fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

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juanito10legia
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fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por juanito10legia »

ola compañeros que tal? Tengo un problema con la ayuda a la compra de INVIFAS,resulta que la he solicitado y me falta que entregar la escritura,hasta ahi todo normal,pero resulta que en el banco me han entregado una fotocopia compulsada por el ayuntamiento porque aun no me han hecho la copia simple ya que hay un relevo de notario y tardara algun tiempo me han dicho.He presentado la fotocopia compulsada en INVIFAS y me han dicho que no vale,que la tienen que compulsar ellos y quieren ver la copia simple,y que me busque la vida,mi pregunta es ¿si no tengo la copia simple antes del 15 de septiembre pierdo la ayuda por fuerza?¿una fotocopia compulsada por un organismo oficial como es un ayuntamieto no tiene el mismo valor que el original?
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diablo
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Re: fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por diablo »

Buenas.
Por el mero hecho de que la Notaría se halle vacante a la espera de nuevo titular, ningún ciudadano puede perder ni un solo derecho que le corresponda; dado que el Reglamento Notarial establece:

El Reglamento Notarial aprobado por Real Decreto establece:
SECCIÓN II. DE LAS SUSTITUCIONES.

Artículo 49. Redacción según Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.

Los notarios, en los casos de ausencia, licencia, incluidas las de maternidad o paternidad, durante el tiempo en que hagan uso de este derecho y por el plazo máximo previsto por la normativa aplicable para la baja por tal concepto, enfermedad temporal o cualquier otro supuesto similar, serán sustituidos por el que designe el titular entre los del mismo distrito o de otro colindante, previo acuerdo en este último supuesto de la Junta Directiva. No mediando estas designaciones, por el que corresponda según el cuadro de sustituciones del Colegio, y, en su defecto, por el que designe la Junta Directiva del Colegio Notarial. No obstante, la Junta Directiva podrá encomendar la sustitución a varios notarios, de forma alternativa o sucesiva, en ningún caso simultánea, fijando su régimen de actuación.

Si la duración de la enfermedad que motivase la sustitución excediere de un año y el notario o en su nombre quien le represente no pidiere la excedencia voluntaria, la Dirección General instruirá expediente de incapacidad permanente, previo agotamiento de los plazos de ausencias y licencias reglamentarias.

No obstante lo anterior, si la enfermedad no fuese irreversible, el notario podrá optar por la situación de excedencia en cualquier momento de la instrucción del expediente de incapacidad permanente.

Artículo 50.

Cuando una Notaría esté vacante o en suspenso su titular, se encargará de la misma, en concepto de Sustituto, aquel a quien corresponda conforme al Cuadro de sustituciones del respectivo Colegio Notarial, y si no lo hubiere, el que designe la Junta directiva, dando cuenta a la Dirección General.

En cualquier caso, si realmente se encuentra vacante, solicita un certificado en la Notaría acreditativo de tal extremo, en el que se haga constar explícitamente que no pueden entregarte la copia simple dado que la Notaría se encuentra vacante de titular, y que la misma no será cubierta hasta fecha ....., supongo que este certificado te podrá servir para paralizar el plazo de entrega de documentos, consultalo con INVIFAS para que te confirmen que dicho certificado te sería válido hasta obtener la copia simple de la escritura.
Un saludo.
juanito10legia
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Re: fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por juanito10legia »

En la publicacion del BOD pone que hay que presentar copia simple o fotocopia compulsada,si les presento esta ultima deberia ser valida y ellos pueden volver a compulsar si es necesario,porque una compulsa de un ayuntamiento, ¿no tiene ningun valor?, o me estan vendiendo la moto?
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masss
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Re: fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por masss »

juanito10legia escribió:En la publicacion del BOD pone que hay que presentar copia simple o fotocopia compulsada,si les presento esta ultima deberia ser valida y ellos pueden volver a compulsar si es necesario,porque una compulsa de un ayuntamiento, ¿no tiene ningun valor?, o me estan vendiendo la moto?
Las fotocopias solo pueden ser compulsadas por el Organismo emisor o por el receptor a vista del original. La copia que tu tienes compulsada por el Ayuntamiento solo es válida para cualquier tramite ante ese ayuntamiento, no vale para ningún otro organismo.
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El-Temido
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Re: fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por El-Temido »

Dicen los leguleyos que
COMPULSA: Copia o traslado de una escritura, instrumento o autos, sacado judicialmente y cotejado con su original

LA RAE que COMPULSAR es Cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud.

Los romanos y yo en el circo la llamamos compulsare.
Dice la pugñetera RAE que COTEJAR es Confrontar algo con otra u otras cosas; compararlas teniéndolas a la vista.

Dice Ulpiano GAyo y yo mismo, que el cotejo lo ha de ser por confrontación de documentos públicos, siendo que el cotejo de los privados con plena autonomía no existe como medio de prueba pudiendo ser impugnado.

El cotejo y la compulsa de documentos es la técnica consistente en la comprobación de que una copia coincide con su original, que lleva a poder afirmar que la misma es exacta.
La copia cotejada o compulsada en ningún caso acredita la autenticidad del documento original.

Confrontar algo con otra u otras cosas; compararlas teniéndolas a la vista.

AVER ¿QUE ES LO QUE NO SE ENTIENDE? :evil: riauuuuuuuuuuuu
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juanito10legia
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Re: fotocopia compulsada,tiene el mismo valor que original

Mensaje por juanito10legia »

Todo muy claro,gracias!
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