cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constancia

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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jozzele
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cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constancia

Mensaje por jozzele »

Verán, les quiero formular una pregunta:

Soy cabo primero permanente de las Fuerzas Armadas, con 24 años de servicio,
siempre anduve destinado en barcos y jamás he conocido destinos de tierra (exceptuando periodos de escuela)
mi historial militar se podría considerar de intachable hasta el día de la fecha.

Pero, pero, pero ......

Hará cuestión de unos meses, tuve un agrio episodio en el cual dí positivo en un test de alcoholemia en un control de carretera.
A día de la fecha, ya se celebró el juicio en el cual se dictaminó la cuantía económica de la multa, el tiempo de retirada de carnet, los trabajos sociales .... etc. (¡Total !! , un marronazo!!)

Entonces, mi pregunta es la siguiente:

Es cierto, que la cruz a la constancia de plata de los 25 años, ya no me la dan??
Es cierto que ya no podría optar a ninguna otra condecoración (aún proponiéndome en mi destino)
Que otra repercusión profesional me podría acarrear esto??

Y, que conste, que mi intención nunca fué llegar a Almirante (ni si quiera a contra ni vice.)

Eso sí,
el pecho, me gusta lleno de medallas, incluso estando en la cárcel.

Compañeros, un abrazo a todos.
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trasgu123
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por trasgu123 »

Tan facil como leerse el Reglamento de dicha cruz. REAL DECRETO 682/2002.
Francisco I
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por Francisco I »

Hay que tener en cuenta los plazos para las cancelaciones de las faltas. Y solicitarlo en cuanto cumpla dicho plazo.
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GALLETO
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por GALLETO »

Hola jozzele, aunque no entren en tus aspiraciones los entorchados del almirantazgo, es muy loable tu interés por lucir el pecho. Así que ademas del Real Decreto que te indicó mi compañero trasgu, no dejes de ver la Orden Ministerial 69/2003 de fecha 23 de Mayo. Un saludo.
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zuku
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por zuku »

Solo te puedo decir que si "bebes no conduzcas" , y te lo digo yo que me gusta más la cerveza que a un tonto un lápiz.

Que no te condecoren por haber delinquido y ser un delincuente no tiene importancia, comparado con lo has podido provocar por conducir borracho; siento ser asi de duro pero es que lo tuyo ni tiene justificación ni apoyo posible.

Enfrentate al castigo con la mirada al frente y si te gusta llevar el pecho lleno de medallas, no cometas delitos

Un saludo
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diablo
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por diablo »

Buenas Jozzele.
Yo en tú lugar no me lo tomaria tan a la ligera ni tan en cachondeo, porque te puede costar tranquilamente la expulsión de las Fuerzas Armadas, así que lo que menos debe preocuparte es la multa y retirada del permiso de conducir que te haya impuesto el Juzgado, lo que realmente debe preocuparte es que como el Juez ordene o el Fiscal solicite enviar un testimonio de la sentencia al Departamento Juridico del Ministerio de Defensa, adios carrera; conoces el término delito doloso?, pues la alcoholemia como delito contra la seguridad del tráfico, está incluida en el grupo de los denominados delitos dolosos, es decir, aquellos que su autor los comete a sabiendas y conscientemente de lo que está realizando, y para un funcionario la comisión de un delito doloso supone la expulsión del Cuerpo.
Si llega ese momento no creo que el pecho lleno de medallas ni la cruz de constancia te vayan a dar de comer.

Saludos.
Tempus fugit

Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por Tempus fugit »

Quiza no sea yo el mas indicado para darte una charla sobre el alcohol y los vehiculos, no lo hare, entre otras cosas, por que como dicen en mi pueblo
" a burro muerto, cebada al culo", lo que hiciste ya no tiene remedio, evita que haya una proxima vez de la UNICA manera posible.

dicho esto, te dire que como decia la poesia de Machado " todo pasa y todo queda......"

Con esto te reitero lo dicho anteriormente, llegara un momento que todo lo anterior prescriba y se borre de tu Expediente,
Quiza sea mas dificil borrarlo de la memoria , eso depende de ti

La expulsion de las FAS, dada tu condicion de Permanente, es practicamente imposible, pero yo tampoco me lo tomaria a la ligera, por que puede traer repercusiones
Obviamente, la primera es que no te concederan Ninguna medalla, ni siquiera la de la Constancia
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diablo
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por diablo »

jaime1978
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por jaime1978 »

hola compañeros.
yo tenia una compañero; y digo TENIA, que hace algun tiempo (no se cuanto) dio positivo en un control de alcoholemia, nadie se entero en el cuartel.
A primeros de este año, quiso quitarse una falta leve, que tenia prescrita ya por tiempo pero seguia en su expediente, pidieron un certificado un certificado de penados (ahora lo hacen por ti, no lo pides tu), y aparecio el delito cuando ya ni se acordaba.
Pues en Septiembre, estando de vaciones, lo llaman que se pase por el cuartel urgentemente a firmar su baja del ejercito.
Tempus fugit

Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por Tempus fugit »

No es lo mismo Temporal Sujeto a Renovacion, que Permanente o de Carrera
ferdevi
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por ferdevi »

¡Buenos días a todos!
- Estoy de acuerdo con jamarcab!!

