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Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Lun Ene 16, 2023 11:32 am
por Francisco I
dmf escribió: Lun Ene 16, 2023 8:35 am Hola, "El Gobierno niega el complemento por brecha de género a las pensiones de jubilación de las Clases Pasivas"
https://www.larazon.es/economia/2023011 ... kqm64.html
Un saludo.
Parece mentira que un periódico que a mi me parecía serio hasta ahora, titule con falsedades.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Lun Feb 13, 2023 8:31 pm
por Airon1968
A partir de Feb del 21, ningún funcionario de Clases Pasivas cobrará un duro por la Brecha de Género, Escrivá ha hecho esa modificación precisamente para eso, pensad solo en atrasos lo que ha pagado ya el Estado a los que se jubilaron antes de feb/2021 y lo que tendría que pagar si no modifica esa Ley, además y como bien sabéis, no solo modifica los motivos para cobrarla añadiendo algunas cosillas imposible para la mayoría, si no que encima reduce a la mitad la cantidad a precibir por cada hijo.
Otra cosa mas, hace pocos días, dicen qiue el copago farmaceutico no se quita porque estando en situación de "Activo" según este mravilloso Gobierno, hemos disfrutado de mejores ventajas que la gente que estaba en la Seguridad Social, como si eso fuese una generosidad del propio Estado.
En fin, cosas de este Gobierno SOCIAISTA. -angry2

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Lun Feb 13, 2023 8:54 pm
por trasgu123
Igual algun forero nos dice si lo cobra o no. Justito dos post mas arriba Francisco afirma que es mentira que lo quiten.

De hecho tu afirmacion choca frontalmente con lo que esta publicado en la web oficial de Clases Pasivas, Normas Generales - Apartado J) https://www.portalclasespasivas.gob.es/ ... rales.aspx

Yo estoy retirado hace años y no abono "copago" por los medicamentos; lo que pago es el % que me corresponde por la normativa legal especifica que me atañe. Lo mismo que con la cotizacion de derechos pasivos, que tambien es normativa especifica. Y efectivamente mientras estuve en activo pagaba menos % que los de la S Social, a lo que hay que sumar las prestaciones de las Mutuas que en la S Social ni estan, ni se las espera. Esto lleva decenios ocurriendo, con los socialistas, con los populares y con los centristas.

Nihil novum sub sole.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Mar Feb 14, 2023 5:00 pm
por Arano
trasgu123 escribió: Lun Feb 13, 2023 8:54 pm Igual algun forero nos dice si lo cobra o no. Justito dos post mas arriba Francisco afirma que es mentira que lo quiten.

De hecho tu afirmacion choca frontalmente con lo que esta publicado en la web oficial de Clases Pasivas, Normas Generales - Apartado J) https://www.portalclasespasivas.gob.es/ ... rales.aspx

Yo estoy retirado hace años y no abono "copago" por los medicamentos; lo que pago es el % que me corresponde por la normativa legal especifica que me atañe. Lo mismo que con la cotizacion de derechos pasivos, que tambien es normativa especifica. Y efectivamente mientras estuve en activo pagaba menos % que los de la S Social, a lo que hay que sumar las prestaciones de las Mutuas que en la S Social ni estan, ni se las espera. Esto lleva decenios ocurriendo, con los socialistas, con los populares y con los centristas.

Nihil novum sub sole.
A otro que le pasa lo mismo y también con varios años retirado.

Hay que tener cuidado con lo que se dice.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Jue Mar 09, 2023 5:47 pm
por Infante91
Buenas Tardes, hay algún forero que haya conseguido tramitarlo y si ha recibido respuesta positiva, seria interesante saber que pasos hay que dar un saludo.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Jue Mar 09, 2023 7:47 pm
por Paulu
Yo lo he tramitado en Diciembre, a día de hoy aún no ha cambiado de estado

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Vie Mar 10, 2023 11:40 pm
por Infante91
Paulu escribió: Jue Mar 09, 2023 7:47 pm Yo lo he tramitado en Diciembre, a día de hoy aún no ha cambiado de estado
Saludos Paulu, puedes decir que documentación presentaste para justificar la perdida de retribuciones, posterior al nacimiento y si hay que hacerlo con cada hijo?.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Sab Mar 11, 2023 5:14 am
por Paulu
Buenas, pues yo en mi caso, estuve 4 meses de excedencia cuando nació mi hijo pequeño y es lo que he aportado

Entiendo que se refiere a cada hijo, no lo sé a ciencia cierta, pero vamos en mi caso entiendo que mínimo me deberían conceder la de mi hijo menor, pero lo que ocurrirá, pues ya se verá

Documentación: BOD y copia compulsada del anexo con el que solicité la excedencia en su día

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO >2021

Publicado: Dom Mar 12, 2023 9:17 pm
por Infante91
Paulu escribió: Sab Mar 11, 2023 5:14 am Buenas, pues yo en mi caso, estuve 4 meses de excedencia cuando nació mi hijo pequeño y es lo que he aportado

Entiendo que se refiere a cada hijo, no lo sé a ciencia cierta, pero vamos en mi caso entiendo que mínimo me deberían conceder la de mi hijo menor, pero lo que ocurrirá, pues ya se verá

Documentación: BOD y copia compulsada del anexo con el que solicité la excedencia en su día
Gracias Paulu ya nos contaras, un saludo.

