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INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mar May 23, 2017 8:02 pm
por peroco
Buenas tardes compañeros. Tras muchos años retirado por incapacidad permanente para el servicio (antes de 2009) pero no para toda profesión, se me presenta la oportunidad de trabajar en el sector privado. Fui a Clases Pasivas en Madrid (Avda. Gral Perón) y me dijeron que al pasar a Retirado antes del 1 de Enero de 2009 la pensión no me la van a tocar, pero que no obstante tengo que solicitar un documento de compatibilidad en Defensa. A ver si alguien sabe a qué se refiere dicho documento, dónde hay algún modelo y a quien dirigirlo.
Y otra pregunta, y es que al respecto de ella he obtenido más respuestas que botellines hay en una cervecera. Tema prestación médica: al trabajar privado me darán de alta en la SS. ¿Puedo renunciar a las prestaciones médicas y seguir con ISFAS?
Gracias de antemano.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mar May 23, 2017 9:11 pm
por Arquímedes
No se quien te ha informado de eso.
No tienes que solicitar compatibilidad ninguna. No te afecta el pensionazo.
Tu tendrías ambos, ISFAS y Seguridad Social.
Si algún familiar tuyo está contigo en ISFAS, puedes elegir uno de los dos; si no realizas gestión alguna se entiende que permanecen en ISFAS.
Saludos.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mié May 24, 2017 10:09 am
por respeto
Ay, ese año 2009 que limitó el poder compatibilizar el cobro de la pensión con el poder trabajar, sin que te toquen la misma. La madre que engendró a quienes hicieron posible eso. quien si no, los de siempre, los políticos.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mié May 24, 2017 12:29 pm
por trasgu123
Una instancia de las de toda la vida, dirigida a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, acompañando una copia del contrato relativo a la actividad que se pretenda iniciar o, en su defecto, una certificación de la empresa contratante, si se tratara de un trabajo por cuenta ajena. En caso de un trabajo por cuenta propia, se deberá aportar una copia de la documentación necesaria para el inicio de la actividad o, en tanto no se cuente con ella, una declaración del propio interesado, en la que deben constar las distintas tareas o funciones que integran dicha actividad.

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo al interesado será de cuatro meses, contados desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado expresamente el acuerdo, el interesado podrá entender estimada su solicitud por silencio administrativo,

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mié May 24, 2017 1:15 pm
por Arquímedes
trasgu123 escribió:Una instancia de las de toda la vida, dirigida a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, acompañando una copia del contrato relativo a la actividad que se pretenda iniciar o, en su defecto, una certificación de la empresa contratante, si se tratara de un trabajo por cuenta ajena. En caso de un trabajo por cuenta propia, se deberá aportar una copia de la documentación necesaria para el inicio de la actividad o, en tanto no se cuente con ella, una declaración del propio interesado, en la que deben constar las distintas tareas o funciones que integran dicha actividad.

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo al interesado será de cuatro meses, contados desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado expresamente el acuerdo, el interesado podrá entender estimada su solicitud por silencio administrativo,
Trasgu, el compañero dice que fue retirado antes del 1 de Enero de 2009, por lo que no ha de solicitar compatibilidad alguna.
Un saludo.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mié May 24, 2017 1:28 pm
por peroco
Buenos días a todos los que habeis mostrado interés en mi post. Gracias por las aclaraciones. Me quedo más tranquilo.
Saludos a todos

