Pues efectivamente hice bien, tal como me indicaste, porque hoy me la han notificado y reconocido con los atrasos correspondientes.agustino escribió: ↑Sab Oct 22, 2022 8:00 amHas hecho bien. Si en la resolucion de enero del 22 no te dan el complemento, puedes recurrir ESA resolución del 22, ante la cual nunca habías recurrido.Counter escribió: ↑Sab Oct 22, 2022 1:17 am Hola, yo os quería exponer mi caso. Funcionario de CCPP jubilado.
Octubre de 2020 pasé a jubilado por incapacidad total permanente. Con pensión ordinaria.
Solicité el complemento de paternidad que me llegó denegado. No lo recurrí.
Posteriormente, me han reconocido la pensión extraordinaria (enero de 2022), en la que dice textualmente "Esta resolución revisa y sustituye la dictada en el anterior reconocimiento de pensión", es decir, la pensión ordinaria.
He solicitado nuevamente la revisión de la pensión (complemento de paternidad), pero en este caso de la pensión extraordinaria. Tengo dos hijos.
¿Qué opináis del asunto?
COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
He leido con detenimiento la notificacion de resolucion de mi complemento de natalidad ( presentado el 10/10/2022) que tiene fecha 16/02/2023 y hay un parrafo que creo que no es cierto:
"Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de
liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de
4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para
resolver y notificar dicho procedimiento"
Yo creo que el computo de los 4 meses es desde que yo entrego la reclamacion , no desde que ellos resuelven que tengo derecho, que por cierto ha sido a los 4 meses y 6 dias.
De todas formas si la actualizacion de mi pension se va a producir en el mes de Marzo, antes del dia 5 de ese mes , tiene que estar notificado el procedimiento de liquidacion.
Si no estoy en lo cierto, que alguien me lo aclare.
"Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de
liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de
4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para
resolver y notificar dicho procedimiento"
Yo creo que el computo de los 4 meses es desde que yo entrego la reclamacion , no desde que ellos resuelven que tengo derecho, que por cierto ha sido a los 4 meses y 6 dias.
De todas formas si la actualizacion de mi pension se va a producir en el mes de Marzo, antes del dia 5 de ese mes , tiene que estar notificado el procedimiento de liquidacion.
Si no estoy en lo cierto, que alguien me lo aclare.
- peluman
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Hola buenas tardes. Pues yo opino igual que tu en cuanto a la tramitación del expediente, pero creo que a lo que se refieren aquí es a la liquidación de la pensión con el nuevo complemento de maternidad. Y sino me equivoco es a lo que hace mención el punto 2 del Artículo 2 ( 4 meses para el cobro desde que se te reconoce)tutifruti escribió: ↑Jue Feb 23, 2023 7:16 pm He leido con detenimiento la notificacion de resolucion de mi complemento de natalidad ( presentado el 10/10/2022) que tiene fecha 16/02/2023 y hay un parrafo que creo que no es cierto:
"Con la misma fecha de la presente resolución se inicia el procedimiento de
liquidación de su pensión, fecha a partir de la cual se computará el plazo máximo de
4 meses que el artículo 2 del Real Decreto 1769/1994, de 5 de agosto, establece para
resolver y notificar dicho procedimiento"
Yo creo que el computo de los 4 meses es desde que yo entrego la reclamacion , no desde que ellos resuelven que tengo derecho, que por cierto ha sido a los 4 meses y 6 dias.
De todas formas si la actualizacion de mi pension se va a producir en el mes de Marzo, antes del dia 5 de ese mes , tiene que estar notificado el procedimiento de liquidacion.
Si no estoy en lo cierto, que alguien me lo aclare.
Así dice el artículo :
Artículo 2. Plazo para resolver.
1. El plazo máximo de resolución de las solicitudes formuladas por los interesados será de cuatro meses para los procedimientos de reconocimiento, rehabilitación y acumulación de derechos pasivos, computándose el mismo a partir del día en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros del órgano administrativo competente.
No obstante lo anterior, cuando para resolver una solicitud sea requisito previo inexcusable la realización de otro procedimiento que corresponda a un órgano administrativo distinto del competente para resolver aquélla, el plazo máximo de resolución será de ocho meses.
