A partir de 1 de enero de 2011 los nuevos funcionarios están incluidos en el régimen general de la seguridad social a efectos de pensiones.
El personal de las fuerzas armadas y fuerzas y cuerpos de seguridad ingresados con posterioridad a 1 de enero de 2011 está incluido en el régimen general de la seguridad social a efectos de pensiones.
• Las prestaciones que son competencia de la SEGURIDAD SOCIAL son:
- o pensiones de incapacidad permanente, en los grados de total y absoluta
- o pensiones de jubilación por edad
- o pensiones de muerte y supervivencia derivadas del fallecimiento del militar (viudedad, orfandad, favor familiares)
• Siguen siendo competencia del REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FAS (ISFAS):
- o las lesiones permanentes no invalidantes, derivadas de acto de servicio
- o el complemento de gran invalidez
- o la asistencia sanitaria
Consulte este enlace para la tramitación de jubilacion funcionarios afiliados a la Seguridad Social