Tarjetas militares de indentidad ¿falsas?
Publicado: Mié Sep 08, 2010 11:04 pm
Compañeros de la Escala de la Guardia Real: Debido a los problemas que han surgido en relación con las tarjetas militares de identidad, quiero poner en vuestro conocimiento lo siguiente:
Como dije en la primera reunión que tuvimos de la asociación (y nadie me hizo caso), el personal de la Escala de la Guardia Real (todos, desde el Comandante al último Guardia Real), no han ingresado ni se han integrado nunca, jamás, en el Ejército de Tierra.
Al decir no han ingresado ni se han integrado nunca, quiero decir de derecho, o sea, no han solicitado, no han firmado, no ha salido publicado su ingreso en el Ejército de Tierra, ni se les han concedido los derechos inherentes al personal perteneciente al Ejército de Tierra.
Debo hacer una rectificación a lo anteriormente dicho: A l os Jefes, Oficiales y Suboficiales de la Escala de la Guardia Real, les concedían algunos derehcos más, pero no todos.
Los Cabos Primeros de la Guardia Real, Cabos de la Guardia Real y Guadias Reales, están absolutamente discriminados con respeto a los de su mismo empleo del Ejército de Tierra y a los Jefes, Oficiales y Suboficiales de su propia escala. Esto ha sido reconocido, en sentencia firme, por el Tribunal Supremo.
Nos consideran, para algunas cosas, militares de carrera pertenecientes al Ejército de Tierra del Ministerio de Defensa. Incluso nos han expedido la correspondiente tarjeta militare de identidad.
Teniendo en cuenta que el empleo de Guardia Real con Consideración de Suboficial no existe en las plantillas del Ejército de Tierra y que la Escala de la Guardia Real, se extinguió en fecha 1 de septiembre de 2002, puede ser que estas tarjetas no sean "adecuadas" o sea que sean más falsas que una moneda de tres euros.
Al declarse a extinguir la Escala de la Guardia Real, el personal de la misma, que pasó a la Guardia Civil, se integró de manera reglamentaria en el Cuerpo de la Guardia Civil. Previamente, se confeccionó un escalafón de referencia (todos pudimos comprobar el número de escalafón que nos hubiera correspondido de habernos ido a la G.C.) y una vez integrados, pasaron a ser guardias civiles de pleno derecho y dejaron de pertenecer a la Escala de la Guardia Real, como mandaba la Ley 17/1989 en si Disposición Final Quinta. Les proporcionaron la correspondiente tarjeta de identidad de la Guardia Civil, donde no hace mención alguna ni al empleo de Guardia Real, ni a la Guardia Real.
Tres años más tarde, el Gobierno, desarrolla la Disposición Final Quinta de la Ley y dice que el personal de la Escala de la Guardia Real, tiene derecho a la Reserva Transitoria del Ejército de Tierra.
El personal de la Escala de la Guardia Real, que pasó a la reserva del Ejército de Tierra, no se integró en el citado Ejército, como determina el Real Decreto 1637/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Reglamentarias de Integración de Escalas de las Fuerzas Armadas ni en el Cuerpo de la Guardia Civil, como manda la Ley 17/1989. Este personal, sigue perteneciendo a una Escala de la Guardia Real, que no existe desde 1 de septiembre de 2002 (Que la Escala de la Guardia Real, se extinguió en esata fecha, está reconocido en sentencia firme nº 646 del Tribunal Superior de Justicia Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Sexta, de fecha 5 de Mayo de 2005.
Nadie puede (debe) pertenecer a una Escala que no existe (Bueno, esto es en un Estado de Derecho, En Corea del Norte y en Mauritania, creo que sí).
A este personal, antes de darles algún derecho del Ejército de Tierra, debió integrarsele en el mismo. La integración de unas en otras escalas, creo que está reglamentada por Real Decreto.
Creo que para la emisión de una tarjeta militar de identidad, hacen falta, como mínimo tres cosas (Bueno, me refiero a la emisión legal en un Estado de Derecho).
1.- Que la persona en cuestión ingrese o sea integrada en el Ejército.(No se puede emitir una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tierra, a un jardinero que trabaje en, por ejemlo, La Moncloa, por muy disciplinado que sea)..
2.- Que el ingreso o integración sea publicado en el Boletín Oficial, con expresión del empleo y la antigüedad (Tampoco se le puede emitir a este jardinero, aunque un ayudante militar del Sr. Zapatero, le diga "usted tiene planta de militar y desde ahora le voy a considerar como Suboficial"
3.-Que el empleo sea uno de los existentes en las plantillas del Ejército.(No se le puede emitir una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tierra, donde diga: Empleo jardinero de La Moncloa con consideración de Suboficial).
