Compatibilidad Pension-Desempleo

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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manidel
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por manidel »

Hola paraca12 y demas amig@s.Tu pension SI es compatible con el subsidio de desmpleo.El hecho de que sea una pension de invalidez permanente para toda profesion u oficio significa,en la practica,que esta exenta de IRPF,pero no significa que no puedas trabajar en nada.Lo unico en lo que no debes trabajar es EN EL SECTOR PUBLICO,porque el articulo TREINTA Y TRES del texto refundido de la ley de clases pasivas del estado indica que es incompatible percibir una pension SI SE TRABAJA EN EL SECTOR PUBLICO.Y no dice nada mas.Por lo tanto,la pension es compatible con el trabajo por cuenta ajena EN EL SECTOR PRIVDO,y tambien con el trabajo de autonomo,es decir,por cuenta propia.Entonces ,si la pension es compatible con el trabajo EN EL SECTOR PRIVADO,la pension tambien sera compatible con el subsudio de desempleo,por haber trabajado EN EL SECTOR PRIVADO,ya que la ley que regula el subsidio de desempleo dice que es incompatible recibir el subsidio,con percibir una pension QUE SEA INCOMPATIBLE con el trabajo que ha dado lugar al subsidio.Entonces,lo unico que,realmente,podria ser incompatible con percibir el subsidio de desempleo serian las pensiones de invalidez permanente absolta y gran invalidez DE LA SEGURIDAD SOCIAL,que no es tu caso,porque esa clase de pensiones,al parecer,si son incompatibles con el trabajo remunerado.Finalmente,te señalo que el tope maximo de los 2384 euros que establecen los presupuestos generales del estado para este año,se refiere EXCLUSIVAMENTE a pensiones,y el subsidio de desempleo NO es una pension.Por lo tanto,eso a ti NO te afecta.
paraca12
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por paraca12 »

Hola manidel.
Muchisimas gracias por la explicacion ademas bien fundamentada .
Agradezco vuestra ayuda y la de los demas compañeros .
Un cordial saludo y aqui me teneis para cualquier duda que pueda yo solucionaros sobre tramite de expedientes y revisiones por empeoramiento de la enfermadad.
sergio
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por sergio »

manidel escribió:Hola paraca12 y demas amig@s.Tu pension SI es compatible con el subsidio de desmpleo.El hecho de que sea una pension de invalidez permanente para toda profesion u oficio significa,en la practica,que esta exenta de IRPF,pero no significa que no puedas trabajar en nada.Lo unico en lo que no debes trabajar es EN EL SECTOR PUBLICO,porque el articulo TREINTA Y TRES del texto refundido de la ley de clases pasivas del estado indica que es incompatible percibir una pension SI SE TRABAJA EN EL SECTOR PUBLICO.Y no dice nada mas.Por lo tanto,la pension es compatible con el trabajo por cuenta ajena EN EL SECTOR PRIVDO,y tambien con el trabajo de autonomo,es decir,por cuenta propia.Entonces ,si la pension es compatible con el trabajo EN EL SECTOR PRIVADO,la pension tambien sera compatible con el subsudio de desempleo,por haber trabajado EN EL SECTOR PRIVADO,ya que la ley que regula el subsidio de desempleo dice que es incompatible recibir el subsidio,con percibir una pension QUE SEA INCOMPATIBLE con el trabajo que ha dado lugar al subsidio.Entonces,lo unico que,realmente,podria ser incompatible con percibir el subsidio de desempleo serian las pensiones de invalidez permanente absolta y gran invalidez DE LA SEGURIDAD SOCIAL,que no es tu caso,porque esa clase de pensiones,al parecer,si son incompatibles con el trabajo remunerado.Finalmente,te señalo que el tope maximo de los 2384 euros que establecen los presupuestos generales del estado para este año,se refiere EXCLUSIVAMENTE a pensiones,y el subsidio de desempleo NO es una pension.Por lo tanto,eso a ti NO te afecta.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------CONSULATA. A VER POR FAVOR.
ESTOY JUBILADO DESDE HACE 4 AÑOS. Y ESTOY A CARGO DE UN FAMILIAR, QUE TIENE UNA ENFERMEDAD GRAVE, HEMOS SOLICITADO ACOGERNOS A LA LEY DE DEPENDENCIA Y PARECE QUE PRONTO TRAMITAMOS LA DOCUMENTACIÓN. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE.
DE ACOGERME A LA AYUDA DE LA LEY DE DEPENDENCIA, ( ES UNA MISERIA DE 300 € + O -) YSI EMPIEZO EN DICIEMBRE (a cobrar y estar dado de alta en la seguridad social, EN ENERO ME REDUCEN LA PENSIÓN DE CLASES PASIVAS EN UN 45%? O TENDRIA TIEMPO PARA RENUNCIAR A ESA MISERABLE PAGA, HASTA JULIO, SIN QUE NOTE UNA REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN¿?
SI ALGUIEN ME PUEDE CONTESTAR DE FORMA MÁS O MENOS CONCRETA LO AGRADEZCO MUCHO.
susocabana
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por susocabana »

