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Cuando ocurra cualquier accidente o enfermedad es necesario que, a la mayor brevedad posible, se informe a la Unidad donde está destinado indicando la fecha y hora del accidente, las circunstancias del mismo, centro sanitario donde es atendido y qué lesiones presenta.
Debe asegurarse de que la unidad ha comunicado los hechos. Si no se está seguro de ello comunicarlo directamente a :
La Estrella, S.A. – 900.152.326
Documentos a presentar.
Fallecimiento:
- La UCO de destino del fallecido remitirá original del documento de designación de Beneficiarios del seguro colectivo de vida en el plazo más breve posible sin esperar a ningún otro documento que se precise para la gestión del seguro (Anexo III).
Este documento es de máxima importancia y si no existiese, la Unidad lo comunicará a DIGENPER.
- Certificado de Últimas Voluntades, expedido por el Ministerio de Justicia.
En el caso de que conste la existencia de testamento, copia del último.
- Certificado literal de inscripción del fallecimiento en el Registro Civil correspondiente, debidamente compulsado
- Fotocopias de las hojas del libro de familia donde figuren los Beneficiarios designados (si son familiares de primer grado) y el fallecido.
- Fotocopia del D.N.I. de los Beneficiarios designados.
- Número de Cuenta corriente de cada uno de los Beneficiarios utilizando los 20 dígitos (Entidad Bancaria / Agencia / Dígito de control / Número de cuenta).
Esta documentación se puede presentar directamente en:
LA ESTRELLA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS CENTRO OPERATIVO DE SINIESTROS – ÁREA DE PERSONALES C/. ORENSE Nº 2 (28020 MADRID
Lesionados a los que se les ha reconocido una invalidez permanente absoluta o para solicitud de reembolso de gastos
En este caso debemos comenzar nosotros los trámites, de reclamación al seguro utilizando el anexo I que aparece en la póliza, y el plazo debe de estar dentro de los TREINTA (30) DÍAS después de finalizado el expediente donde se reconoció dicha invalidez.
Documentación a presentar por el asegurado:
- Documento de petición normalizado según ANEXO I.
- Acta de la Junta Médico Pericial en la que se haga constar:
- Fecha del accidente o de primer diagnóstico de la enfermedad.
- Lesiones sufridas.
- Diagnóstico inicial.
- Tratamiento seguido.
- Evolución de las lesiones.
- Secuelas invalidantes que, con carácter permanente, padece el Asegurado, así como la valoración y dictamen de la discapacidad resultante del reconocimiento de aptitudes psicofísicas.
- Si además se presentase informe médico, necesariamente deberá ser emitido por el médico o médicos que prestaron la asistencia, y tendrá la fecha en la que fueron calificadas como definitivas las secuelas que padezca.
- Fotocopia del D.N.I. del accidentado.
- Facturas originales de gastos si procede su indemnización, así como los documentos justificativos de la inexistencia total o parcial de cobertura por el sistema asistencial correspondiente y de las cantidades percibidas.
(Ver notas del punto 2 “Que riesgos cubre”)
- Comunicación del Ministerio de Defensa o fotocopia del BOD, donde conste el reconocimiento de la invalidez permanente absoluta para toda profesión u oficio.
- En los accidentes de tráfico, es necesario aportar informe del atestado facilitado por la Guardia Civil o Policía.
- Número de cuenta corriente del asegurado, en la que debe de figurar como titular, utilizando los 20 dígitos (Entidad Bancaria / Agencia / Dígito de control / Número de cuenta)
- Para el reembolso de gastos, el Asegurado deberá aportar documentación original que acredite la inexistencia de cobertura o el abono parcial percibido por el sistema asistencial al que pertenezca el Asegurado o cualquier otro de carácter oficial.
Esta documentación se puede presentar directamente en:
LA ESTRELLA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS CENTRO OPERATIVO DE SINIESTROS – ÁREA DE PERSONALES C/. ORENSE Nº 2 (28020 MADRID
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