La Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil tiene por primordial objeto acoger y dar educación a los huérfanos de los socios fallecidos
Los beneficios y prestaciones de la APHGC podrán ser disfrutados por los siguientes beneficiarios:
• Los huérfanos.
• Los hijos de socios.
• Los nietos de socios.
• Los socios y sus cónyuges.
Y según el beneficiario, podrá acceder a los siguientes:
• Ayudas por orfandad.
• Ayudas a la discapacidad.
• Ayuda de dote matrimonial.
• Becas de estudio.
• Becas para perfeccionamiento de idiomas en el extranjero.
• Becas para oposiciones, postgrados y estudios complementarios.
• Acceso al Colegio, Internados y Residencia Universitaria “Duque de Ahumada” de la Asociación, en lo sucesivo RUDA.
• Gratificación mensual para huérfanos, colegiados y universitarios.
• Premios Extraordinarios por Rendimiento Escolar y Universitario.
• Becas de Formación para la realización de prácticas laborales.
• Ayuda y plaza en la Residencia de Mayores Virgen de la Cabeza (Guadarrama).
• Alojamiento en la Residencia Mariscal.
• Uso de instalaciones de la APHGC.
• Alquiler de viviendas y aparcamientos propiedad de la Asociación.
• Ayudas para otras residencias universitarias o alojamientos.
• Ayudas a huérfanos para la obtención de permisos de conducción necesarios para la utilización como conductor de vehículos a motor.
• Acceso al Colegio de Guardias Jóvenes.
El Reglamento de la Asociación establece que los beneficios de la misma, respecto a sus huérfanos, se harán efectivos bien proporcionando educación e instrucción a aquéllos que estén internos en sus centros, o bien ayudándoles por medio de pensiones cuando estén fuera de ellos.
Para dar cumplimiento a dicho mandanto por la APHGC se asignará a cada huérfano no interno mensualmente un importe económico determinado, bajo la denominación de “ayuda de orfandad ordinaria”, conforme a lo que se detalla en este Punto 2.
Dicha cantidad se verá incrementada en aquellos casos en los que el huérfano haya perdido a los dos progenitores (huérfanos absolutos), denominándose en este caso “ayuda de orfandad incrementada”.