¿Cómo se dice, emitir o expedir?
Ese empleo de jardinero de La Moncloa con consideración de Suboficial, no existe en las plantillas del Ejército y más, si el tal jardinero, no ha ingresado nunca ni ha sido integrado en el Ejército.
El empleo de Guardia Real con consideración de Suboficial, tampoco existe en las plantillas del Ejército y por mucho que lo diga algún Mando de los gordos (Me refiero a gordo de poder, no de físico), pues por mucho que diga que el personal de la Escala de la Guardia Real, pertenece al Ejército de Tierra, pues, como que no se pueden emitir (o expedir) tarjetas militares de identidad a estas personas.
¿Sería un delito emitir tarjetas militares de identidad de un organismo a personas que no pertenecen a él? Lo pregunto por que yo no lo sé. Ni tan siquiera se si se están emitiendo. Solo se que yo tengo una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tiera y, que yo sepa, nunca he ingresado en dicho Ejército, bueno, a lo mejor he ingresado y no me he dado cuenta. Dice el SIPERDEF, que ingresé en el Ejército de Tierra en el año 1972 y que he adquirido la condición de militar de carrera en el año 2007, a mí como que no me salen las cuentas.
¿Sería un delito mantener en el SIPERDEF datos falso sobre una persona?. No lo sé, pregunto.
En el susodicho SIPERDEF, figura que soy Cabo 1º militar de carrera. No parece raro que desde el año 1972 (que según figura ingresé como soldado) hasta ahora no haya ascendido algo más. Yo sé leer y escribir y las cuatro reglas, con esto ¿No debería haber llegado, como mínimo a Comandante?.
Solo pueden haber ocurrido una de estas dos cosas:
1ª.-Que me expedientaran (Dios me libre, si se entera mi madre), claro que, en ese caso me habrían expulsado del Ejército, máxime al cumplir 8 años de servicio en filas (Todos los militares lo saben, bueno y muchos civiles; todos los españoles de más de 50 años, o sea, los que hicimos la mili, sabemos que, en el Ejército, solo se podía permaneces durante 8 años como tropa; o ascendías a Sargento o te licenciaban sin más).
¡Ah, bueno! los de la Legión, los especialistas de la Armada... los... ¿Donde están?
La Ley 17/1989, declaró a extinguir todas estas escalas y todo el personal fue integrado reglamentariamente en el Ejército. Todos, menos la Escala de la Guardia Real.
2ª.-Que, fuera conductor de camiones, rompiera un camión (Que son caros de coj...) y lo esté pagando con el sueldo, que, como se sabe, el sueldo de Cabo 1º, no ha sido nunca gran cosa, ahora es que están bien pagados. Observese que digo "están", pues aunque el SIPERDEF dice que soy Cabo 1º, yo no cobro como los cabos primeros.
¡Ah!, se me olvidaba, hay una tercera opción: ¡¡Que hayan falsificados mis datos!!
En mi tarjeta militar de identidad pone: Ministerio de Defensa.-Ejército de Tierra.-Tal y tal y cobro mediante una nómina que pone: Ministerio de Defensa.
Señores, delante de mis ojos, tengo mi antigua tarjeta de identidad número 1.257, expedida en El Pardo, en fecha 27 de noviembre de 1986, en ella puede leerse:
“Casa de S.M. el Rey.-Guardia Real.-Don. Tal y tal.- Empleo: Cabo de la Guardia Real con consideración de Suboficial.-Destinado por Orden Tal y tal D.O. nº tal.). Está el escudo de la Guardia Real, mi fotografía, mi firma y la firma del Coronel Jefe.
En esa fecha, año 1986, percibía mis retribuciones a través de una nómina. Esa nómina, que la tengo delante de mis ojos, pone: Casa de S.M. el Rey.-Guardia Real.
Para tener un tarjeta militar de identidad del Ejército de Tierra, expedida a mi nombre legalmente, he debido ingresar o ser integrado en el Ejército de Tierra, entre las fechas 1986 y el día de hoy. A mi no se me a informado de ese extremo, ni figura por escrito en ningún sitio.
Por favor, si alguien conoce el reglamento (que lo habrá) que regula la expedición de las tarjetas de identidad militar, que lo comente o al menos diga si se pueden emitir a discreción del Mando o su emisión está sujeta a reglamento.
