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DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 02, 2016 6:51 pm
por papichuli
Suponiendo el pase a retiro por perdida condiciones psicofisicas y tras contencioso (casi obligatorio), y ganarlo por "acto de servico", ¿la pension a cobrar es el maximo (2568 creo), pero ya liquido a percibir al ser el 200%, o neto (con los descuentos de IRPF y ser aproximadamente de 2100 )?
Todo esto, de momento es un supuesto, que podria hacerse realidad. ¿Porque no ?, todo ello es por tener claro todos los supuesto.
Como siempre, os doy las gracias anticipadamente, y como no podia ser de otra manera, recibir un cordial saludo

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 02, 2016 7:02 pm
por bugatti
Es bruto, a descontarle solo el IRPF. Sobre 2200 +-

Pero si la incapacidad es para toda profesión, serían netos y no tendrías que restarle nada.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 02, 2016 7:40 pm
por papichuli
Muchas gracias

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 09, 2016 8:34 pm
por Arano
[quote="papichuli"]Suponiendo el pase a retiro por perdida condiciones psicofisicas y tras contencioso (casi obligatorio), y ganarlo por "acto de servico", ¿la pension a cobrar es el maximo (2568 creo), pero ya liquido a percibir al ser el 200%, o neto (con los descuentos de IRPF y ser aproximadamente de 2100 )?
Todo esto, de momento es un supuesto, que podria hacerse realidad. ¿Porque no ?, todo ello es por tener claro todos los supuesto.
Como siempre, os doy las gracias anticipadamente, y como no podia ser de otra manera, recibir un cordial saludo[/quote]

Recuerda lo que dice el art. 4,2, del R.D. 1/2013 y que te copio:

"Artículo 4 Titulares de los derechos
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar los requisitos específicos para acceder a los mismos."

Ante lo cual y aún no teniendo discapacidad=minusvalía reconocida por tu CC.AA., y solo a efectos de IRPF, te es de aplicación el grado del 33%, así como para hacer la declaración de la RENTA.

Saludos.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 09, 2016 8:50 pm
por papichuli
Muchas gracias y encantado con tu explicacion

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Vie Dic 09, 2016 10:33 pm
por Arano
[quote="papichuli"]Muchas gracias y encantado con tu explicacion[/quote]

Es un placer. Solo añadir que si tu incapacidad es para toda profesión y oficio, debes marcar la casilla del 65%.

Tener muy en cuenta estos datos a la hora de cumplimentar el Modelo 145 en la solicitud de pensión a fin de marcar correctamente la casilla que corresponda a la discapacidad=minusvalía, en virtud de la que se tenga por la CC.AA. o en su defecto por el art. y R.D. 1/2013, al que hago mención anteriormente.

Saludos.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Mié Ene 25, 2017 7:25 pm
por Arano
Mira lo siguiente, esta el tope máximo de pensión por retiro en acto de servicio (los retirados por atentado terrorista) no tienen tope:

viewtopic.php?f=2&t=21566#p154516

Saludos.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Mar Feb 13, 2018 2:33 am
por Porteño83
Ánimos a todos y todas!

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Mar Feb 13, 2018 8:06 am
por sargentodehierro
Hola compañero,

Si la pensión te la reconocen como consecuencia del servicio, percibirías el tope de pensión por un importe de 2580,18€ brutos en 14 mensualidades.

Las pensiones de clases pasivas se calculan en base a los haberes reguladores, y nada tienen que ver los trienios.

Si buscas en el foro "Florentino Martínez", verás que es uno de los mejores abogados para estos casos.

Un saludo

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Jue Feb 22, 2018 12:39 am
por Porteño83
Muchas gracias ARANO

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Jue Feb 22, 2018 9:35 am
por rykius
Arano escribió: Vie Dic 09, 2016 10:33 pm
papichuli escribió:Muchas gracias y encantado con tu explicacion
Es un placer. Solo añadir que si tu incapacidad es para toda profesión y oficio, debes marcar la casilla del 65%.

Tener muy en cuenta estos datos a la hora de cumplimentar el Modelo 145 en la solicitud de pensión a fin de marcar correctamente la casilla que corresponda a la discapacidad=minusvalía, en virtud de la que se tenga por la CC.AA. o en su defecto por el art. y R.D. 1/2013, al que hago mención anteriormente.

Saludos.
Buenos días Arano y a tod@s l@s fore@s.

En relación con tu respuesta reproducida, comentar que estoy retirado, desde julio del 2015, con una incapacidad para toda profesión u oficio con un 49% de discapacidad (así figura en el acta de la JMPS), y cuando presenté la primera declaración creía que tenía que marcar la casilla del 65% pero en hacienda me dijeron que tenía que marcar la del 33%. Por lo que has comentado se debería marcar la del 65% y así lo pienso yo, de hecho en el certificado que saqué de la sede electrónica de Clases Pasivas dice "A efectos de exención de IRPF tiene acreditado una incapacidad permanente
absoluta." ¿Debería marcar la casilla del 65%?

Muchas gracias.
Un saludo.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Jue Feb 22, 2018 10:01 am
por sargentodehierro
Si marcas la casilla del 65% de discapacidad, lo has de tener reconocido por los servicios sociales de tu comunidad autónoma.

Tener una incapacidad absoluta no trae implícito un 65% de discapacidad.

Un saludo

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Jue Feb 22, 2018 10:10 am
por rykius
sargentodehierro escribió: Jue Feb 22, 2018 10:01 am Si marcas la casilla del 65% de discapacidad, lo has de tener reconocido por los servicios sociales de tu comunidad autónoma.

Tener una incapacidad absoluta no trae implícito un 65% de discapacidad.

Un saludo
Muchas gracias por tu respuesta sargentodehierro.
Mi comunidad también me ha reconocido el 49% de discapacidad. En mi opinión por haber cometido el error de entregar el acta de la JMP, ya que otros conocidos con las mismas patologías les han reconocido entre el 65% y el 75%, de ahí mi recomendación de que no se entregue el acta de la JMP a los equipos de valoración de las comunidades autónomas.

Un saludo.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Sab Feb 24, 2018 5:57 pm
por josejuan
No se si me estoy espeso pero hasta donde recuerdo con incapacidad permanente absoluta se está exento de declarar la pensión.
No se si ha cambiado o estaba equivocado, si alguien puede aportar más luz.
Es que entonces no entiendo para que señalar en la declaración de la renta el porcentaje de minusvalía, a no ser claro que dispongas de más ingresos o rentas a declarar.

Re: DUDAS PENSION ACTO DE SERVIO

Publicado: Sab Feb 24, 2018 6:02 pm
por josejuan
Perdón rectifico lo dicho, exento de declarar la pensión, no. Quería decir exento de tributar por la pensión.
Que no es lo mismo.