Obligaciones estando de baja

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

Nonoet
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Lun Feb 14, 2022 4:43 pm
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Activo

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Nonoet »

Buenos días , fui muy pesado con que me dieran todo por escrito , cuando por fin me dejaron ir a botiquín para ver si la teniente me “dejaba” pasar la baja en casa , su respuesta fue: vete a la cia y ya te diremos si te vas a casa o no, me fui a la cia a esperar, vino un cabo y me dijo que fuera a s1 que allí me dirían si la teniente había dado el visto bueno o no, en s1 me dijeron que sí que me dejaban irme a pasar la baja a casa, firme los papeles y pedí una copia sellada a lo que me respondió el brigada que que copia? Que yo no tenía que tener ninguna copia de lo que había firmado , le dije que lo necesitaba para tener todos los papeles en regla , me dijo que me despidiera del capitan y que no le tocara los huevos , así hice. Sé que estoy autorizado por que lo he firmado , pero yo no tengo el papel
Avatar de Usuario
Mañico666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 150
Registrado: Lun Oct 10, 2022 11:27 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Mañico666 »

La baja te la da el jefe de unidad,no la teniente de los servicios sanitarios.
Pasar la baja en tu casa,te la da el jefe de unidad.El brigada esta para tramitar documentos,no para decidir.Y si le pides una copia de un documento que firmastes,te lo tiene que dar,es mas,si le pides con registro y sello de entrada,mejor para ti,mas le dolera a el,se ponga como se ponga.
Ademas,tu capitan es jefe de compañia,no de unidad.
Tendras de jefe de unidad a uno por encima de el,mas razon para que este capitan no pueda decidir nada sobre tu baja.
Nonoet
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Lun Feb 14, 2022 4:43 pm
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Activo

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Nonoet »

Si lo sé , pero no entiendo por qué están haciendo las cosas así de mal. Toda esta situación me dejan muchas dudas .Dejo de pasarle la baja a los mandos y la paso directamente a botiquín? Le vuelvo a pasar informe al capitán? Me niego a ir a hablar con el capitan a la cia?
Gracias por las respuestas compañero
Avatar de Usuario
Mañico666
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 150
Registrado: Lun Oct 10, 2022 11:27 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Mañico666 »

Nonoet escribió: Mié Nov 29, 2023 1:27 pm Si lo sé , pero no entiendo por qué están haciendo las cosas así de mal. Toda esta situación me dejan muchas dudas .Dejo de pasarle la baja a los mandos y la paso directamente a botiquín? Le vuelvo a pasar informe al capitán? Me niego a ir a hablar con el capitan a la cia?
Gracias por las respuestas compañero
Porque "en general",las bajas no estan muy bien vistas segun el jefe de turno o cuartel.Intentan "fastidiar" al personal y por lo que se ve,te lp estan haciendo a ti.
Yo no te puedo decir lo que hagas y no hagas.Solo la norma lo que dice y lo que estas obligado a hacer o no.
Las bajas son confidenciales y personales,el unico que puede ver tus informes y ver como evoluciona la enfermedad son los servicios sanitarios.Te pueden llamar que vayas las veces que quiera,pero ellos unicamente relacionado con tu enfermedad.Ni los mandos,ni el cabo de cuartel ni nadie mas,tienen que saber tus patologias.
La norma lo dice claro,tienes que tramitar las bajas a traves del servicio sanitario,si ellos no quieres recibirlas,es su problema,no el tuyo.Se entrega las bajas bien acudiendo si te citan,por carta certificada,por email,por un compañero/familiar...pero se entregan.
El capitan de compañia es eso...capitan de compañia,no es medico,si quiere saber algo,que se lo pregunte a los servicios sanitarios.Aunque tambien seria ilegal que lo preguntara.
Negar hablar con el capitan no es propio decirlo asi,simplemente que para hablar,no es necesario desplazarse,existe los moviles.Los compañeros te lo explicaron muy bien en mensajes anteriores.

Suerte
Patoso
Soldado
Soldado
Mensajes: 8
Registrado: Vie Ene 12, 2024 11:39 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Activo

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Patoso »

Nonoet escribió: Mié Nov 29, 2023 1:27 pm Si lo sé , pero no entiendo por qué están haciendo las cosas así de mal. Toda esta situación me dejan muchas dudas .Dejo de pasarle la baja a los mandos y la paso directamente a botiquín? Le vuelvo a pasar informe al capitán? Me niego a ir a hablar con el capitan a la cia?
Gracias por las respuestas compañero
Hace mes y medio de este tema, no sé si sigues liado con ello. Por si acaso te aviso para la próxima vez, dile al médico todos los problemas que tienes con la baja y que te ponga que tienes ansiedad aparte de tu problema, las bajas por ansiedad, depresión, psicológicas en general... No las pueden tocar los mandos, ni obligarte a cumplirla en el cuartel.
Avatar de Usuario
TEMPUS FUGIT
Coronel
Coronel
Mensajes: 1890
Registrado: Jue Nov 03, 2011 3:47 pm

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

Por lo que leo, no estas demasiado puesto en la normativa sobre el control de bajas ( y tampoco sobre el procedimiento administrativo)
Sin entrar en grandes batallas dialécticas, creo que se deberían puntualizar algunos aspectos que podrían ser relevantes en este caso
No hay que confundir la BAJA PARA EL SERVICIO, que concede el JEFE de UCO, con la BAJA MEDICA, que solamente puede conceder el Personal sanitario, bien sea Sanidad Militar o bien Sanidad Publica.
Alguien, con buen criterio ha apuntado que sería muy interesante que leyeras la Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, con una actualizacion de 2016, por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar

Yo apuntaría, que además de leerla, deberías asimilarla o preguntar lo que no entiendes de ella

Por ejemplo, de haber leído y asimilado la norma te habrias dado cuenta en el
art Cuarto. Contingencia común.
1. La competencia para resolver el procedimiento de baja temporal para el servicio
derivada de una contingencia común corresponderá al Jefe de la UCO, conforme a lo
indicado en la disposición adicional quinta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
carrera militar, previo dictamen o informe preceptivo y vinculante de la Sanidad Militar.