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Dom Jun 25, 2017 10:03 pm
por HONORIO
Buenas noches. Aprovecho el post del compañero para hacer una pregunta que hice la semana pasada a clases pasivas, pero por desgracia, no supieron responderla, o mejor dicho, me dieron una respuesta que me resultó bastante traumática. Os cuento. A mediados de esta semana , el martes me dan de alta en una empresa privada para comenzar a trabajar. El viernes me presenté en hacienda, clases pasivas, y entregué la instancia solicitando la compatibilidad , con fecha de inicio del 27 de Junio, acompañado del certificado de la empresa donde describe los cometidos. Tambien entregue una instancia en la que comunicaba el inicio de la actividad laboral a partir del día 27. El funcionario me dijo que ya afectaría a la nómina de julio donde me recortarían el 25% de la pensión, algo de lo que ya me había informado. Le pregunté cuanto tiempo podría tardar en resolverse lo de la compatibilidad y me dijo que con el verano de por medio la cosa se podria estirar hasta tres meses. Entonces le pregunté qué ocurriría si no aceptaban la compatibilidad y me contestó que en ese caso tendría que devolver las pensiones cobradas por completo mientras trabajaba en esa actividad. Me eché las manos a la cabeza diciendole que eso no podía ser,pero insistio que era así. Me podéis comentar algo al respecto. Muchas gracias.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Dom Jun 25, 2017 10:49 pm
por dmf
HONORIO escribió: Entonces le pregunté qué ocurriría si no aceptaban la compatibilidad y me contestó que en ese caso tendría que devolver las pensiones cobradas por completo mientras trabajaba en esa actividad. Me eché las manos a la cabeza diciendole que eso no podía ser,pero insistio que era así.
Hola, efectívamente, es así.
Ver: https://www.clasespasivas.net/incompatib ... s-pasivas/
Un saludo.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Mié Jul 12, 2017 7:49 pm
por HONORIO
hola compañeros. Perdonadme pero creo que ando despistado. Soy pensionista de clases pasivas, retirado por perdida de aptitudes hace tres años que pasé al retiro. Dos días antes de que la empresa para la que comenzado a trabajar, fui a la delegacion de hacienda de mi ciudad, a la oficina de clases pasivas. Allí presenté mi solicitud de compatibilidad y el formulario donde comunico el alta en la seguridad social. Lo hice dos dias antes de empezar a trabajar.Le dieron entrada y registro. He llamado a clases pasivas , a Madrid a preguntar si sabian algo al respecto, y me han dicho que no tenia que haber presentado la solicitud en hacienda, sino en el Defensa. ¿Alguien me lo puede aclarar? ¿Alguien sabe si tengo que repertirlo todo y esto me puede repercutir en mi sueldo? En clases pasivas de hacienda me dijeron que se hacía como lo hice. Estoy un poco preocupado. Muchas gracias.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Jue Jul 13, 2017 12:14 pm
por trasgu123
Estas trabajando sin tener concedida a compatibilidad ??. Vete ahorrando.

Como y donde se solicita la compatibilidad viene en el Real Decreto 710/2009, art. 11 y siguientes.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Jue Jul 13, 2017 5:47 pm
por HONORIO
A ver, o he interpretado mal todo lo que he leido, o desde la oficina de de la oficina direccion general de costes y personal me han informado mal o no se que pensar. Dos días antes de comenzar a trabajar fui a la citada oficina, en la delegación de hacienda y alli rellene un formulario solocitando la compatibilidad por un lado, y otro en el que informaba del inicio de la nueva actividad, por otro lado. Me informaron de que habia un plazo que podia llegar hasta los cuatro meses en el caso de la aceptación de la compatibilidad . En ambos era necesario poner fecha de inicio de la actividad. Logicamente yo no sabía la fecha de inicio de me nueva actividad laboral, asi que era imposible solicitarla antes, no se si me explico bien. Por ello creo que es imposible empezar a trabajar son la compatibilidad aceptada. Si esto no está bien hecho quisiera que alguien me lo confirmara y me dijera que puedo hacer. El trabajo que tengo no es nada del otro mundo y si tengo que dejarlo lo hago, pero por favor, que alguien me informe . Muchas gracias compañeros.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Lun Jul 17, 2017 1:40 pm
por palomeque2
Hola buenos días, yo solicite la compatibilidad el 30 de marzo , a día de hoy no me han contestado por escrito pero el 5 de junio tras llamar a la dirección de personal me dijeron que estaba concedida .
Si la solicitud entra en registro antes de que inicies la actividad y te lo conceden no tendrás mss que el descuento que te corresponda .
Si el registro de la solicitud es después del alta en ss ese mes los pierdes.
Yo llevo dos meses trabajando y de momento no me han contestado ni de hacienda ni de pensiones de clases pasivas , se que tengo concedida la compatibilidad pero nada más.
Un saludo.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Lun Jul 17, 2017 8:24 pm
por HONORIO
Muchas gracias. Ahora me quedo mas tranquilo.
UN saludo

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Jue Jul 20, 2017 10:05 am
por HONORIO
buenos días. ¿Podrías decirme Palomeque2 el teléfono al que llamaste ?
Muchas gracias.

Re: INSTANCIA PARA COMPATIBILIDAD PENSION Y TRABAJO

Publicado: Lun Jul 24, 2017 12:00 pm
por palomeque2
hola ,llame a este número y es donde me dijeron como iba la solicitud 915454200 .
Un saludo