros se producen por perdida de aptitudes psicofísicas, se computan los años de servicios prestados y los que quedaran para cumplir la edad de retiro forzoso.

La Aplicación esta especialmente diseñada para los Guardias Civiles, atendendiendo a esto la escala B o de suboficiales, sólo es posible adquirirla si se ha pasado por la C o D anteriores. Los funcionarios de la Administración General, si pueden acceder directamente a la escala B, en su caso y si accedieron directamente a la escala B la aplicación les carece de utilidad.

Ejemplo1. Guardia Civil, con fecha de nacimiento en el año 1.965, que ingresa en el cuerpo en el año 1990, y que permanece en esa situación hasta el año 2004 en el que pasa a retiro. resolución. fecha de nacimiento: 1965, escala D: 1990, escala C: 1.996 (año del cambio de escala), el resto se deja vacio.

Ejemplo 2. Guardia Civil, con fecha de nacimiento en el año 1975, que ingresa en el cuerpo en el año 1998, que permanece en esa situación hasta el año 2004 en el que pasa a retirado. resolución. fecha nacimiento: 1975, escala D: vacio, escala C: 1.998, el resto se deja vacio.

Ejemplo 3. Guardia Civil, con fecha de nacimiento en el año 1.960, que ingresa en el cuerpo en el año 1.978, que asciende a Suboficial en el año 1.992, y se retira en el año 2.004. resolución. fecha nacimiento: 1960, escala D: 1.978, escala C: 1.992 (año de ascenso), escala B:1.996 (año del cambio de escala general), el resto se deja vacio.
Hay dos cosas infinitas: El Universo y la estupidez humana. Y del Universo no estoy seguro.
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