2. Asimismo, en los procedimientos de liquidación y alta en nómina el plazo máximo para resolver será de cuatro meses a partir del momento en que la solicitud de cobro presentada por el interesado haya tenido entrada en cualquiera de los registros del órgano administrativo competente.
Es lo que yo interpreto, puedo estar equivocado. Por favor si hay alguien que pueda aclararlo. Gracias
Gracias y un saludo a todos.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenos días a todos. Hace días pedí ayuda para intentar tramitar el complemento a mi pensión y no podía hacerlo a través del registro electrónico de la administración (redsara). Recibí ayuda del compañero peluman, que agradezco enormemente.
Finalmente decidí pedir cita presencial en Clases Pasivas de mi provincia y realicé el trámite de forma presencial y como se ha informado en este foro: aporté físicamente todos y cada uno de los documentos (dni, resolución de jubilación, resolución de reconocimiento de pensión, libro de familia), recibí mi documento de registro de entrada y la información de la funcionaria que me atendió: en “pocos meses” recibirá la nueva resolución del reconocimiento de su pensión con el complemento reconocido.
Y eso es todo. Informaré de la evolución y resultado del procedimiento.
Finalmente decidí pedir cita presencial en Clases Pasivas de mi provincia y realicé el trámite de forma presencial y como se ha informado en este foro: aporté físicamente todos y cada uno de los documentos (dni, resolución de jubilación, resolución de reconocimiento de pensión, libro de familia), recibí mi documento de registro de entrada y la información de la funcionaria que me atendió: en “pocos meses” recibirá la nueva resolución del reconocimiento de su pensión con el complemento reconocido.
Y eso es todo. Informaré de la evolución y resultado del procedimiento.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes...
Quería informa que como me autopercibo mujer, voy a iniciar en el registro civil el cambio de género...
Tengo dos hijos de 31 y 26 años, ¿que me supondría economicamente poder cobrar el complemento de maternidad o de brecha de género, o como se llame?
GRACIAS
Quería informa que como me autopercibo mujer, voy a iniciar en el registro civil el cambio de género...
Tengo dos hijos de 31 y 26 años, ¿que me supondría economicamente poder cobrar el complemento de maternidad o de brecha de género, o como se llame?
GRACIAS
- psmito
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas noches señora/señorita domiceuDomiceu escribió: ↑Vie Feb 24, 2023 7:50 pm Buenas tardes...
Quería informa que como me autopercibo mujer, voy a iniciar en el registro civil el cambio de género...
Tengo dos hijos de 31 y 26 años, ¿que me supondría economicamente poder cobrar el complemento de maternidad o de brecha de género, o como se llame?
GRACIAS
El complemento de brecha de género para el 2023 es de 30,4€ por hijo, hasta un máximo de cuatro
En su caso 60,8€ x 14 pagas
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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- peluman
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes y gracias por el aporte. Me alegro, que aunque presencialmente, hayas podido tramitarlo sin problema y siento que mi ayuda no te sirviera de nada, a mi si me funcionó tras varios intentos Ahora toca armarse de paciencia hasta que te lo resuelvan. O quizá no; ¿ Quien sabe?. Porque el criterio de como se resuelven estos expedientes es todo un misterio, algunos en menos de dos meses están resueltos y otro exceden los cuatro o se aproximan mucho. Debe ser que dependerá del funcionario de turno al que le toque el tuyo y sus ganas de trabajar o que no pongan el tuyo en el montón de " PA CUANDO LE TOQUE O PA CUANDO TENGA GANAS" .Magister escribió: ↑Vie Feb 24, 2023 12:21 pm Buenos días a todos. Hace días pedí ayuda para intentar tramitar el complemento a mi pensión y no podía hacerlo a través del registro electrónico de la administración (redsara). Recibí ayuda del compañero peluman, que agradezco enormemente.
