SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

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Paco36
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SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Paco36 »

Buenas noches.
¿Alguien sabe si al haber sido sancionado a lo largo de tu carrera profesional con días de suspensión de empleo y sueldo en virtud de un expediente disciplinario, esos días se restan a la hora de realizar el cómputo total de tiempo en servicio activo para el cálculo de la pensión?

Por ejemplo que por culpa de 7 días de suspensión de empleo y sueldo no llegues a los 20 años para el 100% de la pensión, a los cuales hubieras llegado si no te hubiesen restado esos días del tiempo total trabajado.
Muchas gracias, un saludo.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por elenaflecha »

¿Sanción leve, grave o muy grave?

Las leves sirven para que el jefe rencoroso se salga con la suya, para el sancionado es el granito de arena que le desmotiva y unos días en casa que te los paga el sindicato si estás afiliado... para escalafón o pensión no pasa absolutamente nada.

Las graves o muy graves... toca leer la ley... algo hay de restar como días cotizados... aquí ya hay que leer la ley ver cuántos días se acumularon de sanción, que recuerdo haberlo leído en su día e iba por días, pues sí se perdía la cotización a Clases Pasivas... para los que sean de Clases Pasivas.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Francisco I »

Paco36 escribió: Jue Jun 29, 2023 11:51 pm Buenas noches.
¿Alguien sabe si al haber sido sancionado a lo largo de tu carrera profesional con días de suspensión de empleo y sueldo en virtud de un expediente disciplinario, esos días se restan a la hora de realizar el cómputo total de tiempo en servicio activo para el cálculo de la pensión?

Por ejemplo que por culpa de 7 días de suspensión de empleo y sueldo no llegues a los 20 años para el 100% de la pensión, a los cuales hubieras llegado si no te hubiesen restado esos días del tiempo total trabajado.
Muchas gracias, un saludo.
El tiempo permanecido en esa situación no es válido como tiempos de servicio... salvo que la sanción disciplinaria fuese posteriormente revocada con carácter definitivo.
Última edición por Francisco I el Vie Jun 30, 2023 1:36 pm, editado 1 vez en total.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Paco36 »

elenaflecha escribió: Vie Jun 30, 2023 9:02 am ¿Sanción leve, grave o muy grave?

Las leves sirven para que el jefe rencoroso se salga con la suya, para el sancionado es el granito de arena que le desmotiva y unos días en casa que te los paga el sindicato si estás afiliado... para escalafón o pensión no pasa absolutamente nada.

Las graves o muy graves... toca leer la ley... algo hay de restar como días cotizados... aquí ya hay que leer la ley ver cuántos días se acumularon de sanción, que recuerdo haberlo leído en su día e iba por días, pues sí se perdía la cotización a Clases Pasivas... para los que sean de Clases Pasivas.
Muchas gracias por contestar,
Me indican desde un sindicato que los días de sanción de empleo y sueldo no restan para el cómputo de tiempo para la jubilación.
Pero no me han dicho el motivo, imagino que será porque no dejas de cotizar esos días de suspensión de empleo y sueldo. No sé si estamos equivocados.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Bombardier »

Yo he visto un caso muy reciente de la DGP en el que para la jubilación le han quitado del tiempo de servicio los 3 días que estuvo de empleo y sueldo por una sanción leve, que esté bien o no ya no lo se, pero quitárselos se los han quitado, eso si, no ha reclamado ni nada porque ha pasado los 20 años.
Paco36
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Paco36 »

El sindicato jupol dice que no cuenta para restarte del cómputo a la hora del cálculo del tiempo en servicio activo.
Dicen que no dejas de cotizar y por lo tanto no son días de no cotización.
No sé ahora con lo que están escribiendo aquí otros compañeros... Alguien que arroje un poco más de luz al tema. Gracias
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Bombardier »

Si le das una vuelta al foro veras que puedes fiarte bastante de lo que dice el compañero Francisco y aquí mas arriba te dice que no cuenta como tiempo de servicio. A mi durante la baja también me dijeron varias cosas en el mismo sindicato que algunas fueron la contraria, pero es en ese y en todos, pero bueno, es por desconocimiento en algunos aspectos de la normativa, me dijeron hasta que no creen que tengamos derecho a pedir las vacaciones no disfrutadas una vez pasas a jubilado, por ahí tengo el hilo de email con el gabinete jurídico y su abogado.
Lo que yo te he dicho que vi hace poco, es un compañero que ha cotizado toda la vida en clases pasivas, porque en la seguridad social si que deja claro que el tiempo sancionado no tiene por que cotizar a no ser que se junte con incapacidad temporal o algo así, san Google lo aclara, de clases pasivas no lo he encontrado, pero a este compañero, una sanción de 3 días por una leve se los han quitado del computo total, y su calculo lo hicieron hace mes y medio, así que es bastante reciente, por lo que las sanciones de empleo y sueldo que estén grabadas en el expediente parece que las descuentan.
Y si me permites un consejo, si necesitas reclamar algo o pelear con la administración, busca abogado particular, a mi me salvó Florentino que por el foro lo recomiendan mucho y así es como di con el.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por trasgu123 »

La cuota mensual de cotizacion a Clases Pasivas poco tiene que ver con el sueldo; no va ligada a lo que se cobra. Cotiza con la misma cuota un Comisario Principal destinado en Ceuta que un Inspector destinado en Jaen, y la diferencia de sueldo mensual es enorme.

Si se esta sancionado con suspension de empleo y sueldo, eso debe de figurar en el expediente personal.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Paco36 »

Bueno, eso debe de venir en alguna norma especificado no?
Restarle años de servicio para el cómputo de jubilación a un funcionario no es cualquier cosa.
A ver si damos con alguna normativa que nos explique o razone ésto.
Por 1 día de empleo y sueldo (que ya es una sanción con su perjuicio en ese momento) puede que la jubilación para toda la vida de un funcionario sea minorizada. Ejemplo: A un policía nacional le notifican la resolución del expediente de jubilación por incapacidad permanente total el 4 de febrero y justo ese día hace 19 años y un día ( es decir, tiene el 100% por qué se computa como 20 años) pero resulta que por esa sanción disciplinaria de empleo y sueldo de 1 día en 2014 consideran que por un día no llega a los 19 años y 1 día...
Normativa y razonamiento si los hubiera.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Francisco I »

Los militares lo tenemos muy claro en la Ley de la Cerrera Militar; en su artículo 112.
La Policía Nacional lo debe de tener igual de claro en su Estatuto de Personal de las FCSE, ( Ley Orgánica 4 /2010, articulos 10 y 33) y como norma supletoria en el del Empleado Público, (articulo 90 )
Mal vamos si no conocemos lo que tan directamente nos afecta; y que además estoy seguro de que se os enseña en las Academias.
En cuanto a lo justo o lo injusto, cuando se habla de fechas y de plazos, pues el reloj anda a la misma velocidad para todos.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por trasgu123 »

Viene en la Ley Orgánica 9/2015, Régimen de Personal de la Policía Nacional.
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Dom Jul 02, 2023 11:24 am Viene en la Ley Orgánica 9/2015, Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Articulos 64. 2 y 65. 3
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Re: SANCIÓN DISCIPLINARIA Y CÓMPUTO TIEMPO TOTAL

Mensaje por trasgu123 »

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