Absoluta personal en la Reserva
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Absoluta personal en la Reserva
Buenas compis, una duda si sois tan amables, por lo que tengo entendido el personal en situación de reserva que obtenga la incapacidad permanente Absoluta y no esté ocupando vacante en reserva no tiene derecho al cobro del seguro colectivo de las FAS , estoy en lo cierto? conocéis algún caso que contradiga lo anterior? muchas gracias de antemano.
- sargentodehierro
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- Comentario: XXXIII AGBS
Re: Absoluta personal en la Reserva
Buenas,
Punto 1 de las condiciones particulares del Seguro Colectivo:
Punto 1 de las condiciones particulares del Seguro Colectivo:
Un saludo1. EL SEGURO PROTEGE A
Personal militar vinculado a las Fuerzas Armadas, con cualquiera de los vínculos establecidos en el artículo 3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, mientras permanezcan en servicio activo, en reserva ocupando destino o en comisión de servicio en unidades o puestos, suspenso en funciones, excedencia por causa de violencia de género y por cuidados familiares en el ámbito temporal que se especifica en el punto 4, así como el personal reservista voluntario durante su formación y activación, y el personal del Servicio de Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas (SARFAS), mientras permanezcan en las situaciones de servicio activo, en reserva con destino o en comisión de servicio en unidades o puestos, así como el personal reservista voluntario durante su formación y activación.
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