Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

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FRAULCT
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Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por FRAULCT »

Os cuento mi caso, mi mujer tiene reconocida una dependencia de grado 2 y nivel 2, por la que cobra una prestación por dependencia de 314 euros, en enero solicité una de las nuevas ayudas que ha sacado el isfas, concretamente la prestación complementaria a la dependencia, que supondría un 70 % de la ayuda que ya recibe, en total unos 220 euros, debo decir que aunque la ayuda está encuadrada dentro de las ayudas a la tercera edad, entre los requisitos de la que yo he pedido no hay edad mínima para solicitarlo, y que además el resto de ayudas aunque tienen edad mínima de 65 años, tienen una excepción para los menores de esa edad que cumplan una serie de requisitos (requisitos que mi mujer cumple). Pues bien en marzo me llevo la sorpresa de que me deniegan la ayuda por no tener mi mujer 65 años, dándome la posibilidad de presentar recurso de alzada ante la ministra de defensa, y la sorpresa mayor me la llevo cuando al llamar a la gerencia regional del isfas en Castilla y León, me dicen que tienen orden de rechazar todas las solicitudes de esta prestación en las que el beneficiario sea menor de 65 años, para que sea el jurídico el que decida si corresponden o no, además me cuentan la milonga de que "es que la resolución salió con errores y esa prestación era solo para mayores de 65 años sin posibilidad de excepción", pero resulta que desde diciembre que salió publicada no la han corregido, y ya han pasado 3 meses. Me parece una vergüenza absoluta por parte de isfas, pero es que además creo que el que dicta la resolución está haciendo algo ilegal, puesto que está rechazando de forma consciente una solicitud a alguien que a día de hoy cumple todos los requisitos.

SALUDOS
pope1
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por pope1 »

Pues te doy la razón en lo que comentas y es más se está produciendo un agravio comparativo entre funcionarios,pues los que pertenecen a MUFACE la cobran sin distinción alguna(no existe el requisito de la edad), mientras que ISFAS pone excepciones, amen de llevar cobrandola desde principios de 2009.Un claro ejemplo de que se nos encuadra como funcionarios de segunda.
HERMINIA
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia) A FRAULCT

Mensaje por HERMINIA »

No acabo de entender lo que has comentado.
Mi madre tiene más de 65 años. Tiene una dependencia de Grado III, nivel 2 y tiene la prestación de Asistencia a domicilio (ayuda económica para sufragar parcialmente un apoyo personal y doméstico, prestado por empresas especializadas contratadas por el ISFAS, a asegurados con discapacidad, afectados en un grado de minusvalía igual o superior al 65% o una dependencia moderada nivel 1 o superior). La realidad es que la ayuda que le dan es mínima pues paga casi la totalidad del coste de la hora.
Hace unos días me dijeron en el ISFAS que “probablemente” (sin ser seguro) para el año que viene esto cambiaría, es decir, en vez de tener obligatoriamente la asistencia en casa por la empresa contratada por el ISFAS, quitarían la empresa y el ISFAS daría una prestación complementaria según el Programa Individual de Atención (PIA), es decir sería una ayuda económica complementaria a la de la dependencia, según situación y necesidades.
Por ese motivo, no entiendo que este año se pueda pedir ya la prestación complementaria a la dependencia.
Te agradezco que me expliques si ya, desde este año, se puede prescindir de la empresa y solicitar la prestación complementaria.
HERMINIA
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia) A FRAULCT

Mensaje por HERMINIA »

Perdón, se me olvidaba. La nueva ayuda (insisto, para el año que viene si se lleva a cabo -es lo que me dijeron-) consistiría en financiar la parte de la prestación SAAD que recaiga en el afiliado, con un máximo del 70% (no tengo demasiado claro qué cuantía sería)
pope1
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por pope1 »

A ver a lo que se refiere el compañero en este post es a la ayuda complementaria a la ley de dependencia que el ISFAS ha sacado para 2010, con un año de retraso respecto de MUFACE,que ya la tienen disponible desde 2009.En el caso que tu relatas ,el familiar aludido la podría solicitar sin problema(tiene + de 65 años), siempre y cuando tenga como minimo una dependencia severa y un PIA y no sea incompatible la ayuda que esta recibiendo del ISFAS con ésta.Ahora bien a lo que nos referimos es al punto que contemplada esta resolución y que hace referencia a que excepcionalmente las personas menores de 65 años pueden solicitarla tambien siempre que cumplan unos requisitos contemplados en dicha resolución. Lo que se está hablando es porque para los mutualistas de MUFACE la ayuda abarca a todos sus beneficiarios ,en tanto en ISFAS solo a mayores de 65 años y menores de esta edad con excepciones.
HERMINIA
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por HERMINIA »

Gracias pope1, acabo de leerlo en http://www.mde.es/isfas/v1/es/Prestacio ... index.html

Iré "a informar" al ISFAS, alucinante.
Comprobado que no podemos dejar de leer las instrucciones cada año en el boletín para estar al día.