Finalmente decidí pedir cita presencial en Clases Pasivas de mi provincia y realicé el trámite de forma presencial y como se ha informado en este foro: aporté físicamente todos y cada uno de los documentos (dni, resolución de jubilación, resolución de reconocimiento de pensión, libro de familia), recibí mi documento de registro de entrada y la información de la funcionaria que me atendió: en “pocos meses” recibirá la nueva resolución del reconocimiento de su pensión con el complemento reconocido.
Y eso es todo. Informaré de la evolución y resultado del procedimiento.
En fin, te deseo MUCHA SUERTE, a ti, y al resto de los que como yo, seguimos desesperando.
Gracias y un saludo a todos.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Todo lo contrario, peluman: tu ayuda me ha servido para retomar el acercamiento a aspectos de la informática que tenía obsoletos: la cuestión de las “carteras de PDF”. Y también para darme cuenta de que la asistencia presencial en una unidad administrativa sigue siendo un aspecto crucial en el desarrollo de un expediente administrativo: depende del compañero que atienda el puesto un mejor, insustancial o peor tratamiento del trámite que pretendas realizar.peluman escribió: ↑Vie Feb 24, 2023 8:55 pm
Buenas tardes y gracias por el aporte. Me alegro, que aunque presencialmente, hayas podido tramitarlo sin problema y siento que mi ayuda no te sirviera de nada, a mi si me funcionó tras varios intentos Ahora toca armarse de paciencia hasta que te lo resuelvan. O quizá no; ¿ Quien sabe?. Porque el criterio de como se resuelven estos expedientes es todo un misterio, algunos en menos de dos meses están resueltos y otro exceden los cuatro o se aproximan mucho. Debe ser que dependerá del funcionario de turno al que le toque el tuyo y sus ganas de trabajar o que no pongan el tuyo en el montón de " PA CUANDO LE TOQUE O PA CUANDO TENGA GANAS" .
En fin, te deseo MUCHA SUERTE, a ti, y al resto de los que como yo, seguimos desesperando.
En mi caso, creo que puede estar resuelto antes de lo que pueda esperar, porque la persona que me atendió “abrió la puerta” con una conformidad o “visto bueno” que puede acelerar el procedimiento.
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes. En estos primeros días del mes de marzo se me cumplen los 4 meses desde que solicite el complemento de maternidad. He leído por aquí que cuando pase ese tiempo se debe recurrir solicitando el silencio administrativo. Debo de esperarme o solicito la petición de silencio administrativo.GRACIAS
- peluman
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes. Yo estoy como tu, a mediados de mes se cumple el plazo desde que registré mi solicitud. Si llega a cumplirse, que estoy seguro que lo hará tal y como van las cosas, llamaré primero a ver si puedo contactar con alguien de CCPP y según me digan así haré. No entiendo como a algunos compañeros se lo han resuelto en dos meses o menos y a otros nos tienen esperando hasta agotar el plazo o incluso pasado este. Por lo leído aquí, hay expedientes finalizados que han sido registrados con posterioridad a otros que aún no lo han hecho, eso desde mi punto de vista es una total ARBITRARIEDAD y un tremendo AGRAVIO COMPARATIVO. Por supuesto nada tienen que ver los compañeros afectados, pero si quienes se encargan de la tramitación de los expedientes por muy saturados de trabajo que estén, cosa que no dudo, pero de la que no somos responsables. Lo que parece evidente es que no se están haciendo las cosas del todo bien y estamos sufriendo las consecuencias. En fin........más de lo mismo. Seguimos desesperando.Fmarcon escribió: ↑Mar Feb 28, 2023 5:09 pm Buenas tardes. En estos primeros días del mes de marzo se me cumplen los 4 meses desde que solicite el complemento de maternidad. He leído por aquí que cuando pase ese tiempo se debe recurrir solicitando el silencio administrativo. Debo de esperarme o solicito la petición de silencio administrativo.GRACIAS
Gracias y un saludo a todos.
Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
En mi caso, el dia 10 de Febrero se cumplieron los 4 meses sin que hubieran iniciado el expediente, entregue ese dia la solicitud del silencio administrativo positivo y curiosamente al siguiente dia laboral (13) empezaron con él y el dia 16 me notificaron la resolucion positiva.Fmarcon escribió: ↑Mar Feb 28, 2023 5:09 pm Buenas tardes. En estos primeros días del mes de marzo se me cumplen los 4 meses desde que solicite el complemento de maternidad. He leído por aquí que cuando pase ese tiempo se debe recurrir solicitando el silencio administrativo. Debo de esperarme o solicito la petición de silencio administrativo.GRACIAS
Pero ahora estoy esperando a que me notifiquen el procedimiento de liquidacion de la pension, que como no lo hagan antes del dia 5 de este mes, no cobro los atrasos en la nomina de Marzo.
Esperemos que no tarden otros 4 meses en calcular los atrasos
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Muy buena idea; pero como éstos cabritos no dan putada sin hilo, seguramente se saquen de la ingle, aquello de: "progenitor gestante". Con lo cual volvemos a empezar con el cuento de la buena pipa.psmito escribió: ↑Vie Feb 24, 2023 8:49 pmBuenas noches señora/señorita domiceuDomiceu escribió: ↑Vie Feb 24, 2023 7:50 pm Buenas tardes...
Quería informa que como me autopercibo mujer, voy a iniciar en el registro civil el cambio de género...
Tengo dos hijos de 31 y 26 años, ¿que me supondría economicamente poder cobrar el complemento de maternidad o de brecha de género, o como se llame?
GRACIAS
El complemento de brecha de género para el 2023 es de 30,4€ por hijo, hasta un máximo de cuatro
En su caso 60,8€ x 14 pagas
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Buenas tardes...
La famosa ley trans, se publicó hoy, ya es efectiva...
Uno de sus puntos dice esto:
4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas
específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, para
aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral.
Un supuesto:
Inicio el cambio según la ley, por ejemplo el lunes 6MAR...
Según la ley, tres meses después me llaman para preguntarme, si sigo adelante, y yo diría SI, esto sería el 6 JUN...
Según la Ley, el 6JUL, ya tengo que estar a todos los efectos MUJER
Ahora viene la pregunta:
Si yo paso a retiro el 5 julio, tengo derecho a pedir lo de brecha de género al solicitar la pensión?
Si yo paso a retiro 7 de julio, tengo derecho a pedir lo de brecha de género al solicitar la pensión?
O tengo derecho siempre que solicité la pensión después del 6JUL, aunque haya pasado a retiro en abril?
Esperando ser atendido por los sabios, reciban un cordial saludo
La famosa ley trans, se publicó hoy, ya es efectiva...
Uno de sus puntos dice esto:
4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas
específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, para
aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral.
Un supuesto:
Inicio el cambio según la ley, por ejemplo el lunes 6MAR...
Según la ley, tres meses después me llaman para preguntarme, si sigo adelante, y yo diría SI, esto sería el 6 JUN...
Según la Ley, el 6JUL, ya tengo que estar a todos los efectos MUJER
Ahora viene la pregunta:
Si yo paso a retiro el 5 julio, tengo derecho a pedir lo de brecha de género al solicitar la pensión?
Si yo paso a retiro 7 de julio, tengo derecho a pedir lo de brecha de género al solicitar la pensión?
O tengo derecho siempre que solicité la pensión después del 6JUL, aunque haya pasado a retiro en abril?
Esperando ser atendido por los sabios, reciban un cordial saludo
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Pues parece que no recibo ninguna aclaración con respecto a mi solicitud, quizás con otro asunto tenga más suerte...
El lunes 6MAR a las 10 horas tengo cita en el registro civil ...
Saludos
El lunes 6MAR a las 10 horas tengo cita en el registro civil ...
Saludos
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Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS
Yo diría que el 7 si tendrías derecho
Pero está ley acaba de salir y la verdad a mí me resulta de nula aplicación y ni la he leído ni pienso, de momento al menos
Así que lo que he dicho es lo que la lógica me dice, pero vete a saber la letra pequeña a pié de página que trae la ley y su posteriores desarrollos
Pero está ley acaba de salir y la verdad a mí me resulta de nula aplicación y ni la he leído ni pienso, de momento al menos
Así que lo que he dicho es lo que la lógica me dice, pero vete a saber la letra pequeña a pié de página que trae la ley y su posteriores desarrollos
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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