RD 71/2019

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Lobo36
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Lobo36 »

Donde va a pasar la JMP? Si no lo sabes, en qué ciudad está destinada? Danaerys tiene mucha parte de razón, sólo sé que el caso que expuso vamos a aparcarlo, no porque no exista si no porque el psiquiatra de Ferrol es otro psicópata, para los interesados pasa a la reserva en julio, no sé si seguirá luego destinado en la reserva. En otras JMP la cosa es diferente, he visto casos de gente que a la hora de incoársele exp fijan su residencia en otras ciudades, en casas de amigos cerca de otro hospital militar,eso pasa mucho en Galicia, para no ir a Ferrol por ejemplo. Yo creo que después de todos los test que nos han hecho al entrar, cada x años, cuando el exp....El no incluir a la gente en el RD se gana. Nunca digas que hay parientes de primer o segundo grado que a la edad x tuvieron tu mismo problema.... Ahí ya pierdes, eres predisposicional de manual, es así de triste, pero en algunas cosas no hay que decir toda la verdad, bastante tenemos, una de las preguntas famosas es lo de los antecentes familiares.
Un abrazo y feliz domingo
Danaerys
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Lobo36 escribió: Dom Jun 05, 2022 10:41 am Donde va a pasar la JMP? Si no lo sabes, en qué ciudad está destinada? Danaerys tiene mucha parte de razón, sólo sé que el caso que expuso vamos a aparcarlo, no porque no exista si no porque el psiquiatra de Ferrol es otro psicópata, para los interesados pasa a la reserva en julio, no sé si seguirá luego destinado en la reserva. En otras JMP la cosa es diferente, he visto casos de gente que a la hora de incoársele exp fijan su residencia en otras ciudades, en casas de amigos cerca de otro hospital militar,eso pasa mucho en Galicia, para no ir a Ferrol por ejemplo. Yo creo que después de todos los test que nos han hecho al entrar, cada x años, cuando el exp....El no incluir a la gente en el RD se gana. Nunca digas que hay parientes de primer o segundo grado que a la edad x tuvieron tu mismo problema.... Ahí ya pierdes, eres predisposicional de manual, es así de triste, pero en algunas cosas no hay que decir toda la verdad, bastante tenemos, una de las preguntas famosas es lo de los antecentes familiares.
Un abrazo y feliz domingo
La chica del asesinato es de San Fernando. Pasó la JMPO en el Carlos Haya.
Y el chico que puse en el enlace le pusieron endorreactiva y NO le incluyeron en el RD. Pero como no ha vuelto a entrar, no sé qué pasó finalmente con él.

Endorreactiva es lo que me pusieron a mi en la Superior y si que me metieron en el RD.

Es como jugar a la ruleta rusa. No sabes qué va a pasar en estos expedientes. Porque también he visto que siendo predisposicionales les han dado una absoluta en la Superior.
(Es que mi abogado les da mi teléfono a la gente que comienza o finaliza sus expedientes para que les ayude, así que he hablado con cientos de personas)

Si no está para trabajar en el Ejército y le dan una incapacidad permanente total, meterla la meten y se trae la pensión. Eso lo tengo claro. Si no es por las buenas y a la primera, en las alegaciones.
Y si no, en un contencioso administrativo.

También hay que ver el motivo de por qué está depresiva.
En mi caso nunca entendí cómo llegaron a la conclusión de que yo tenía una personalidad con rasgos anómalos y predispuesta a las depresiones y oye... que casualidad, 18 años de servicio, con misiones hasta en la guerra de Irak, nunca nada me afectó, revisiones psicológicas que daban bien y me deprimí por lo de mi hijo, pero según el psiquiatra, sólo fue casualidad.

Si la compañera de Roko llega al Tribunal y tiene un motivo para estar depresiva, esa circunstancia es grave, la ha afectado y la va a dejar ya en ese estado de depresión para siempre, pues le darán la incapacidad.
Si ven que es recuperable, le darán un APL.