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Vie Mar 17, 2023 9:41 am
por sargentodehierro
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de
género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.


ENLACE
Disposición transitoria primera. Incremento del complemento de brecha de género en el período 2024-2025.

El importe del complemento de brecha de género establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y en la disposición adicional decimoctava del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, será objeto de un incremento adicional del 10 por ciento sobre la revalorización prevista en el artículo 58.2 en el bienio 2024-2025, que se distribuirá entre ambos ejercicios según determinen las respectivas leyes de
presupuestos generales del Estado.
Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.

Se introduce un nuevo apartado 7 en la disposición adicional decimoctava del textorefundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que queda redactado en los términos siguientes:

«7. Para determinar qué pensiones o suma de pensiones de los progenitores tiene menor cuantía se computarán dichas pensiones teniendo en cuenta su importe inicial, una vez revalorizadas, sin computar los complementos que pudieran corresponder.
Cuando ambos progenitores sean del mismo sexo y coincida el importe de las pensiones computables de cada uno de ellos, el complemento se reconocerá a aquel que haya solicitado en primer lugar la pensión con derecho a complemento.»
Un saludo

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Sab Abr 22, 2023 9:41 am
por Almogavares21
Buenos días,
En mi caso pasé a retiro por incapacidad permanente total, en abril de 2021.
Con el nacimiento de mi segundo hijo, solicité la reducción de una hora por lactancia, y al finalizar esta, la reducción de jornada por guarda legal.
Donde podría presentar la instancia para que me certiqyen esta reducción?.
Así podría solicitar esta complemento.
Un saludo

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Sab Abr 22, 2023 11:31 am
por Paulu
Buenas yo lo presente en clases pasivas

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Sab Abr 22, 2023 12:56 pm
por psmito
Almogavares21 escribió: Sab Abr 22, 2023 9:41 am Buenos días,
En mi caso pasé a retiro por incapacidad permanente total, en abril de 2021.
Con el nacimiento de mi segundo hijo, solicité la reducción de una hora por lactancia, y al finalizar esta, la reducción de jornada por guarda legal.
Donde podría presentar la instancia para que me certiqyen esta reducción?.
Así podría solicitar esta complemento.
Un saludo
Solicitar es gratis, de momento
Pero la ley no dice nada de reducción de jornada si o no

El requisito que pide claramente es que haya habido una disminución de las cotizaciones

Cuando pides una reducción de jornada, obviamente se reduce el sueldo, lo que ignoro es si también disminuye la cotización a clases pasivas, si disminuye te corresponde (tiene que haber un 15% de merma en los dos años posteriores,creo), si no, me temo que te van a decir manzanas traigo

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Sab Abr 22, 2023 2:45 pm
por Paulu
Por reducción de jornada no disminuyen las cotizaciones durante los 2 1⁰ años, solo el salario a percibir por el solicitante, a partir del 2⁰ año si disminuyen las cotizaciones en proporción a las horas de la misma

Re: COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

Publicado: Sab Abr 22, 2023 8:04 pm
por Francisco I
Almogavares21 escribió: Sab Abr 22, 2023 9:41 am Buenos días,
En mi caso pasé a retiro por incapacidad permanente total, en abril de 2021.
Con el nacimiento de mi segundo hijo, solicité la reducción de una hora por lactancia, y al finalizar esta, la reducción de jornada por guarda legal.
Donde podría presentar la instancia para que me certiqyen esta reducción?.
Así podría solicitar esta complemento.
Un saludo
Entiendo que ese hijo nació antes de haber pasado al retiro; pues de no ser así, NO te corresponde ese complemento.
Si la reducción de jornada llevó aparejada una reducción de haberes; hay que comprobar si también estuvo afectada por una reducción proporcional en la cuota de Derechos Pasivos Maximos, o en las cotizaciones a la S. Social, si se cotiza a dicho Régimen. Es el Organo Pagador que tuvieras en aquel momento, el que te ha de proporcionar el certificado de esa disminución de cotizaciones. Sin ellas no te daraán el complemento para la brecha de género.