Hola buenas, tenía la siguiente duda.
En referencia al rd. 8/2004 de indemnizaciones en operaciones internacionales y el rd 71/ 2019 pensiones e indemnizaciones de c.pasivas . Si un militar, a dia de hoy, a causa de una lesión en acto de servicio en mision, que sin llegar a constituir una incapacidad para el ejercicio de la profesión militar, le produzca una limitación para ocupar determinado destinos ( lo que antes era un Apl 4 por ejemplo), ¿ qué cuantia de indemnización le corresponderá según el rd de indemnizaciones en operaciones internacionales?
1. Indemnizacion por incapacidad permanente parcial..................36000€
2. indemnizacion por lesiones no invalidantes
Gracias un saludo
Indemnizaciones por accidentes en operaciones internacionales
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Re: Indemnizaciones por accidentes en operaciones internacionales
Si hay normativa especifica lo normal es que sea esa la que se aplique.
Re: Indemnizaciones por accidentes en operaciones internacionales
Entonces la sanidad militar y los tribunales médicos al emitir en el acta médica el grado de incapacidad o lesiones no se regirian por el rd. 71/2019 sino por el rd. 8/2004 ? O solo se regirian a efectos de la cuantía de la indemnización?
Y si todo el procedimiento fuese en base al rd.8/2004 un militar declarado apto con limitaciones para ocupar determinados destinos que indemnizacion percibiría la de incapacidad permanente parcial (36000€) o la de lesiones no invalidantes ?
Gracias.
Y si todo el procedimiento fuese en base al rd.8/2004 un militar declarado apto con limitaciones para ocupar determinados destinos que indemnizacion percibiría la de incapacidad permanente parcial (36000€) o la de lesiones no invalidantes ?
Gracias.
Re: Indemnizaciones por accidentes en operaciones internacionales
La cuestión es que no me queda claro si un militar declarado hoy apto con limitaciones en acto de servicio en misión podría percibir la cuantía de 36000 € por considerarsele incapacidad permanente parcial o por el contrario solo percibiría indemnización por lesiones no invalidantes que también viene expresado en el rd.8/2004?
Un saludo
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