reconocimiento del 33% de minusvalia

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alexito
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reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por alexito »

Hola; estoy en situación de Retiro y en su día solicité a la Com. de Madrid el reconocimiento del 33% para los efectos que así corresponden. Mi solicitud se realizó y se me envió el Certificado que así lo acredita. De este documento tiene ya una cierta antigüedad de más de 5 años. entonces para que me envíen otro más actualizado he solicitado otro nuevo escrito, pero cuál es mi sorpresa cuando me contestan que no he sido valorado, en base a una interpretación doctrinal del Supremo y que debo solicitar un reconocimiento.
Creeis que con ese certificado que reconoce la minusvalía hay suficiente, es decir, que no presenta caducidad y por lo tanto puedo pasar de la respuesta del Centro Base?

El reconocimiento como minusvalía no está suficientemente acreditado en la legislación vigente?
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NandoEFFE
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por NandoEFFE »

En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."

O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
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psmito
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por psmito »

NandoEFFE escribió: Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."

O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Va a ser que no
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,

Ahora léete la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por NandoEFFE »

Cierto, @psmito, no había leido ese punto, me había centrado en la siguiente frase.
Acepto, cómo no, la corrección.
Un saludo.
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por relativoman »

psmito escribió: Mié Jul 12, 2023 10:09 am
NandoEFFE escribió: Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."

O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Va a ser que no
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,

Ahora léete la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
Con la ley delante no soy capaz de identificar esos capítulos. ¿En qué se traduce todo esto?
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por psmito »

relativoman escribió: Jue Sep 14, 2023 1:39 pm
psmito escribió: Mié Jul 12, 2023 10:09 am
NandoEFFE escribió: Mar Jul 11, 2023 11:35 pm En algunos hilos de este foro, figura que, desde aprox 2018, se eliminó la equiparación entre incapacidad permanente (en sus tres grados) y discapacidad del 33%.
Pero, con la nueva redacción de la 'Ley de Empleo' publicada en BOE nº51 de 1 de Marzo, en la disposición final segunda, podemos leer, en el punto 2 lo siguiente: "Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad."

O sea, que yo interpreto, y no creo estar equivocado, que vuelve a ser equiparada la incapacidad permanente, con la discapacidad del 33.
Va a ser que no
Como tu mismo pones la ley de empleo equipara una incapacidad con un 33% de discapacidad
Pero como pone al principio de la disposición final segunda, a los sólos efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,

Ahora léete la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II,
Con la ley delante no soy capaz de identificar esos capítulos. ¿En qué se traduce todo esto?
En que están equipados a un 33% aparte de para el IRPF, también a efectos laborales
Pero solo a eso
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por relativoman »

Osea que desde el 1 de Marzo, por ejemplo ¿un empleador que contrate a un jubilado por incapacidad de clases pasivas tiene una serie de descuentos en la cuota del trabajador?
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Re: reconocimiento del 33% de minusvalia

Mensaje por psmito »

relativoman escribió: Jue Sep 14, 2023 3:31 pm Osea que desde el 1 de Marzo, por ejemplo ¿un empleador que contrate a un jubilado por incapacidad de clases pasivas tiene una serie de descuentos en la cuota del trabajador?
afirmativo, con una serie de requisitos
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