A partir de 1 de enero de 2011 los nuevos funcionarios están incluidos en el régimen general de la seguridad social a efectos de pensiones.

El personal de las fuerzas armadas y fuerzas y cuerpos de seguridad ingresados con posterioridad a 1 de enero de 2011 está incluido en el régimen general de la seguridad social a efectos de pensiones.

• Las prestaciones que son competencia de la SEGURIDAD SOCIAL son:

  • o pensiones de incapacidad permanente, en los grados de total y absoluta
  • o pensiones de jubilación por edad
  • o pensiones de muerte y supervivencia derivadas del fallecimiento del militar (viudedad, orfandad, favor familiares)



• Siguen siendo competencia del REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FAS (ISFAS):

  • o las lesiones permanentes no invalidantes, derivadas de acto de servicio
  • o el complemento de gran invalidez
  • o la asistencia sanitaria

Consulte este enlace para la tramitación de jubilacion funcionarios afiliados a la Seguridad Social