3. El interesado cumplimentará y cursará al Jefe de la UCO el parte de solicitud de
baja
que deberá ser entregado por cualquier medio disponible, siempre que se garantice
el grado de protección que la legislación en materia sanitaria y de protección de datos le
atribuya, en sobre cerrado, como máximo, en el plazo de tres días desde que se expidió
el dictamen o informe médico que acredite la insuficiencia temporal. Además del Jefe de
Unidad, el personal encargado de gestionar la baja y el servicio médico de la UCO son
los únicos facultados para acceder a la información contenida en el parte de solicitud de
baja temporal para el servicio
, con las garantías que la legislación en materia sanitaria y
de protección de datos de carácter personal establece.
En este punto te explican tambien la infraccion de la LPD y La legislación sanitaria vulnerando la obligación de no difundir datos sanitarios que se extiende al Jefe de UCO, al personal sanitario y al personal no sanitario encargado del tramite administrativo ( aunque este, no debería poder acceder a la historia clínica del paciente, que se remitirá en sobre cerrado),
Acceder al historial médico de un paciente con otro motivo distinto de los contemplados por la ley se considera como delito en una doble vertiente:
• Por divulgación de secretos
• Contra la intimidad personal
Incurrir en estos delitos está castigado con penas de cárcel y/o multa (entre 1 y 7 años de prisión y multas entre 12 y 24 meses), sanción administrativa (por vulneración de datos personales) e inhabilitación profesional temporal o permanente (en función de la gravedad).
La remision al menos cada quince dias de los partes de continuidad, no suponen una violación de la intimidad, ya que en el parte, solo figuran los datos personales y el periodo de la baja, sin datos sensibles
El hecho de que en tu Unidad conozcan el motivo de tu baja, da que pensar ya que si presentaste al servicio medico EN SOBRE CERRADO tu informe y el resto de personal solo tuvo acceso al Parte medico de baja ( y los de continuidad) entiendo que el servicio medico filtra la información ( o tu mismo lo hayas hecho, quizá involuntariamente)
Y leyendo la norma citada, se puede colegir que es el Jefe de la Uco el receptor de los partes de continuidad a traves del personal designado en cada Unidad dependiente, para el tramite
En otro orden de cosas, yo tendría cuidado con las grabaciones de voz de las llamadas telefónicas
Grabar a una persona sin su conocimiento ( y por tanto sin su consentimiento) SOLAMENTE son legales como prueba en una actuación judicial
El hecho de difundir la llamada (bien en audio o bien por transcripción) de esa conversación en redes sociales u otros medios de difusión publica no es legal, por lo tanto, yo me abstendría de informarnos en este foro u otro similar o remitírsela a un amigo por watshapp, skype, Telegram…etc. y las guardaría a buen recaudo para usarlas UNICAMENTE cuando la justicia lo requiera, si es el caso
Y ya para finalizar, el jefe de Uco , para conceder la BAJA PARA EL SERVICIO, se basa en el dictamen de la sanidad Militar, ( que es el único capacitado para leer el informe medico) pero si tuviera dudas, podrá recabar su propio informe a la sanidad militar
Por lo tanto, el medico de la mili, podría citarte en sus dependencias o en el Homil correspondiente, o incluso en tu domicilio, para reconocimiento
En el caso de que sea en las dependencias de la UCO, no veo el problema ( y si la obligación) de presentarte a tu Jefe de compañía, salvo que en el informe de tu baja se fije EXPRESAMENTE la imposibilidad de este hecho generalmente por motivos de acoso o psicologicos
Y si lees la norma con detenimiento encontraras las respuestas que buscas
Nonoet
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Lun Feb 14, 2022 4:43 pm
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Activo

Re: Obligaciones estando de baja

Mensaje por Nonoet »

hola compañero antes que nada ,darte las gracias de antemano. Supongo que no me he explicado bien. despues de que algunos compañeros me dijeran que me estudiase bien la Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar, sabia que derechos y obligaciones tenia,el problema es que no sabia como ejecutarlos. Yo intente por todos los medios hacer las cosas bien, pero en el momento que les lleves la contraria a algunos jefes ,la situacion se puede torcer, y mas si quieres volver a tu puesto de trabajo como era mi caso. Con esto que quiero decir, que yo sabia que estaban haciendo las cosas mal,pero tenia miedo de hacerles cabrear demasiado por que en el caso de que hubiese vuelto,lo hubiese pasado bastante mal. En mi caso ya ha pasado todo, perdi destino y ya no dependo de ellos, por lo cual me he quitado un gran peso de encima. A mi personalmente mis mandos no me dejaban pasar informes o hablar con botiquin sin pasar antes por ellos, mis informes de mi enfermedad los habra leido 4 mandos ditintos. poco podia hacer si todos me negaban el pasar informes a botiquin directamente.Un saludo.
Responder

Volver a “Personal Militar Fuerzas Armadas”