Prestaciones por gafas o lentillas

Límite de la ayuda

Gafas completas (de lejos o cerca)

42 €

Sustitución de cristal de lejos o cerca (unidad)

15 €

Gafas completas bifocales o progresivas

84 €

Sustitución de cristal bifocal/progresivo (unidad)

36 €

Lentilla (unidad)

33 €

Lentillas desechables (ayuda anual)

66 €

 

Otras prestaciones oculares

Límite de la ayuda

Ayudas para la baja visión (gafas,  telelupa, lupas, filtros, microscopios)

180 €

Sustitución de cristal telelupa

40 €

Lente terapéutica (unidad)

62 €

Técnicas de Cirugía Refractiva (tratamiento de cada ojo)

200 €




Enlace a la sede electrónica para la tramitación de esta prestación.

Si no dispone de firma electrónica nosotros podeos emitir su firma electrónica.

Para el acceso a prestaciones por Gafas o Lentillas será preciso que la graduación óptica requerida sea igual o superior a 0,5 dioptrías.

Las ayudas para gafas, sustitución de cristales y lentillas, de cualquier tipo, son incompatibles entre sí,  pudiendo reconocerse solo una de ellas por cada año natural a favor del mismo beneficiario.

Si las lentillas fueran desechables, la ayuda máxima a conceder por este concepto será de 66 € por  año natural y beneficiario, debiendo solicitarse de una sola vez para su concesión.

Se tendrá en cuenta la fecha de la factura para el control de estos límites.

Podrán acceder a las prestaciones para ayudas ópticas para la baja visión los beneficiarios que  presenten una agudeza visual igual o inferior a 0,3 (3/10) con corrección, en el mejor ojo, o un campo  visual inferior a 10° desde el punto de fijación. En este caso, la solicitud deberá acompañarse del  informe de un especialista en oftalmología, en el que se detallará la agudeza visual del beneficiario  y, en su caso, el campo visual.

Los tratamientos mediante técnicas de cirugía refractiva darán lugar a una ayuda económica exclusivamente en el caso de beneficiarios con defectos de refracción estabilizados, por tanto, con  edad superior a 21 años, y siempre que se requiera una corrección igual o superior a 4 dioptrías.

Cuando exista un defecto combinado el defecto más severo deberá alcanzar el límite señalado.

El importe de la ayuda económica por cirugía refractiva será equivalente al 50% del coste del  tratamiento sin que, en ningún caso, esta ayuda pueda superar el límite de 200 € por el  tratamiento de cada ojo