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BENEFICIOS A LOS HUERFANOS COLEGIADOS 

Todos los huérfanos hijos de los afiliados a esta Asociación, tiene derecho hasta cumplir la edad de 22 años, a ocupar plaza en los Colegios, llevando además consigo las siguientes prestaciones:

a).- Enseñanza, alojamiento y manutención.

b).- Libros de texto y material escolar.

c).- Artículos de limpieza de aseo personal.

d).- Gratificación mensual.

e).- Billete de desplazamiento en vacaciones (Navidad, Semana Santa y Verano), y como consecuencia de nuevo ingreso y baja.

f).- Vestuario y uniformidad.

g).- Asistencia facultativa y medicamentos.

h).- Gasto de gafas (Por prescripción Médica).

i).- Tratamientos necesarios de endodóntica, Ortodoncia, Logopedia y Clases de reeducación por trastornos disléxicos.

j).- Otros Tratamientos Especiales, tendrán que ser aprobados por el Consejo de Gobierno y Administración, previo estudio individual de cada caso.

k).- Ayuda economica para la obtencion del permiso de conduccion.


BENEFICIOS A LOS HUÉRFANOS RESIDENTES.- 


Para todos los huérfanos/as que ocupen plaza en las Residencias de la Asociación; se beneficiarán de las siguientes prestaciones, (lo que corresponda mediante abono mensual:

a).-Alojamiento y manutención.

b).-Gratificacion mensual para: Artículos de aseo personal,Libros de texto,Material escolar,Gratificación,Transporte de desplazamiento a clase y vestuario, 267 Euros (Curso 2008/09).

c).-Billetes de desplazamiento: Navidad, Verano, Semana Santa y como consecuencia de nuevo ingreso y baja.

d).-Importe de las matrículas de aquellas asignaturas, en que se hubiese matriculado, previa justificación del gasto, por una sola vez a lo largo de la carrera universitaria; excepto lo que cursen estudios según lo regulado en el apartado Becas para Oposiciones y Estudios Postgrado.


GRATIFICACIÓN MENSUAL PARA HUÉRFANOS: 

Para huérfanos internos en Colegios (Hasta cumplir 22 años), y los que tengan derecho al alojamiento, y ocupen plaza en Residencias Universitarias ( Hasta cumplir 30 años, sean o no universitarios), dependientes de la Asociación. Esta Gratificación mensual; abarcará 10 meses del curso academico al año, (Curso 2008/09):

a).- Educación primaria: 35 Euros .

b).- Primer Ciclo Educación Secundaria 1º y 2º E.S.O.: 45 Euros .

c).- Segundo Ciclo Educación Secundaria, 3º y 4º E.S.O.: 55 Euros.

d).- Bachiller LOGSE y Ciclos Formativos de Grado Medio: 65 Euros.


PREMIOS EXTRAORDINARIOS POR RENDIMIENTO ESCOLAR PARA HUÉRFANOS: 

1.- ESTUDIANTES NO UNIVERSITARIOS:

ALUMNOS HUÉRFANOS COLEGIADOS EN LOS CENTROS DOCENTES "INFANTA MARÍA TERESA" Y "MARQUÉS DE VALLEJO"

a).- A los alumnos que al finalizar el curso, hayan aprobado con nota media de NOTABLE o superior. Abonarle una cantidad igual a la que les corresponde por los DIEZ MESES de gratificación mensual.

b).- A los alumnos que hayan obtenido, en cada "Evaluación Trimestral", una calificación de NOTABLE o superior. Abonarles DOBLE de la gratificación que se les asigna mensualmente, desde dicha evaluación hasta la siguiente.

c).- A los alumnos que hayan superado cada "Evaluación Trimestral", con todas las asignaturas aprobadas. Abonarles además de la asignación mensual, otra asignación equivalente a la MITAD de la anterior, desde dicha evaluación hasta la siguiente.

 

ALUMNOS HUÉRFANOS NO COLEGIADOS:

Los alumnos huérfanos que cursen estudios de Primer Ciclo ESO, Segundo Ciclo ESO, Bachiller LOGSE y Ciclos Formativos de Grado Medio, que hayan conseguido una nota media de SOBRESALIENTE a la finalización del curso correspondiente, recibirá un premio especial de 638 Euros.

 

2.- ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS:

HUÉRFANOS RESIDENTES:

Premio extraordinario de 754 Euros, a los que hayan superado el curso completo en los exámenes ordinarios del mes de Junio. (No repetidores).
HUÉRFANOS NO RESIDENTES:

Premio extraordinario de 1.044 Euros, a los que hayan superado el curso completo en los exámenes ordinarios de mes de Junio con nota media de NOTABLE o superior, (dentro de los estudios se incluyen los ciclos formativos de grado superior equiparandose a estudios universitarios a estos efectos).