En el tema psiquiátrico es todo muy subjetivo.
No hay más que ver que por la pérdida de un hijo sólo te dan 3 días de permiso y ya tienes que volver a currar como un campeón/a.
¿En serio? ¿Hola?
A mi se me murió mi perra en diciembre y todavía lloro por ella.

Lo mejor es que no haga cábalas.
Que lleve sus informes, si le hacen test que conteste con sinceridad y cuando le llegue la propuesta de la JEVAL, pues según esté de acuerdo o no, ya buscar un abogado para las alegaciones.

Saber ahora mismo en qué puede acabar un expediente que sólo va por psiquiatría en un temporal a punto de concluir su compromiso es imposible.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Roko »

Gracias. Efectivamente, a mejorarse lo primero y luego ir paso a paso. Mucho más claro todo. Un saludo.
Lobo36
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Lobo36 »

Danaerys escribió: Dom Jun 05, 2022 2:01 pm
Lobo36 escribió: Dom Jun 05, 2022 10:41 am Donde va a pasar la JMP? Si no lo sabes, en qué ciudad está destinada? Danaerys tiene mucha parte de razón, sólo sé que el caso que expuso vamos a aparcarlo, no porque no exista si no porque el psiquiatra de Ferrol es otro psicópata, para los interesados pasa a la reserva en julio, no sé si seguirá luego destinado en la reserva. En otras JMP la cosa es diferente, he visto casos de gente que a la hora de incoársele exp fijan su residencia en otras ciudades, en casas de amigos cerca de otro hospital militar,eso pasa mucho en Galicia, para no ir a Ferrol por ejemplo. Yo creo que después de todos los test que nos han hecho al entrar, cada x años, cuando el exp....El no incluir a la gente en el RD se gana. Nunca digas que hay parientes de primer o segundo grado que a la edad x tuvieron tu mismo problema.... Ahí ya pierdes, eres predisposicional de manual, es así de triste, pero en algunas cosas no hay que decir toda la verdad, bastante tenemos, una de las preguntas famosas es lo de los antecentes familiares.
Un abrazo y feliz domingo
La chica del asesinato es de San Fernando. Pasó la JMPO en el Carlos Haya.
Y el chico que puse en el enlace le pusieron endorreactiva y NO le incluyeron en el RD. Pero como no ha vuelto a entrar, no sé qué pasó finalmente con él.

Endorreactiva es lo que me pusieron a mi en la Superior y si que me metieron en el RD.

Es como jugar a la ruleta rusa. No sabes qué va a pasar en estos expedientes. Porque también he visto que siendo predisposicionales les han dado una absoluta en la Superior.
(Es que mi abogado les da mi teléfono a la gente que comienza o finaliza sus expedientes para que les ayude, así que he hablado con cientos de personas)

Si no está para trabajar en el Ejército y le dan una incapacidad permanente total, meterla la meten y se trae la pensión. Eso lo tengo claro. Si no es por las buenas y a la primera, en las alegaciones.
Y si no, en un contencioso administrativo.

También hay que ver el motivo de por qué está depresiva.
En mi caso nunca entendí cómo llegaron a la conclusión de que yo tenía una personalidad con rasgos anómalos y predispuesta a las depresiones y oye... que casualidad, 18 años de servicio, con misiones hasta en la guerra de Irak, nunca nada me afectó, revisiones psicológicas que daban bien y me deprimí por lo de mi hijo, pero según el psiquiatra, sólo fue casualidad.

Si la compañera de Roko llega al Tribunal y tiene un motivo para estar depresiva, esa circunstancia es grave, la ha afectado y la va a dejar ya en ese estado de depresión para siempre, pues le darán la incapacidad.
Si ven que es recuperable, le darán un APL.

En el tema psiquiátrico es todo muy subjetivo.
No hay más que ver que por la pérdida de un hijo sólo te dan 3 días de permiso y ya tienes que volver a currar como un campeón/a.
¿En serio? ¿Hola?
A mi se me murió mi perra en diciembre y todavía lloro por ella.

Lo mejor es que no haga cábalas.
Que lleve sus informes, si le hacen test que conteste con sinceridad y cuando le llegue la propuesta de la JEVAL, pues según esté de acuerdo o no, ya buscar un abogado para las alegaciones.