es compatible., si bien en este caso creo que no, porque cuando se te calculo la pension, se tubieron en cuenta los años que habias cotizado a la seguridad social. por lo tanto sa ss en este caso esta en el ajo. saludos
monsevilla
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por monsevilla »

Pues y oestuve trbajando unso años en una empresa privada de vehiculos y termine con ellos y pedi el despido y me concedieron la ayudas y el desmpleo, lo unico que n oes compatible es la ayuda familiar y a psoteriori he realizado curso de desempleado y me han dado las ayudas que tenia derecho y no me han pedido y exigido nada hasta hoy
cartero73
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por cartero73 »

Hombre, yo lo que no veo normal es que una persona que esté declarada como que no puede trabajar en ninguna profesión u oficio, trabaje en el ámbito privado .
Este caso es distinto ya que la inutilidad absoluta se concedió años después de empezar a trabajar, pero de verdad, las administraciones deberían ser más serias, si te declaran que NO puedes trabajar en nada, se debería obligar a cumplirlo, el que no esté de acuerdo que reclame para que le den una total, no una absoluta, pero si tienes la absoluta, habría que acatarlo y veo que no es así.

Repito que en este caso, al concederse después no es tan fácil, lo que si animo al compañero es que reclame lo que considere justo, ya nos contará.

Saludos
TITOCAPELLY
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por TITOCAPELLY »

Estoy retrado percibiendo una pension de clases pasivas por incapacidad para el servicio y llevo seis años como autonomo he tenido un accidente.¿PUEDO COBRAR LA INCAPACIDAD TEMPORAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL?
budas
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por budas »

jejejeje con 400.000 pelillas de las antiguas y aun piensas en currar jajajaja, yo me iba a cancun jajajajaja, menuda fiesta ajajajajaa.
edmartinez15
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por edmartinez15 »

Estimado compañero:

En primer lugar he de decirte que dependiendo de cual sea tu situación en cuanto a la pensión en su calculo tendrás derecho o no, es decir:

1º Tu pensión a la hora de valorarla solo se tuvo en cuenta el tiempo de servicio en el sector público, o por lo contrario, habías cotizado antes a la seguridad social y por tanto, se te tuvo en cuenta en el calculo?

bien, si es sí, osea, se tuvo en cuenta los tiempos de los dos regímenes o sea, clases pasivas y seguridad social, no te corresponde subsidio.

Por el contrario, si no hubo calculo, teniendo en cuenta solo el tiempo en el sector público, si tienes derecho totalmente al susbsidio, es compatible con la percepción de la pensión..

Saludos. Soy un compañero jublidado y jurista.
paraca12
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por paraca12 »

Hola .
Gracias por las respuestas recibidas.
El calculo de la pension se ha realizado sin tener en cuenta los años cotizados a la seguridad social,entiendo que puede compatibilizar la pension con el desempleo.
Un saludo y a seguir luchando contra el pensionazo.
FJFO
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por FJFO »

hola compañeros
He seguido los mensajes y estoy de acuerdo en la compatibilidad entre pension de clases pasivas y prestación por desempleo.
Llevo 3 años con una pension de este tipo y los dos ultimos he trabajado por cuenta ajena con todas las cotizaciones. Hoy he solicitado la prestación comunicando la existencia de mi pension y la compatibilidad con el trabajo realizado, pero me han solicitado dicha compatibilidad por escrito. La compatibilidad la tendre por escrito para presentarla el proximo martes 24 de febrero.Me temo que, como observo en el foro, me van a denegar la prestacion y quisiera saber si alguien ha pasado por esto, como reclamar, ante quien, modelo de reclamacion, alguna sentencia que nos apoye y pueda consultar. etc.
Os mantendre informados y espero vuestra ayuda lo antes posible. Gracias por lo que podais hacer por mi.
Me olvidaba para mandarme ejemplos reclamacion o cualquier cosa mi e-mail e javierfortes95@telefonica.net, graciasss...
leandrocc
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por leandrocc »

cunado se agota la prestacion de desempleo hay un subsidio, es compatible este ultimo con la pension de clases pasivas si te estan preguntando si percibes rentas de cualquier naturaleza???
andoba
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por andoba »

Hola a todos los compañeros de esta página, estais liando este tema bastante, y os lo voy a aclarar.