3.-PREMIO "HILARIO BRAVO PALACIOS"

a).- CUATRO premios anuales para huérfanos no colegiados en Centros dependientes de la Asociación, que cursan estudios de 3 y 4º de E.S.O, 1º y 2º de Bachiller, y ciclos formativos de grado medio, (su inicio a partir del curso escolar 1.982/83), siendo el importe el 50% del rendimiento del capital existente en el legado de D. Hilario bravo Palacios mas 300 Euros.

b).- Anualmente se publican estos premios. Dependiendo la posterior concesión y la regulación de la cuantía del Consejo de Gobierno y Administración.

BECAS PARA HUÉRFANOS, HIJOS DE SOCIOS E HIJOS DEL CUERPO: 

Estas becas para huérfano/as (incompatibles con percibir becas de estudios universitarios o para oposiciones y estudios postgrado), o en defecto de éstos, para hijo/as de Socios o del Cuerpo, tendran un tiempo de permanencia maximo de DOS años (excepto pto 4), son publicadas periódicamente en Circular Informativa (B.O.C), con especificación de las características de cada una de ellas, siendo actualmente las siguientes:

1.- BECAS DE PERIODISMO: (En la Oficina de Relaciones Informativas y Sociales (ORIS), de la Dirección General de la Guardia Civil). Cada una de 696 Euros brutos mensuales.

Como redactores para la revista "Guardia Civil", con conocimientos de periodismo, informática y maquetación.
Como documentalistas, con conocimiento de periodismo, archivo de documentación y biblioteca.
2.- BECAS DE MEDIOS AUDIOVISUALES: (En la ORIS de la D.G.G.C.), de 696 Euros brutos mensuales.

Para el Área de Audiovisuales, con conocimientos de imagen y sonido.
3.- BECAS DE INTERNET: (En la ORIS de la D.G.G.C.), de 696 Euros brutos mensuales.

Internet con conocimientos y manejo de las herramientas de Internet.
Diseño gráfico, programas quark, adobe y con altas dotes de creatividad.
4.- BECAS "MARQUES DE VALLEJO"

Para perfeccionamiento de idiomas, anualmente se fijará el número de las mismas, y la cuantía que para cada una de ellas se marque.
5.- BECAS "AUXILIAR DE INVESTIGACIÓN": de 696 Euros brutos mensuales.

En el Centro de Análisis y Prospectiva de la Dirección General de la Guardia Civil.
6.- BECA ANUAL DE ARTES GRAFICAS: 696 Euros brutos mensuales.

En la imprenta-escuela de esta Asociacion.
7.- BECA EN LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL: 696 Euros brutos mensuales.

Encuadrado en un grupo de trabajo que elabora los conteniodos a publicar en intranet y en la red privada virtual del Cuerpo.
8.- BECARIOS, que efectuarán sus prácticas en los siguientes departamentos de esta Asociación, por 696 € brutos por becario-mes:

para la Biblioteca del Colegio "Infanta María Teresa".
para las dependencias administrativas de la Imprenta-Escuela.
para las dependencias del Área Económica.
9.- BECARIOS EN LA FUNDACION GUARDIA CIVIL

Con sede en la Direccion General de la Guardia Civil.
PRESTACIONES PARA LOS SOCIOS 


1.- Alquiler de viviendas propiedad de esta Asociación. (Normas de adjudicación de viviendas, publicadas en el B.O. del Cuerpo nº 1 de fecha 10-01-92).

2.- El uso de instalaciones deportivas propiedad de la Asociación:

Uso de la piscina cubierta y climatizada:(por personal que autorizara la Jefatura de la Administracion de Centros Docentes).
a) Precio por baño: 1,00 Euros
b) hasta 12 años y mayores de 65: 0,75 Euros.
3.- Becas de estudios que puedan establecerse con carácter anual, previa difusión en Circular Informativa.

4.- Solo los hijos de los socios, podran solicitar el ingreso en el Colegio de Guardias Jovenes.

5.- El uso de la Residencia "Mariscal".

6.- Próximamente, el uso de la Residencia para mayores, " Virgen del Camino".

DISPOSICION FINAL 

1.- CONCESIONES A LOS PRESENTES BENEFICIOS-PRESTACIONES:

Por el Presidente del Consejo, pudiendo delegar en el Coronel Jefe de la Sección.


 

 
 

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