Saber ahora mismo en qué puede acabar un expediente que sólo va por psiquiatría en un temporal a punto de concluir su compromiso es imposible.
Estoy totalmente de acuerdo, pero independientemente hay que prepararse para luchar y no dar un paso en falso, tú lo sabes mejor que nadie, un papel puede tranquilizarte dentro de lo que cabe o hundirte para siempre en la miseria, 4 palabras bastan para decir que si o que no, después de dar lo mejor de tu vida, yo era un chinorri y lo soy, y mi padre como tú pero más mayor estuvo en Bosnia, 2 veces en Kosovo y la primera en IRAK, que como a ti, os dio la medalla Polonia, y luego de dar lo mejor de sí...... Nada, enfermas y nadie agradece nada, te obligan a decir lo que interesa, una palabra significa seguir con tu vida o casi morir, 800 no es la gran solución, pero ayudan y mucho a gente con problemas, lo de siempre, justos por pecadores, una palabra o contestación lo cambia todo, y la JPM, depende, tb lo cambia todo, Ferrol de lo peor, doy fé, el tío ese.... de lo peor..... Si algún día me lo encuentro, sin ir de chulito ni nada, no creo que me diga nada, porque no se atreve, es mala persona como el tuyo psicópata, y no digo más que me denuncian por amenazas
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Fuentefria »

Danaerys escribió: Lun May 31, 2021 11:59 am
Despertaferro escribió: Lun May 31, 2021 11:24 am Gracias,
voy a preguntar en el calculo de pensiones a ver si algún compañero sabe, o también la cobra.
Dudo mucho que nadie pueda decirte cuánto te van a retener porque cada caso es diferente.
Pero la pensión si es la misma.
A ver si hay alguien en tu misma situación y te puede orientar.
Yo que tú, me esperaba a pasar todo el proceso, que en mi caso ya va por dos años y medio, antes de contarte a ti misma el cuento de la lechera.
Porque incluso el haber regulador puede cambiar y con ello la cuantía de la pensión en bruto.
Buenas,es importante tener en cuenta la equiparacion del 33% de discapacidad tiene una reducción de 3500 euros a la hora de realizar la declaración de la renta.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Fuentefria »

Buenas,observo que comentáis que el RD 71/19 es para los que entraron antes del 2011,eso me lo podéis confirmar?
Si le dan una incapacidad permanente total la pensión quién la paga,la seguridad social o clases pasivas?
Entiendo que con la absoluta clases pasivas teniendo todos los derechos adquiridos inclusive TIM.
Y por último los que están cobrando la pensión por retiro de inutilidad aplicando el RD 1186/01 pero no cobran el 100% ,teniendo en cuenta que el RD 1286/01 se ha derrogado para una revisión por agravamiento que RD se le aplica?
Sobre esto último como ya eres pensionista de clases pasivas lo único que te piden en el mismo informes médicos con el agravamiento u ellos determinan,información telefónica reciente,gracias,un saludo.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 3:22 am Buenas,observo que comentáis que el RD 71/19 es para los que entraron antes del 2011,eso me lo podéis confirmar?
Si le dan una incapacidad permanente total la pensión quién la paga,la seguridad social o clases pasivas?
Entiendo que con la absoluta clases pasivas teniendo todos los derechos adquiridos inclusive TIM.
Y por último los que están cobrando la pensión por retiro de inutilidad aplicando el RD 1186/01 pero no cobran el 100% ,teniendo en cuenta que el RD 1286/01 se ha derrogado para una revisión por agravamiento que RD se le aplica?
Sobre esto último como ya eres pensionista de clases pasivas lo único que te piden en el mismo informes médicos con el agravamiento u ellos determinan,información telefónica reciente,gracias,un saludo.
Te contesto a lo que yo sé con seguridad.
Yo era soldado temporal, entré en el 2000 y pasé a retiro con una absoluta.

El RD 71/2019 es para todos los temporales. Independientemente de cuando entraran.
El otro RD que mencionas ya está derogado y sólo se estuvo aplicando a los que les pilló con el expediente abierto. Les dieron la oportunidad de que, al finalizarlo, se acogieran a lo que más les convenía.