Con respecto a MUFACE, siempre ha ido más adelantada y sus razonamientos más coherentes. Por poner un ejemplo, sé por compañeros que mientras los del istas hemos tenido una empresa impuesta para la asistencia a domicilio (eso o nada), ellos han tenido una ayuda económica y han podido elegir la que más les ha interesado, la más económica o aquella con la que han estado más conformes y a gusto, ninguna de forma obligada.
pope1
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por pope1 »

De nada Herminia.En todo caso,dada la problematica suscitada por esta anomala resolución de ISFAS,en la cual se establece una clara discriminación ,en tanto en cuanto deja la puerta abierta para una ajudicación de ayudas de manera discrecional a la Delegación compentente de ISFAS ,en cuanto a la resolución del expediente,habrá que estar atentos ,he interponer los recursos en la via administrativa y judicial que correspondan.
FRAULCT
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por FRAULCT »

A ver voy a aclarar algunas cosas:

- Herminia, el reglamento como puedes ver está en vigor desde el 1 de enero, cabría preguntarse por qué no se le ha dado publicidad como a otras ayudas o los apartamentos de la tercera edad, y todavía es mas incomprensible que hace unos días te dijeran que "a lo mejor se aprobaban para el año que viene", por otra parte mírate bien las incompatibilidades, pues es posible que debas renunciar a la ayuda que percibes ahora para acceder a esta.

- Lo que me ha pasado a mi es que he pedido la ayuda del epígrafe 2.5, que es una ayuda adicional que equivale al 70 % de la ayuda por dependencia que ya recibe mi mujer de la Junta de Castilla y León, cuando empecé a tramitar todo me surgió la duda de si podría pedirla al tener mi mujer 30 años y ser ayudas para la tercera edad, pero comprobé que todas las demás ayudas que se contemplan en el reglamento tenían una excepción para los que teniendo menos de 65 años cumplieran una serie de requisitos, pero que esta concreta no tenía ninguna excepción para los menores de 65 años por la sencilla razón que entre sus requisitos no figuraba tener mas de 65 años, así que pedí la ayuda y ésta me vino denegada, al llamar al gerente regional me dijo que tenía orden de la subdirección de prestaciones de denegar todas las solicitudes de los menores de 65 años para que decidiese el jurídico en un recurso de alzada. Mi jefe llamó a un compañero de su promoción y al parecer han caído en la cuenta de que dar esa ayuda a alguien mas joven de esa edad es un compromiso que no quieren asumir porque puede suponer mucho dinero a largo plazo, de hecho le comento el caso de alguien en Castilla La Mancha que lo había solicitado para una hija de 3 años.
HERMINIA
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por HERMINIA »

La ayuda que ella tiene concedida por el isfas es la de 2 horas diarias de Ayuda para servicio de asistencia a domicilio - paga lo máximo por ellas- (la ayuda de la dependencia es distinta, una prestación económica por cuidados en el entorno familiar).
Por lo que me dijeron, y entendí, este año debería continuar con la empresa del isfas y para el año próximo desaparecería la empresa y tendría en su lugar esa ayuda complementaria a la de la dependencia.
Muchas gracias por la aclaración FRAULCT. Tengo que mirar todo detenidamente, apenas he tenido tiempo pero estoy en ello.
FRAULCT
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por FRAULCT »

Por si alguien lo precisa, dejo el texto del recurso de alzada que presenté ante la Ministra de Defensa, es un texto elaborado por mi así que puede que contenga fallos garrafales, pero creo que puede servir para este propósito, en caso de que me denieguen el recurso ya entonces me iría a un abogado. Decir que presenté junto al recurso una copia de toda la documentación que se pedía para solicitar la ayuda, además de certificado de minusvalía y de las cartas que me mando el ISFAS.
D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, XXXXXXX del Ejército de Tierra, con domicilio a efecto de notificaciones en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y D.N.I. XXXXXXXXXXX, a V.E.