Sé que habrá alguien que lea esto y alguno se hará alguna pregunta, pues no se corten, pregunten las dudas que tengan, que tendré gusto en aclararselas, si puedo, claro está.
Muchas gracias por leerme.
Como dije en la primera reunión que tuvimos de la asociación (y nadie me hizo caso), el personal de la Escala de la Guardia Real (todos, desde el Comandante al último Guardia Real), no han ingresado ni se han integrado nunca, jamás, en el Ejército de Tierra.
Al decir no han ingresado ni se han integrado nunca, quiero decir de derecho, o sea, no han solicitado, no han firmado, no ha salido publicado su ingreso en el Ejército de Tierra, ni se les han concedido los derechos inherentes al personal perteneciente al Ejército de Tierra.
Debo hacer una rectificación a lo anteriormente dicho: A l os Jefes, Oficiales y Suboficiales de la Escala de la Guardia Real, les concedían algunos derehcos más, pero no todos.
Los Cabos Primeros de la Guardia Real, Cabos de la Guardia Real y Guadias Reales, están absolutamente discriminados con respeto a los de su mismo empleo del Ejército de Tierra y a los Jefes, Oficiales y Suboficiales de su propia escala. Esto ha sido reconocido, en sentencia firme, por el Tribunal Supremo.
Nos consideran, para algunas cosas, militares de carrera pertenecientes al Ejército de Tierra del Ministerio de Defensa. Incluso nos han expedido la correspondiente tarjeta militare de identidad.
Teniendo en cuenta que el empleo de Guardia Real con Consideración de Suboficial no existe en las plantillas del Ejército de Tierra y que la Escala de la Guardia Real, se extinguió en fecha 1 de septiembre de 2002, puede ser que estas tarjetas no sean "adecuadas" o sea que sean más falsas que una moneda de tres euros.
Al declarse a extinguir la Escala de la Guardia Real, el personal de la misma, que pasó a la Guardia Civil, se integró de manera reglamentaria en el Cuerpo de la Guardia Civil. Previamente, se confeccionó un escalafón de referencia (todos pudimos comprobar el número de escalafón que nos hubiera correspondido de habernos ido a la G.C.) y una vez integrados, pasaron a ser guardias civiles de pleno derecho y dejaron de pertenecer a la Escala de la Guardia Real, como mandaba la Ley 17/1989 en si Disposición Final Quinta. Les proporcionaron la correspondiente tarjeta de identidad de la Guardia Civil, donde no hace mención alguna ni al empleo de Guardia Real, ni a la Guardia Real.
Tres años más tarde, el Gobierno, desarrolla la Disposición Final Quinta de la Ley y dice que el personal de la Escala de la Guardia Real, tiene derecho a la Reserva Transitoria del Ejército de Tierra.
El personal de la Escala de la Guardia Real, que pasó a la reserva del Ejército de Tierra, no se integró en el citado Ejército, como determina el Real Decreto 1637/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Reglamentarias de Integración de Escalas de las Fuerzas Armadas ni en el Cuerpo de la Guardia Civil, como manda la Ley 17/1989. Este personal, sigue perteneciendo a una Escala de la Guardia Real, que no existe desde 1 de septiembre de 2002 (Que la Escala de la Guardia Real, se extinguió en esata fecha, está reconocido en sentencia firme nº 646 del Tribunal Superior de Justicia Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Sexta, de fecha 5 de Mayo de 2005.
Nadie puede (debe) pertenecer a una Escala que no existe (Bueno, esto es en un Estado de Derecho, En Corea del Norte y en Mauritania, creo que sí).
A este personal, antes de darles algún derecho del Ejército de Tierra, debió integrarsele en el mismo. La integración de unas en otras escalas, creo que está reglamentada por Real Decreto.
Creo que para la emisión de una tarjeta militar de identidad, hacen falta, como mínimo tres cosas (Bueno, me refiero a la emisión legal en un Estado de Derecho).
1.- Que la persona en cuestión ingrese o sea integrada en el Ejército.(No se puede emitir una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tierra, a un jardinero que trabaje en, por ejemlo, La Moncloa, por muy disciplinado que sea)..
2.- Que el ingreso o integración sea publicado en el Boletín Oficial, con expresión del empleo y la antigüedad (Tampoco se le puede emitir a este jardinero, aunque un ayudante militar del Sr. Zapatero, le diga "usted tiene planta de militar y desde ahora le voy a considerar como Suboficial"
3.-Que el empleo sea uno de los existentes en las plantillas del Ejército.(No se le puede emitir una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tierra, donde diga: Empleo jardinero de La Moncloa con consideración de Suboficial).