Pero el nuevo lleva en vigor desde marzo de 2019, todos aquellos expedientes ya deben haber finalizado y aquel RD ha pasado a la historia.
Ahora está el 71/2019 para todos los temporales.

La pensión la paga el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones seas de Clases Pasivas o de la Seguridad Social.

Con la absoluta mantienes la TIM, PERO no los beneficios. Es decir, NO tienes descuentos en Renfe ni te sirve para NADA.
Tan sólo para identificarte como militar retirado.

En el caso de que solicitaras una revisión por empeoramiento, sólo lo puedes hacer por las patologías que te llevaron al retiro, no por patologías nuevas.
Y te aplicarían el RD 71/2019 porque el anterior ya no existe.
El empeoramiento también lo pueden solicitar los que causaron baja por inutilidad y resolución de compromiso.
Se solicita en ISFAS y hay que aportar documentación médica contundente que apoye ese empeoramiento.
Sería como volver a pasar por otro expediente, ya que te enviarían a que te vieran en el Tribunal.

Ya por último, no existe el retiro por inutilidad cuando te dan una total.
A los temporales sólo nos pasan a retiro con una absoluta.
Cuando te dan una total lo que hay es una rescisión de compromiso por inutilidad.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Fuentefria »

Danaerys escribió: Sab Jun 18, 2022 11:14 am
Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 3:22 am Buenas,observo que comentáis que el RD 71/19 es para los que entraron antes del 2011,eso me lo podéis confirmar?
Si le dan una incapacidad permanente total la pensión quién la paga,la seguridad social o clases pasivas?
Entiendo que con la absoluta clases pasivas teniendo todos los derechos adquiridos inclusive TIM.
Y por último los que están cobrando la pensión por retiro de inutilidad aplicando el RD 1186/01 pero no cobran el 100% ,teniendo en cuenta que el RD 1286/01 se ha derrogado para una revisión por agravamiento que RD se le aplica?
Sobre esto último como ya eres pensionista de clases pasivas lo único que te piden en el mismo informes médicos con el agravamiento u ellos determinan,información telefónica reciente,gracias,un saludo.
Te contesto a lo que yo sé con seguridad.
Yo era soldado temporal, entré en el 2000 y pasé a retiro con una absoluta.

El RD 71/2019 es para todos los temporales. Independientemente de cuando entraran.
El otro RD que mencionas ya está derogado y sólo se estuvo aplicando a los que les pilló con el expediente abierto. Les dieron la oportunidad de que, al finalizarlo, se acogieran a lo que más les convenía.

Pero el nuevo lleva en vigor desde marzo de 2019, todos aquellos expedientes ya deben haber finalizado y aquel RD ha pasado a la historia.
Ahora está el 71/2019 para todos los temporales.

La pensión la paga el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones seas de Clases Pasivas o de la Seguridad Social.

Con la absoluta mantienes la TIM, PERO no los beneficios. Es decir, NO tienes descuentos en Renfe ni te sirve para NADA.
Tan sólo para identificarte como militar retirado.

En el caso de que solicitaras una revisión por empeoramiento, sólo lo puedes hacer por las patologías que te llevaron al retiro, no por patologías nuevas.
Y te aplicarían el RD 71/2019 porque el anterior ya no existe.
El empeoramiento también lo pueden solicitar los que causaron baja por inutilidad y resolución de compromiso.
Se solicita en ISFAS y hay que aportar documentación médica contundente que apoye ese empeoramiento.
Sería como volver a pasar por otro expediente, ya que te enviarían a que te vieran en el Tribunal.