EXPONE:

Que, mediante el presente escrito, interpongo recurso de alzada, previo a la vía contencioso-administrativa, contra la resolución de la Delegación Regional del ISFAS de XXXXXXXXXXXXXXXX, en la que se me deniega la AYUDA ECONÓMICA ADICIONAL A LA DEL SAAD PARA ASISTENCIA A DOMICILIO, solicitada por mí para mi cónyuge Dª XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, que tiene reconocida una dependencia de grado II y nivel II que baso en los siguientes:

HECHOS

- PRIMERO Con fecha 25-01-2010 presenté solicitud de AYUDA ECONÓMICA ADICIONAL A LA DEL SAAD PARA ASISTENCIA A DOMICILIO, junto con la instancia presenté como documentación complementaria lo siguiente:
o Programa Individual de Atención (PIA) expedido por la gerencia de Servicios Sociales de (ORGANISMO AUTONOMICO QUE SEA) en el que consta el grado y nivel de dependencia.
o Certificado de Minusvalía y Dictamen Técnico expedido por el mismo organismo.
o Justificante de Ingresos del año 2009.
o Actualización del Importe de la Prestación del SAAD expedido por la Gerencia de Servicios Sociales de (ORGANISMO AUTONOMICO QUE SEA).

- SEGUNDO Con fecha 03-03-2010, recibo resolución de la Delegación Regional del ISFAS de XXXXXXXXXX, en la que se me deniega la ayuda solicitada en base a: La Instrucción 480/19544/2009, de 2 de diciembre, de la Gerencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas , por la que se regulan las prestaciones sociales del ISFAS. El ANEXO I a la misma, fija las cuantías económicas y los límites de las prestaciones sociales, las normas para su cuantificación y los plazos para las que precisen renovación, por el motivo: NO TENER CUMPLIDOS 65 AÑOS.

- TERCERO Aunque la ayuda solicitada pertenece al grupo de Ayudas a la Tercera Edad, éstas ayudas tienen una serie de requisitos generales comunes a todas las ayudas publicadas, y luego tienen unos requisitos específicos para cada tipo de ayuda publicada, es en estos requisitos específicos donde se establecen las edades mínimas necesarias para acceder a cada ayuda, y si bien hay una edad mínima establecida en los epígrafes que enumero a continuación, no es menos cierto que en cada uno de ellos hay una excepción que contempla la solicitud por personas de edad inferior a la requerida que cumplan una serie de requisitos:
o 2.2 Ayuda económica por estancia en residencias asistidas, como requisito de edad fija los 65 años, pero como excepción dice textualmente que “excepcionalmente, podrán ser beneficiarios de esta ayuda económica aquellos afiliados al ISFAS con derecho a asistencia social que, sin alcanzar los 65 años de edad reúnan las siguientes condiciones:
 A) Padecer alguna de las patologías concretas que se enumeran a continuación:
 Síndromes demenciales
 Enfermedades desmielinizantes
 Enfermedades de la neurona motora
 Otras enfermedades neurológicas o de naturaleza vascular, inflamatoria, traumática o tumoral que puedan ocasionar una afectación motora de carácter severo
 B) Tener el grado de discapacidad exigido para ser beneficiario de las ayudas debido precisa y exclusivamente a alguna de las enfermedades enumeradas, según apreciación expresa del asesor de la Delegación Regional correspondiente o de la Subdirección de Prestaciones, sobre los dictámenes emitidos por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o del IMSERSO .”
• Éstos requisitos considero que son cumplidos por el beneficiario al que se refiere la solicitud de ayuda, toda vez que tiene un grado de discapacidad del 82 % y ésta discapacidad es por una enfermedad de la neurona motora, tal y como puede comprobarse en el CERTIFICADO DE MINUSVALÍA QUE SE ADJUNTA.
o 2.3 Ayuda económica por estancia en centros de día o de noche, como requisito de edad fija los 65 años, pero tiene como excepciones las mismas enumeradas anteriormente.
o 2.4 Ayuda para servicio de asistencia a domicilio, como requisito de edad fija los 65 años, pero tiene como excepciones las mismas enumeradas anteriormente.
o 2.6 Servicio de teleasistencia, como requisito de edad fija los 65 años, pero tiene como excepciones las mismas enumeradas anteriormente.