Los delitos tipifícados como dolosos son los que se realizan con voluntad en contra de las Normas que los regulan.

- Sin embargo en este caso,amigo jozzele para la expulsión del Oranismo al cual perteneces siendo permanente o militar de carrera tienes que tener una condena en sentencia firme de un tiempo superior a tres años.

- De todas formas la prescripción del mismo varía en función de la gravedad del delito cometido y en razón del que hayas cometido así será la prescripción, que en estos casos no supera los cuatro años, claro que afectará en los ascensos, condecoraciones e incluso puede que en los informes mientras éste no prescriba.

- El Ministerio del Interior tiene la obligación de comunicar a la Administración Militar tal delito.

- Ánimo y procura no volver a cometer al menos el mismo, ya que la reincidencia puede y trae consigo la máxima condena que el Juez llevará a cabo a petición del Fiscal del Estado.

-Que hayas cometido un delito no te convierte en delincuente habitual

Atentamente,

ferdevi
Última edición por ferdevi el Sab Nov 20, 2010 12:45 pm, editado 1 vez en total.
zuku
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por zuku »

ferdevi escribió:¡Buenos días a todos!
- Estoy de acuerdo con jamarcab!!

Los delitos tipifícados como dolosos son los que se realizan con voluntad en contra de las Normas que los regulan.

- Sin embargo en este caso,amigo jozzele para la expulsión del Oranismo al cual perteneces siendo permanente o militar de carrera tienes que tener una condena en sentencia firme de un tiempo superior a tres años.

- De todas formas la prescripción del mismo varía en función de la gravedad del delito cometido y en razón del que hayas cometido así será la prescripción, que en estos casos no supera los cuatro años, claro que afectará en los ascensos, condecoraciones e incluso puede que en los informes mientras éste no prescriba.

- El Ministerio del Interior tiene la obligación de comunicar a la Administración Militar tal delito.

- Ánimo y procura no volver a cometer al menos el mismo, ya que la reincidencia puede y trae consigo la máxima condena que el Juez llevará a cabo a petición del Fiscal del Estado.

-Que hayas cometido un delito no te convierte en delincuente.

Atentamente,

ferdevi

Según la RAE, delincuente es el que delinque, osea que cometa un delito.

[quote Los delitos tipifícados como dolosos son los que se realizan con voluntad en contra de las Normas que los regulan.

][/quote]

Beber y conducir se hace por propia voluntad o es que acaso te obligan a beber y luego conducir.

Siento decirte que siendo militar de carrera eres condenado por delito y eres condenado a solo 1 dia de inhabilitación, mientras dure el tiempo de la condena, que es muy posible vas a la calle de cabeza; tenemos un caso de un compañero en este foro

Un saludo
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por ferdevi »

Estimado zuco!!


- En el post al que haces referencia se clarifica que ha cometido un delito doloso, por otro lado si cometes un delito dentro del organismo al que perteneces"Fuerzas Armadas" y eres condenado, sólo entonces quedas inhabilitado mientres dure la condena.

Si ésta es inferior a tres años...cuando finalice el tiempo que en razón te aplicaron como condena y si eres militar de carrera o permanente(caso que nos ocupa)vueves a tu puesto de origen...

- Si tu delito fue en ámbito distinto al de Militar...caso de jozzele...para nada le pueden aplicar otra condena... en los terminos que se entienden, dentro de lo que se expuso en el post al que se hace referencia en la exposición anterior. eso si sería delito punibe contra tal estamento o por quien lo condenó.

Atentamente,

ferdevi
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por zuku »

ferdevi escribió:Estimado zuco!!


- En el post al que haces referencia se clarifica que ha cometido un delito doloso, por otro lado si cometes un delito dentro del organismo al que perteneces"Fuerzas Armadas" y eres condenado, sólo entonces quedas inhabilitado mientres dure la condena.

Si ésta es inferior a tres años...cuando finalice el tiempo que en razón te aplicaron como condena y si eres militar de carrera o permanente(caso que nos ocupa)vueves a tu puesto de origen...

- Si tu delito fue en ámbito distinto al de Militar...caso de jozzele...para nada le pueden aplicar otra condena... en los terminos que se entienden, dentro de lo que se expuso en el post al que se hace referencia en la exposición anterior. eso si sería delito punibe contra tal estamento o por quien lo condenó.

Atentamente,

ferdevi

Mira este caso, 1 año de inhabilitación y expulsión del Cuerpo

viewtopic.php?f=39&t=7491&p=40534&hilit ... cia#p40534

Un saludo
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Re: cabo 1º permanente // alcoholemia // cruz a la constanci

Mensaje por ferdevi »

Estimado zuco!!

- Me estas dando la razón!!

Queda inhabilitado mientras dure la condena.
- Si ésta es superior a tres años, entonces y sólo entonces cesa definitivamente en las fuerzas de seguridad del estado.

Un saludo

ferdevi
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