Ya por último, no existe el retiro por inutilidad cuando te dan una total.
A los temporales sólo nos pasan a retiro con una absoluta.
Cuando te dan una total lo que hay es una rescisión de compromiso por inutilidad.
Buenas tardes,gracias por tu aclaración,aún así voy perdido,yo finalice en las fuerzas armadas siendo cabo primero,me aplicaron el RD 1186/01 puesto que el RD 71/2019 no existía,me computaron los años de servicio hasta la edad de jubilación,pero al tener un 34% no me dieron el 100%,pase a ser pensionista según el título pone orden de retiro: inutilidad para el servicio,manteniendo Isfas y todos los derechos menos la TIM,el caso es que he sufrido un agravamiento y como cobro por clases pasivas me puse en contacto con ellos los cuales me dijeron que aportará informes médicos a ellos mismos junto con una solicitud que está en la sede electrónica de clases pasivas de revisión por agravamiento,hasta hay se yo,en ningún momento me dijeron que fuera a Isfas,es lo único que se por el momento,gracias,un saludo.
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Re: RD 71/2019

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Danaerys escribió: Sab Jun 18, 2022 11:14 am
Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 3:22 am Buenas,observo que comentáis que el RD 71/19 es para los que entraron antes del 2011,eso me lo podéis confirmar?
Si le dan una incapacidad permanente total la pensión quién la paga,la seguridad social o clases pasivas?
Entiendo que con la absoluta clases pasivas teniendo todos los derechos adquiridos inclusive TIM.
Y por último los que están cobrando la pensión por retiro de inutilidad aplicando el RD 1186/01 pero no cobran el 100% ,teniendo en cuenta que el RD 1286/01 se ha derrogado para una revisión por agravamiento que RD se le aplica?
Sobre esto último como ya eres pensionista de clases pasivas lo único que te piden en el mismo informes médicos con el agravamiento u ellos determinan,información telefónica reciente,gracias,un saludo.
Te contesto a lo que yo sé con seguridad.
Yo era soldado temporal, entré en el 2000 y pasé a retiro con una absoluta.

El RD 71/2019 es para todos los temporales. Independientemente de cuando entraran.
El otro RD que mencionas ya está derogado y sólo se estuvo aplicando a los que les pilló con el expediente abierto. Les dieron la oportunidad de que, al finalizarlo, se acogieran a lo que más les convenía.

Pero el nuevo lleva en vigor desde marzo de 2019, todos aquellos expedientes ya deben haber finalizado y aquel RD ha pasado a la historia.
Ahora está el 71/2019 para todos los temporales.

La pensión la paga el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones seas de Clases Pasivas o de la Seguridad Social.

Con la absoluta mantienes la TIM, PERO no los beneficios. Es decir, NO tienes descuentos en Renfe ni te sirve para NADA.
Tan sólo para identificarte como militar retirado.

En el caso de que solicitaras una revisión por empeoramiento, sólo lo puedes hacer por las patologías que te llevaron al retiro, no por patologías nuevas.
Y te aplicarían el RD 71/2019 porque el anterior ya no existe.
El empeoramiento también lo pueden solicitar los que causaron baja por inutilidad y resolución de compromiso.
Se solicita en ISFAS y hay que aportar documentación médica contundente que apoye ese empeoramiento.
Sería como volver a pasar por otro expediente, ya que te enviarían a que te vieran en el Tribunal.

Ya por último, no existe el retiro por inutilidad cuando te dan una total.
A los temporales sólo nos pasan a retiro con una absoluta.
Cuando te dan una total lo que hay es una rescisión de compromiso por inutilidad.
Buenas tardes,gracias por tu aclaración,aún así voy perdido,yo finalice en las fuerzas armadas siendo cabo primero,me aplicaron el RD 1186/01 puesto que el RD 71/2019 no existía,me computaron los años de servicio hasta la edad de jubilación,pero al tener un 34% no me dieron el 100%,pase a ser pensionista según el título pone orden de retiro: inutilidad para el servicio,manteniendo Isfas y todos los derechos menos la TIM,el caso es que he sufrido un agravamiento y como cobro por clases pasivas me puse en contacto con ellos los cuales me dijeron que aportará informes médicos a ellos mismos junto con una solicitud que está en la sede electrónica de clases pasivas de revisión por agravamiento,hasta hay se yo,en ningún momento me dijeron que fuera a Isfas,es lo único que se por el momento,gracias,un saludo.
Ah se me olvidaba,independiente a los informes médicos actualizados por la misma patología lo más importante que debía mandar es el certificado de discapacidad con más del 65% lo cual no hay incoveniente al tener un 71%, hicieron hincapié que para cobrar el 100% el certificado de discapacidad debía ser superior al 65%,no obstante llamaré a Isfas,pero en clases pasivas parece que lo tenían claro,ya iré viendo.
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Mensaje por Danaerys »

Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 7:00 pm Buenas tardes,gracias por tu aclaración,aún así voy perdido,yo finalice en las fuerzas armadas siendo cabo primero,me aplicaron el RD 1186/01 puesto que el RD 71/2019 no existía,me computaron los años de servicio hasta la edad de jubilación,pero al tener un 34% no me dieron el 100%,pase a ser pensionista según el título pone orden de retiro: inutilidad para el servicio,manteniendo Isfas y todos los derechos menos la TIM,el caso es que he sufrido un agravamiento y como cobro por clases pasivas me puse en contacto con ellos los cuales me dijeron que aportará informes médicos a ellos mismos junto con una solicitud que está en la sede electrónica de clases pasivas de revisión por agravamiento,hasta hay se yo,en ningún momento me dijeron que fuera a Isfas,es lo único que se por el momento,gracias,un saludo.
Ah se me olvidaba,independiente a los informes médicos actualizados por la misma patología lo más importante que debía mandar es el certificado de discapacidad con más del 65% lo cual no hay incoveniente al tener un 71%, hicieron hincapié que para cobrar el 100% el certificado de discapacidad debía ser superior al 65%,no obstante llamaré a Isfas,pero en clases pasivas parece que lo tenían claro,ya iré viendo.
No veo por qué te pierdes.
Tú no eres militar retirado. Te resolvieron el compromiso por inutilidad, por eso no tienes TIM.
Los temporales sólo pasamos a retiro con una incapacidad permanente absoluta para toda profesión y/u oficio y a ti te dieron una incapacidad permanente total, compatible con otro trabajo.

Si has sufrido un empeoramiento de la patología por la cual te rescindieron el compromiso, pues tienes que ir a ISFAS y allí mismo te darán el documento que has de rellenar para solicitar la revisión.
En ISFAS, no en Clases Pasivas.
Lleva original y copia de los informes médicos y también de tu tarjeta de discapacidad.

Te llamarán en unos meses para pasar un nuevo Tribunal.
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Danaerys escribió: Dom Jun 19, 2022 1:21 am
Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 7:00 pm Buenas tardes,gracias por tu aclaración,aún así voy perdido,yo finalice en las fuerzas armadas siendo cabo primero,me aplicaron el RD 1186/01 puesto que el RD 71/2019 no existía,me computaron los años de servicio hasta la edad de jubilación,pero al tener un 34% no me dieron el 100%,pase a ser pensionista según el título pone orden de retiro: inutilidad para el servicio,manteniendo Isfas y todos los derechos menos la TIM,el caso es que he sufrido un agravamiento y como cobro por clases pasivas me puse en contacto con ellos los cuales me dijeron que aportará informes médicos a ellos mismos junto con una solicitud que está en la sede electrónica de clases pasivas de revisión por agravamiento,hasta hay se yo,en ningún momento me dijeron que fuera a Isfas,es lo único que se por el momento,gracias,un saludo.
Ah se me olvidaba,independiente a los informes médicos actualizados por la misma patología lo más importante que debía mandar es el certificado de discapacidad con más del 65% lo cual no hay incoveniente al tener un 71%, hicieron hincapié que para cobrar el 100% el certificado de discapacidad debía ser superior al 65%,no obstante llamaré a Isfas,pero en clases pasivas parece que lo tenían claro,ya iré viendo.
No veo por qué te pierdes.
Tú no eres militar retirado. Te resolvieron el compromiso por inutilidad, por eso no tienes TIM.
Los temporales sólo pasamos a retiro con una incapacidad permanente absoluta para toda profesión y/u oficio y a ti te dieron una incapacidad permanente total, compatible con otro trabajo.