1º Toda persona que tenga una PENSION TOTAL O PERMANENTE PARA EL SERVICIO de Clases Pasivas, no puede trabajar en el ambito público, pero sí en la empresa privada y consecuentemente con el derecho a que cuando le despidan tiene derecho a la prestación por desempleo, pero no tiene derecho al posterior subsidio de desempleo, el cual es otra cosa.

2º Toda persona que tenga una PENSION ABSOLUTA, sea de la seguridad social o de clases pasivas; ni puede trabajar en el ambito privado ni publico, por lo consecuente no puede cobrar ningún tipo de prestación por desempleo ni subsidio.

Espero que haya quedado claro, si teneis alguna duda comentarla, pero por favor que no hablemos por hablar, sin documentarnos sobre la legislación, ya que de lo contrario confundimos al personal, y esta página ni sería sería, ni tendría sentido verla si quiera. Gracias
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diablo
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por diablo »

andoba escribió:Hola a todos los compañeros de esta página, estais liando este tema bastante, y os lo voy a aclarar.

1º Toda persona que tenga una PENSION TOTAL O PERMANENTE PARA EL SERVICIO de Clases Pasivas, no puede trabajar en el ambito público, pero sí en la empresa privada y consecuentemente con el derecho a que cuando le despidan tiene derecho a la prestación por desempleo, pero no tiene derecho al posterior subsidio de desempleo, el cual es otra cosa.

2º Toda persona que tenga una PENSION ABSOLUTA, sea de la seguridad social o de clases pasivas; ni puede trabajar en el ambito privado ni publico, por lo consecuente no puede cobrar ningún tipo de prestación por desempleo ni subsidio.

Espero que haya quedado claro, si teneis alguna duda comentarla, pero por favor que no hablemos por hablar, sin documentarnos sobre la legislación, ya que de lo contrario confundimos al personal, y esta página ni sería sería, ni tendría sentido verla si quiera. Gracias
Buenas andoba.
Estás confundiendo la Legislación en materia del Régimen General de la Seguridad Social con el Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado pero de forma totalmente exponencial.
Espero aclararte yo a tí el tema en cuestión y no te lo tomes como un acto de prepotencia o similar. Verás, en primer lugar el término legal de "pensión total" al que haces referencia no se halla encuadrado en Clases Pasivas del Estado; es decir, no existe, efectivamente en el extremo en el cual si estoy de acuerdo contigo, porque así lo establece la vigente Legislación, es que se puede solicitar la prestación por desempleo, el subsidio evidentemente no porque su propio término lo especifica, es un subsidio para quienes no perciben cuantía alguna procedente por cualquier otro concepto, con lo cual totalmente incompatible subsidio de desempleo con pensión ordinaria de Clases Pasivas del Estado, ( subsidio que por cierto no supera los 421 euros mensuales durante 6 meses si el perceptor no tiene cargas familiares y un máximo de 21 meses si el perceptor tiene cargas familiares).
Respecto al término "pensión absoluta", tampoco se halla encuadrado como tal en la Legislación de Clases Pasivas, la denominación correcta es la de funcionario incapacitado de forma permanente para el servicio en grado absoluto, y aún con dicho grado, los jubilados con anterioridad al 1 de enero de 2009 pueden prestar servicios en el sector privado; te explico, la denominación de "grado absoluto" es única y exclusivamente a efectos de la exención del IRPF de la pensión a percibir, pero no es incompatible con el desempeño de un puesto en el sector privado.
Si encuentras algún artículo en la Legislación pasada, vigente o futura que rebata mis argumentos te agradecería me lo hicieras saber, por el general, por supuesto, para conocimiento de todo el Foro.
Un saludo.
andoba
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Re: Compatibilidad Pension-Desempleo

Mensaje por andoba »

Me podrías informar si se puede compatibilizar una pensión de clases pasivas por incapacidad del año 2004 con un empleo en Caja de ahorros. gracias
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