- CUARTO La ayuda solicitada por mí es la AYUDA ECONÓMICA ADICIONAL A LA DEL SAAD PARA ASISTENCIA A DOMICILIO (apartado 2.5), que no tiene fijado requisito mínimo de edad alguno, y tiene fijados como únicos requisitos los siguientes:
o A) Haber sido valorados y reconocidos como personas en situación de dependencia, de acuerdo con las normas de aplicación de la acción protectora del SAAD en los distintos ámbitos territoriales, dictadas con arreglo a lo establecido en la Ley 39/2006 de 14 de diciembre. Los grados y niveles de dependencia objeto de estas ayudas se fijan en el Anexo I.
o B) Disponer de un Programa Individual de Atención (PIA), que determine que las modalidades de intervención más adecuadas a las necesidades del dependiente son precisamente, el servicio de asistencia a domicilio o la ayuda económica vinculada a este servicio, o la ayuda por cuidados en el entorno familiar o por contratación de asistencia personal, y donde, por tratarse de ayudas económicas, se cuantifique el importe de la prestación.
 Estos requisitos los cumple en su totalidad el beneficiario de la ayuda solicitada, como se puede comprobar en el documento “Programa Individual Atencion PIA”

- QUINTO Puesto en contacto con la Delegación Regional del ISFAS, se me dice que la denegación de la ayuda viene dada por una aplicación informática que al introducir los datos procede de forma automática a denegarla por no cumplir los 65 años, sin al parecer dar opción a contemplar posibles excepciones a la norma o que, como es este caso, en algún punto de la norma no se contemple ningún requisito de edad. Posteriormente en otra llamada se me dice que hay orden de la Subdirección de Prestaciones de denegar todas las solicitudes de esta ayuda en las que el beneficiario tenga menos de 65 años, contraviniendo de forma flagrante la normativa publicada.
En su virtud,

SUPLICO A V.E. que, teniendo por presentado este escrito, lo admita a trámite y dé por interpuesto recurso de alzada contra la resolución dictada por la Gerencia Regional del ISFAS de XXXXXXXXXXXXXX, y solicitando que de las órdenes oportunas para que se conceda la ayuda solicitada al cumplir todos los requisitos para acceder a ella.
picolo69
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por picolo69 »

Hola compañeros,haber si me aportais algun dato.
Tengo un hijo de 30 años,con el maximo grado de dependencia,esta cobrando la ayuda por grave dependiente,350 euros,me entere de lo del 70% que daba el ISFAS,me puse en contacto con mi delegacion,me contestaron que dentro de este año,me citarian para que aportarauna serie de documentos, entre ellos el PIA, el cual tengo,hasta la fecha no he recibido notificacion alguna,se que MUFACE, lleva pagandola desde he año pasado,en todo seremos los ultimos,haber si alguien me puede informar como va el tema,Gracias.
picolo69.
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por FRAULCT »

picolo69, no hagas caso al ISFAS y presenta ya la solicitud de ayuda, pero si lees mi caso te va a tocar llegar hasta el recurso de alzada mínimo, ya que están denegando todas las que el beneficiario sea menor de 65 años por orden de la subdirección de prestaciones. En la web del ISFAS tienes los modelos de solicitud. PERO PRESENTA TU LA SOLICITUD Y CUANTO ANTES SIN ESPERAR A QUE TE LLAME EL ISFAS, puesto que se adquiere el derecho desde el momento que se solicita y si tardan 6 meses en avisarte eso que se ahorran.


Yo en cuanto me contesten al recurso de alzada lo avisaré por aquí, pero supongo que tendrán que pasar un par de meses al menos.
pope1
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por pope1 »

Gracias por el modelo de recurso.A ver si hay suerte.
FRAULCT
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por FRAULCT »

Actualizo un poco el tema, aunque todavía no he recibido la contestación al Recurso de Alzada.

Ayer conseguí información de como está el trámite, resulta que la Subdirección General de Recursos del Ministerio, le pidió un informe al ISFAS (¿piden un informe a quien ya ha denegado la solicitud anteriormente?) y que este informe ha salido del ISFAS negativo (normal, si ya habían denegado la solicitud no van ahora a decir lo contrario). Ahora el trámite está en la Asesoría Jurídica General del Ministerio de Defensa, y por lo que me comentó la persona con la que hablé, en el 99'9 % de los casos, una asesoría jurídica no contradice a la otra, por tanto estoy preparando el camino del contencioso, que supongo que será el siguiente paso. Me surge la duda de si me mandarán al contencioso en Madrid o en la provincia donde resido, porque como sea Madrid me da que irá para largo la resolución. Ya contaré cuando me llegue la resolución del recurso, si alguien está en la misma situación me gustaría contactar con el para posibles estrategias. Desde luego me estoy pensando bastante añadir al contencioso una denuncia penal por prevaricación y discriminación contra quien me denegó la solicitud en un principio.

SALUDOS
pope1
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Re: Nuevas prestaciones isfas (dependencia)

Mensaje por pope1 »

Pues yo ya interpuse el recurso de alzada, gastandome 100 eurillos en el abogado.Esperemos que haya suerte.
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