Si has sufrido un empeoramiento de la patología por la cual te rescindieron el compromiso, pues tienes que ir a ISFAS y allí mismo te darán el documento que has de rellenar para solicitar la revisión.
En ISFAS, no en Clases Pasivas.
Lleva original y copia de los informes médicos y también de tu tarjeta de discapacidad.

Te llamarán en unos meses para pasar un nuevo Tribunal.
Pues ahí está la cuestión,yo actualmente tengo pensión por incapacidad permanente absoluta derivada en accidente laboral contributiva en el régimen general de la seguridad social y otra pensión de las clases pasivas cobrando el 70% ambas compatibles,insisto en que me pierdo porque me dices que para revisión por agravamiento por Isfas,en Isfas me dicen que en clases pasivas,efectivamente me lo confirman en clases pasivas que si,de hecho en la sede electrónica de clases pasivas está el formulario tal como me indican de revisión por agravamiento,la cual presento con todos los informes en espera de contestación,entro por sede electrónica en Isfas con certificado digital,miro mis datos y pone lo siguiente:
Ejército tierra,cuerpo: general tierra,empleo cabo primero,situación: inutilidad o invalides y finalmente el grupo lo cual no entiendo si en su momento me respondieron el compromiso,no intento contradecir simplemente asesorarme para gestionarlo correctamente,me dices que por Isfas,ellos por clases pasivas lo cuáles me indican dónde está el formulario de revisión por agravamiento el cual existe y me descargo,en principio lo presento junto con toda la documentación médica actualizada en espera de contestación,ya no sé si estoy perdiendo tiempo por esta vía la cual me han indicado,también me dijeron que no tenía que volver a pasar un nuevo tribunal,que se basaron el los informes médicos y grado de discapacidad en el cual hicieron hincapié que tenía que tener mínimo el 65%, lo cual pienso como me insistes que por Isfas solicitarlo paralelamente al de clases pasivas y estar a la espera de que resuelven.
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Re: RD 71/2019

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Fuentefria escribió: Dom Jun 19, 2022 9:07 am
Danaerys escribió: Dom Jun 19, 2022 1:21 am
Fuentefria escribió: Sab Jun 18, 2022 7:00 pm Buenas tardes,gracias por tu aclaración,aún así voy perdido,yo finalice en las fuerzas armadas siendo cabo primero,me aplicaron el RD 1186/01 puesto que el RD 71/2019 no existía,me computaron los años de servicio hasta la edad de jubilación,pero al tener un 34% no me dieron el 100%,pase a ser pensionista según el título pone orden de retiro: inutilidad para el servicio,manteniendo Isfas y todos los derechos menos la TIM,el caso es que he sufrido un agravamiento y como cobro por clases pasivas me puse en contacto con ellos los cuales me dijeron que aportará informes médicos a ellos mismos junto con una solicitud que está en la sede electrónica de clases pasivas de revisión por agravamiento,hasta hay se yo,en ningún momento me dijeron que fuera a Isfas,es lo único que se por el momento,gracias,un saludo.
Ah se me olvidaba,independiente a los informes médicos actualizados por la misma patología lo más importante que debía mandar es el certificado de discapacidad con más del 65% lo cual no hay incoveniente al tener un 71%, hicieron hincapié que para cobrar el 100% el certificado de discapacidad debía ser superior al 65%,no obstante llamaré a Isfas,pero en clases pasivas parece que lo tenían claro,ya iré viendo.
No veo por qué te pierdes.
Tú no eres militar retirado. Te resolvieron el compromiso por inutilidad, por eso no tienes TIM.
Los temporales sólo pasamos a retiro con una incapacidad permanente absoluta para toda profesión y/u oficio y a ti te dieron una incapacidad permanente total, compatible con otro trabajo.

Si has sufrido un empeoramiento de la patología por la cual te rescindieron el compromiso, pues tienes que ir a ISFAS y allí mismo te darán el documento que has de rellenar para solicitar la revisión.
En ISFAS, no en Clases Pasivas.
Lleva original y copia de los informes médicos y también de tu tarjeta de discapacidad.

