INCERTIDUMBRE

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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ISMAELITO
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INCERTIDUMBRE

Mensaje por ISMAELITO »

Bueno pues eso una incertidumbre que no puedo con ella.Soy afectado por el pensionazo. mi expediente se deberia haber finalizado el 31 de Octubre de 2008 ( cosa que no fue asi) ,me firmò la subsecretaria en Diciembre y sali publicado en Enero, vamos, que se pasaron los tiempos por el forro. El caso es que despues de recurrir con recurso de alzada, el cual me vino desestimado, ahora me llega la hora de ir a contencioso administrativo. En fin yo le pregunto a mi abogado que tal ve esto de recurrir, que si le ve futuro, que que puede pasar, vamos que si ve alguna probabilidad de ganarlo, la cual el me responde que al ser algo nuevo, que ha salido este año , pues nada que lo que hay que hacer es intentarlo y a ver que pasa.Claro el caso es que ya me esta pidiendo uno 500 euros por anticipado, a espensas de que el juez estime o no el recurso, y yo como no alegue nada en el transcurso del expediente, pues pienso que el juez lo puede desestima, incluso no ir a juicio, y luego tambien esta el recurso impuesto por el PP contra el pensionazo, y no se si confiar en eso y ahorrarme este dinero que luego iria a mas claro.
Si hay gente que este atravesando por la misma situacion y lo pueda comentar se lo agradeceria. Gracias y un saludo.
x-ray
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por x-ray »

Hola, ISMAELITO:
Pues si, estamos en el mismo barco...yo fui uno de los que firmo los papeles la Subsecretaria el 29 de Diciembre. Tambien tengo un abogado y hemos iniciado el contencioso. No creo que debas desanimarte, hay muchas cosas que nos amparan legalmente, lo unico que como tu bien dices, es algo nuevo y por lo menos tenemos que hacer lo que bien nos enseñaron...pelear.
Un abrazo y suerte a todos los que como ISMAELITO y yo, esteis en esta situacion.

NO AL PENSIONAZO.
karandag
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por karandag »

Tu fecha de publicación es cuando sales publicado en BOD.
En el caso de que ganaras el contencioso... que lo dudo... el funcionario que lleva el expediente puede ser sancionado por dejadez ... pero dudo que le den valor de dos meses antes ... pero todo es posible.
Si lo consigues me gustara saberlo: han tardado 5 años en tramitar mi expediente. Desde que se inició hasta que salí publicado pasaron 5 años ...
ISMAELITO
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por ISMAELITO »

Ya, pero para eso existen unos plazos legislados por ley, que si los incumplen incurren en silencio administrativo y mi expediente tenia que haber finalizado el 30 de Octubre y por dejadez o por lo que sea a mi y a muchos como yo nos ha cogido el pensionazo.Y bueno ,respecto al contencioso es lo que nos queda para por lo menos sentirme bien conmigo mismo y decirme que por lo menos lo he intentado, reclamando mis derechos que nos roban por la cara.Un saludo.
francis7
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por francis7 »

Efectivamente existen unos plazos legales (6 meses) si se pasan de ellos existe incumplimiento de plazos según Ley, por lo tanto se puede ir a Contencioso, normalmente los estiman todos, a la hora del juicio es criterio de su señoria, de momento ya a día de hoy existen varias sentencias condenatorias para la Administración, esto es, dando la razón al Guardia Civil, por lo que se rectifica el día de retiro.Ahora es cuando se empiezan los juicios y se van conociendo los resultados y de momento se van ganando. No hay que perder la esperanza. Tiempo al tiempo.
Saludos.
LOBON
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por LOBON »

El asunto lo podríais haber ganado en los Tribunales, de haber interpuesto el Recurso Cont-Adm al vencer el plazo de seis meses que tiene la Administración para resolver. Pues, la sentencia que dictase el Juez de lo Cont-Adm tendría efectos retroactivos, es decir, la fecha en la cual se estiende desestimado presuntamente el expediente aptitud psicofisica. Saludos.
ungolfo
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por ungolfo »

Ismaelito, como dice Lobon ya estás tardando. Ahora otra cosa que veo que nadie menciona es que el expediente de insuficiencia de aptitudes psicofísicas, normalmente se ve interrumpido por largos plazos de tiempo y, es legal que lo hagan si están pidiendo documentación esencial para dicho expediente. Asi que si a alguien le interrumpieron plazos y, por ejemplo los seis meses que tenía que durar en principio el expediente, cumplían el 15 de diciembre de 2008, a poco le coje el pensionazo de lleno seguro y no va a ver Juez que diga lo contrario.
perikito
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por perikito »

hola, ismaelito, si quieres ahorrarte los 500 euros y llegar al contencioso-administrativo, o sea al tribunal superior de justicia, es fácil, desde que salió la ley 29/1998, los funcionarios pueden defenderse ante el tribunal superior de justicia, sin menester de abogado y procurador, o sea que si quieres hacer el contencioso, haz lo siguiente: 1º busca en google la palabra contencioso-administrativo, y ateniéndote a la instancia y recurso de alzada, ( adjunta fotocopias de la instancia y recurso de alzada, asi como contestación a las mismas), explicando tus peticiones, fechas, contestaciones, etc. ve exponiendo todo cronológicamente, y cuando lo hayas acabado lo firmas, y con dos copias vas al registro del tribunal superior de justicia y te sellarán una copia, y apartir de ahí a esperar aproximadamente un año que te contesten, si es la contestación negativa, ya te dirán que puedes recurrir ante el tribunal que te digan, entonces sí que es necesario un abogado.
saludos
LOBON
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Re: INCERTIDUMBRE

Mensaje por LOBON »

Ante todo hay que tratar de no equivocar a los foreros. Aquí se está hablando de interponer el Rec. Cont-Adm ante el Tribunal Superior de Justicia.Ello no es siempre así pues va a depender de quien firme la Resolución que pone fin al Expediente. Si firma la Ministra y aunque sea otra persona -P.D.-, el Órgano judicial competente son los Juzgados Centrales de lo Cont-Adm sede en Madrid, y si por el contrario quien firma es la Subs3ecretaria-tal como preve la L.C.M., sería competente el T.S.J de Madrid o el correspondiente a su Comunidad autónoma. Creo que es conveniente hacer uso de profesionales cualificados para que lleven el asunto, todo eso del modelo, documentos y demás estás muy bien, pero que hay de la aportación de la pericial de parte. practica de las pruebas, la vista y posteriores conclusiones sucintas. Sinceramente, si no se tienen concocimientos de derecho como esperais que prospere la reclamación!!!!!! 8)
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