Antigüedad e indemnización.
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Antigüedad e indemnización.
Hola. He contado mi caso en "el caso más raro jamás visto". Y como no tengo confianza alguna en la Administración en General y en Defensa en particular y en una ocasión he llegado al Contencioso-Administrativo con resolución a mi favor. Mi cuestión es la siguiente:
Llevaré 12 años en el Ejército de Tierra. Suboficial desde 2019.
¿Cuantos años de antigüedad se necesitan para que a Defensa me deba una indemnización suficiente como para que no le compense hacer jugadas como insuficiencia de aptitud psicofísica (que es lo más común en el BOD). o perdida de facultades profesionales (que esto es más rebuscado)? (ya que son los procedimientos para librarse de personal incómodo).
(Se que la pregunta es rara pero aparte de que no confío en la Administración quiero ser yo quien controle mi porvenir)
Llevaré 12 años en el Ejército de Tierra. Suboficial desde 2019.
¿Cuantos años de antigüedad se necesitan para que a Defensa me deba una indemnización suficiente como para que no le compense hacer jugadas como insuficiencia de aptitud psicofísica (que es lo más común en el BOD). o perdida de facultades profesionales (que esto es más rebuscado)? (ya que son los procedimientos para librarse de personal incómodo).
(Se que la pregunta es rara pero aparte de que no confío en la Administración quiero ser yo quien controle mi porvenir)
- psmito
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Re: Antigüedad e indemnización.
Indemnización???? Desde cuándo hay en caso de insuficiencia de aptitud psicofísica (que no sea seguro por absoluta o acto de servicio)Aligator87 escribió: ↑Lun Ene 23, 2023 12:03 am Hola. He contado mi caso en "el caso más raro jamás visto". Y como no tengo confianza alguna en la Administración en General y en Defensa en particular y en una ocasión he llegado al Contencioso-Administrativo con resolución a mi favor. Mi cuestión es la siguiente:
Llevaré 12 años en el Ejército de Tierra. Suboficial desde 2019.
¿Cuantos años de antigüedad se necesitan para que a Defensa me deba una indemnización suficiente como para que no le compense hacer jugadas como insuficiencia de aptitud psicofísica (que es lo más común en el BOD). o perdida de facultades profesionales (que esto es más rebuscado)? (ya que son los procedimientos para librarse de personal incómodo).
(Se que la pregunta es rara pero aparte de que no confío en la Administración quiero ser yo quien controle mi porvenir)
Te queda una pensión y sansacabo
Dudo que a la administración le compense
En el caso de perdida de facultades profesionales ya es más chungo
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
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Re: Antigüedad e indemnización.
Cuando digo indemnización quise decir alguna contraprestación por "despido".(la equivalencia a los trabajos civiles)
¿Por eso hay a menudo en el BOD perdida de aptitud psicofísica y ninguna perdida de facultades profesionales?¿Porque la aptitud psicofísica es más sencilla en cuanto es la administración la que te "acusa" y la que te "juzga" (por vía administrativa) y la perdida de facultades profesionales es más ambigua?
¿O por que la 1a hay derecho a contraprestación y en la 2a no?
¿Por eso hay a menudo en el BOD perdida de aptitud psicofísica y ninguna perdida de facultades profesionales?¿Porque la aptitud psicofísica es más sencilla en cuanto es la administración la que te "acusa" y la que te "juzga" (por vía administrativa) y la perdida de facultades profesionales es más ambigua?
¿O por que la 1a hay derecho a contraprestación y en la 2a no?
- psmito
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Re: Antigüedad e indemnización.
Aligator87 escribió: ↑Lun Ene 23, 2023 7:39 am Cuando digo indemnización quise decir alguna contraprestación por "despido".(la equivalencia a los trabajos civiles)
Contraprestación, ninguna, si te corresponde el retiro y lo consideras contraprestación, pues vale
¿Por eso hay a menudo en el BOD perdida de aptitud psicofísica y ninguna perdida de facultades profesionales?
Porque es muchísimo más común las enfermedades que lo otro
¿Porque la aptitud psicofísica es más sencilla en cuanto es la administración la que te "acusa" y la que te "juzga" (por vía administrativa)
Aquí no se acusa ni juzga, lo único que vale son los criterios médicos
Que te propongan para pasar un RMNP , si lo consideras acusación, pues vale, pero el resultado será por criterios médicos
y la perdida de facultades profesionales es más ambigua?
Aquí ya entran en juego otros criterios, muy subjetivos, el resultado final siempre es chungo
¿O por que la 1a hay derecho a contraprestación y en la 2a no?
La primera da derecho a pensión la segunda si o no dependiendo de factores, pero menos pensión en todo caso
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Re: Antigüedad e indemnización.
Creo sinceramente que te confundes, defensa no te despide porque sí
Es siempre por algún motivo, y siempre viene motivado por una baja laboral ya sea por lesión o enfermedad y llegado a ese punto es bajo criterios médicos como se adoptan las decisiones y no bajo ningún otro criterio
Luego, los menos se les pide un RMNP, pero estos casos la mayoría de las veces suele estar relacionado también con algún tipo de lesión, enfermedad
Si tu no te quieres ir de la empresa, siendo suboficial nadie te va a echar, salvo casos graves muy concretos
Otro tema es que te quieras ir tú por temas de salud o personales
De hecho personalmente te diría que es más difícil irte por temas de salud que quedarte si no quieres irte
Es siempre por algún motivo, y siempre viene motivado por una baja laboral ya sea por lesión o enfermedad y llegado a ese punto es bajo criterios médicos como se adoptan las decisiones y no bajo ningún otro criterio
Luego, los menos se les pide un RMNP, pero estos casos la mayoría de las veces suele estar relacionado también con algún tipo de lesión, enfermedad
Si tu no te quieres ir de la empresa, siendo suboficial nadie te va a echar, salvo casos graves muy concretos
Otro tema es que te quieras ir tú por temas de salud o personales
De hecho personalmente te diría que es más difícil irte por temas de salud que quedarte si no quieres irte
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Re: Antigüedad e indemnización.
Gracias por las respuestas.
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Re: Antigüedad e indemnización.
Hay mas pases a retiro por incapacidad, porque hay que ser muy zote y liarlas muy gordas para que se abre un expediente de perdida de facultades profesionales.Aligator87 escribió: ↑Lun Ene 23, 2023 7:39 am Cuando digo indemnización quise decir alguna contraprestación por "despido".(la equivalencia a los trabajos civiles)
¿Por eso hay a menudo en el BOD perdida de aptitud psicofísica y ninguna perdida de facultades profesionales?¿Porque la aptitud psicofísica es más sencilla en cuanto es la administración la que te "acusa" y la que te "juzga" (por vía administrativa) y la perdida de facultades profesionales es más ambigua?
¿O por que la 1a hay derecho a contraprestación y en la 2a no?
La equivalencia en el ambito civil de una baja por perdida de facultades profesionales, podria ser un despido desciplinario y NO conlleva indemnizacion alguna.
Si piensas que a Defensa le importa un pimiento si estas tu o esta otro haciendo X labor, estas muy errado.