Te llamarán en unos meses para pasar un nuevo Tribunal.
Pues ahí está la cuestión,yo actualmente tengo pensión por incapacidad permanente absoluta derivada en accidente laboral contributiva en el régimen general de la seguridad social y otra pensión de las clases pasivas cobrando el 70% ambas compatibles,insisto en que me pierdo porque me dices que para revisión por agravamiento por Isfas,en Isfas me dicen que en clases pasivas,efectivamente me lo confirman en clases pasivas que si,de hecho en la sede electrónica de clases pasivas está el formulario tal como me indican de revisión por agravamiento,la cual presento con todos los informes en espera de contestación,entro por sede electrónica en Isfas con certificado digital,miro mis datos y pone lo siguiente:
Ejército tierra,cuerpo: general tierra,empleo cabo primero,situación: inutilidad o invalidez y finalmente el grupo lo cual no entiendo si en su momento me resolvieron el compromiso,no intento contradecir simplemente asesorarme para gestionarlo correctamente,me dices que por Isfas,ellos por clases pasivas lo cuáles me indican dónde está el formulario de revisión por agravamiento el cual existe y me descargo,en principio lo presento junto con toda la documentación médica actualizada en espera de contestación,ya no sé si estoy perdiendo tiempo por esta vía la cual me han indicado,también me dijeron que no tenía que volver a pasar un nuevo tribunal,que se basaran el los informes médicos y grado de discapacidad en el cual hicieron hincapié que tenía que tener mínimo el 65%, lo cual pienso como me insistes que por Isfas solicitarlo paralelamente al de clases pasivas y estar a la espera de que resuelven.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Fuentefria »

También os dejo una jurisprudencia del Tribunal Supremo de 14 de Julio de 2014,en principio no he encontrado otra más actual,la cual habla de compatibilidad de pensiones entre diferentes regímenes siempre y cuando sean contributivas y no tengas que coger años de un régimen para completar otro,y también habla de un tema muy famoso que se habla mucho en el foro,que tienen que ser la misma patologías en el empeoramiento,según se deduce en la jurisprudencia la misma patología agravada es válida para obtener más de una pensión en diferente régimen,el único requisito es tener los años cotizados que te piden en cada régimen,creo haberla interpretado bien de hecho una abogada me lo ha confirmado por si a alguien le fuera de utilidad,ya sabemos que las leyes y decretos son muy complejos y se pueden crear jurisprudencias,saludos.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Danaerys »

Te pone inutilidad porque te resolvieron el compromiso.
A mi me ponen retiro porque no me lo resolvieron.

No sé si hay un tope de pensión máxima y a lo mejor si ya cobras una absoluta por la SS y un 70 % por Clases Pasivas, ya la andes rozando.

Por otra parte, si usas la lupa del foro y pones "revisión por agravamiento" verás que los moderadores y otros foreros muy puestos en este tema le resuelven tu misma duda a otros compañeros indicándoles que hay que solicitar la revisión en ISFAS.
También podrás leer lo que sucedió con quiénes lo solicitaron antes que tú.
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Re: RD 71/2019

Mensaje por Fuentefria »

Danaerys escribió: Dom Jun 19, 2022 2:18 pm Te pone inutilidad porque te resolvieron el compromiso.
A mi me ponen retiro porque no me lo resolvieron.

No sé si hay un tope de pensión máxima y a lo mejor si ya cobras una absoluta por la SS y un 70 % por Clases Pasivas, ya la andes rozando.

Por otra parte, si usas la lupa del foro y pones "revisión por agravamiento" verás que los moderadores y otros foreros muy puestos en este tema le resuelven tu misma duda a otros compañeros indicándoles que hay que solicitar la revisión en ISFAS.
También podrás leer lo que sucedió con quiénes lo solicitaron antes que tú.
Buenas tardes,tras ponerme en contacto con ISFAS y área de personal me confirmaron que mediante clases pasivas,me puse en contacto con ellos y efectivamente era así,el trato maravilloso,mandé solicitud y documentación que me pidieron,hoy he llamado para ver si lo habían recibido lo cual me dijeron que si,que en principio está todo correcto,que si hiciese falta alguna documentación mas me lo harían saber,ya os comentaré cómo termina todo,un saludo.
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