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Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Jue Mar 21, 2024 10:32 pm
por jesussan
Ya se puede solicitar

https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... ucion.html

¿Si la persona que aportó a la Mutualidad hubiera fallecido se podría reclamar?

Se puede reclamar siempre que la fecha de fallecimiento se encuentre dentro de los años no prescritos, que son los últimos 4. Los fallecidos antes del 1 de enero de 2019 no podrán reclamarlo. La solicitud debe presentarla un heredero, aunque una vez recibida la resolución de Hacienda con el cálculo, para poder cobrarlo deberán presentar el modelo H-100 con documentación complementaria de la herencia

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Jue Mar 28, 2024 10:16 am
por juans
Por las noticias que me llegan, para aquellos contribuyentes de la Hacienda estatal, en los datos fiscales aparece la reducción aplicable al IRPF de 2023.
Para los años anteriores hay que esperar a que se resuelva lo del formulario.

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Jue Mar 28, 2024 5:12 pm
por TEMPUS FUGIT
Me corresponde?
No me corresponde?
no sabe
no contesta

tampoco se trata de neurocirugia

tengas o no derecho, te corresponda nada, algo o todo.... lo mas sencillo es rellenar el formulario....
https://sede.agenciatributaria.gob.es/s ... ul&aut=CPR
ahi tienes la opcion de verificar.... ( abajo a la derecha) y te dira que periodos te pudieran afectar...
y si le damos a tramitar, hacienda nos contestara con lo que sea ( aunque en teoria es para jubiletas exclusivamente)

por cierto... la ultima sentencia es la STS 707/2023 de 28 febrero de 2023
en la nota informativa ( que vuelvo a adjuntar) ya habla de la posibilidad de liquidar directamente el periodo 2023 ( vease el parrafo final)
Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 20192023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración. Para aquellos casos en los que la AEAT no cuente con información suficiente, no podrá ofrecer el cálculo en los datos fiscales, pero para solicitar el ajuste será suficiente con presentar el mismo formulario utilizado para los años anteriores.
NOTA..... aquello de las " peticiones viciosas" era un MITO no os van a sancionar por solicitarlo sin que te corresponda
AEAT.rar
Nota-FAQ,s y Sentencia
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Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Jue Mar 28, 2024 6:17 pm
por trasgu123
Pues estoy pensando en solicitar; por ver qué me contestan.

Pues va ser que no, que se accede con Cl@ve en el movil con android 8 o superior.

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Jue Abr 25, 2024 8:06 pm
por Francisco I
A dia de hoy, en mis Datos fiscales, sigue sin aparecer la reducción por las cotizaciones a la Mutua del ET. Sin embargo a los de la S. Social de nuestras edades les viene ya para descontar de sus rendimientos del trabajo/pensiones.
¿ Algún "dinosaurio" ha oteado algo ?

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Vie May 03, 2024 12:20 pm
por trasgu123
Tiene mala pinta la cosa.

"" La sentencia contempló devoluciones fiscales para los trabajadores que cotizaron a antiguas mutualidades entre los años 1967 y 1978 en los siguientes sectores: astilleros, banca, comercio, construcción, eléctricas, metalurgia y pesca.
Sin embargo, no procede la aplicación de la citada DT 2ª en una serie de supuestos. ¿Cuáles son? Por ejemplo, a los perceptores de pensiones satisfechas por Clases Pasivas a los funcionarios en el caso de que hayan estado incluidos durante toda su vida laboral en el citado régimen de Clases Pasivas "".

https://www.elespanol.com/invertia/mis- ... 928_0.html

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Vie May 03, 2024 9:19 pm
por juans
Aquí, algo dice la AEAT:
Atención a este párrafo:
Con independencia de que su pensión principal tenga derecho o no a la aplicación de la DT 2ª, estos complementos de pensiones sí pueden dar derecho a la aplicación de la DT 2ª en el supuesto de que las mutualidades a las que se realizaron las aportaciones se hubiesen integrado en los distintos fondos especiales del INSS, Muface, Mugeju e Isfas, que son quienes abonan este complemento en la actualidad.
MUTUALISTAS FUNCIONARIOS

Re: Mutualistas: Rectificación favorable declaraciones IRPF no prescritas

Publicado: Vie May 03, 2024 9:56 pm
por trasgu123
Esto es como el gato de Schrödinger que metido en una caja cerrada estaria “vivo y muerto al mismo tiempo”, y solo se sabra cuando se abra la caja