¿Cómo se dice, emitir o expedir?
Ese empleo de jardinero de La Moncloa con consideración de Suboficial, no existe en las plantillas del Ejército y más, si el tal jardinero, no ha ingresado nunca ni ha sido integrado en el Ejército.
El empleo de Guardia Real con consideración de Suboficial, tampoco existe en las plantillas del Ejército y por mucho que lo diga algún Mando de los gordos (Me refiero a gordo de poder, no de físico), pues por mucho que diga que el personal de la Escala de la Guardia Real, pertenece al Ejército de Tierra, pues, como que no se pueden emitir (o expedir) tarjetas militares de identidad a estas personas.
¿Sería un delito emitir tarjetas militares de identidad de un organismo a personas que no pertenecen a él? Lo pregunto por que yo no lo sé. Ni tan siquiera se si se están emitiendo. Solo se que yo tengo una tarjeta de identidad militar del Ejército de Tiera y, que yo sepa, nunca he ingresado en dicho Ejército, bueno, a lo mejor he ingresado y no me he dado cuenta. Dice el SIPERDEF, que ingresé en el Ejército de Tierra en el año 1972 y que he adquirido la condición de militar de carrera en el año 2007, a mí como que no me salen las cuentas.
¿Sería un delito mantener en el SIPERDEF datos falso sobre una persona?. No lo sé, pregunto.
En el susodicho SIPERDEF, figura que soy Cabo 1º militar de carrera. No parece raro que desde el año 1972 (que según figura ingresé como soldado) hasta ahora no haya ascendido algo más. Yo sé leer y escribir y las cuatro reglas, con esto ¿No debería haber llegado, como mínimo a Comandante?.
Solo pueden haber ocurrido una de estas dos cosas:
1ª.-Que me expedientaran (Dios me libre, si se entera mi madre), claro que, en ese caso me habrían expulsado del Ejército, máxime al cumplir 8 años de servicio en filas (Todos los militares lo saben, bueno y muchos civiles; todos los españoles de más de 50 años, o sea, los que hicimos la mili, sabemos que, en el Ejército, solo se podía permaneces durante 8 años como tropa; o ascendías a Sargento o te licenciaban sin más).
¡Ah, bueno! los de la Legión, los especialistas de la Armada... los... ¿Donde están?
La Ley 17/1989, declaró a extinguir todas estas escalas y todo el personal fue integrado reglamentariamente en el Ejército. Todos, menos la Escala de la Guardia Real.
2ª.-Que, fuera conductor de camiones, rompiera un camión (Que son caros de coj...) y lo esté pagando con el sueldo, que, como se sabe, el sueldo de Cabo 1º, no ha sido nunca gran cosa, ahora es que están bien pagados. Observese que digo "están", pues aunque el SIPERDEF dice que soy Cabo 1º, yo no cobro como los cabos primeros.
¡Ah!, se me olvidaba, hay una tercera opción: ¡¡Que hayan falsificados mis datos!!
En mi tarjeta militar de identidad pone: Ministerio de Defensa.-Ejército de Tierra.-Tal y tal y cobro mediante una nómina que pone: Ministerio de Defensa.
Señores, delante de mis ojos, tengo mi antigua tarjeta de identidad número 1.257, expedida en El Pardo, en fecha 27 de noviembre de 1986, en ella puede leerse:
“Casa de S.M. el Rey.-Guardia Real.-Don. Tal y tal.- Empleo: Cabo de la Guardia Real con consideración de Suboficial.-Destinado por Orden Tal y tal D.O. nº tal.). Está el escudo de la Guardia Real, mi fotografía, mi firma y la firma del Coronel Jefe.
En esa fecha, año 1986, percibía mis retribuciones a través de una nómina. Esa nómina, que la tengo delante de mis ojos, pone: Casa de S.M. el Rey.-Guardia Real.
Para tener un tarjeta militar de identidad del Ejército de Tierra, expedida a mi nombre legalmente, he debido ingresar o ser integrado en el Ejército de Tierra, entre las fechas 1986 y el día de hoy. A mi no se me a informado de ese extremo, ni figura por escrito en ningún sitio.
Por favor, si alguien conoce el reglamento (que lo habrá) que regula la expedición de las tarjetas de identidad militar, que lo comente o al menos diga si se pueden emitir a discreción del Mando o su emisión está sujeta a reglamento.
Sé que habrá alguien que lea esto y alguno se hará alguna pregunta, pues no se corten, pregunten las dudas que tengan, que tendré gusto en aclararselas, si puedo, claro está.
Muchas gracias por leerme.