Solicitud de jubilacion funcionarios

Para solicitar las pensiones jubilacion funcionarios de la seguridad social los funcionarios militares que hayan causado alta a partir de 1 de enero de 2011 ya no deben dirigirse a la Subdirección General de pensiones militares, deben hacerlo según se indica a continuación:

  • Pensiones ordinarias: Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social –INSS- de la provincia de residencia del interesado (http://www.seg-social.es/Internet_1/Oficinas/index.htm) 
  • Pensiones derivadas de acto de servicio: Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social –INSS- de la provincia de residencia del interesado o Mutua colaboradora con la Seguridad Social, en función de quien tenga asumida la cobertura de la contingencia profesional. En la actualidad esta contingencia la cubre FREMAP (900 61 00 61).

Para solicitar la pensión debe utilizarse el formulario específico, acompañando la documentación que se detalla en el propio formulario y, en caso de incapacidad, la que le habrá facilitado previamente el Ministerio de Defensa.




Las pensiones de Clases Pasivas dependen del Ministerio de Hacienda por lo que, ante cualquier duda, conviene consultar a dicho Ministerio o a las Delegaciones Provinciales de Hacienda y Administraciones Públicas. Así, los Servicios Centrales se encuentran en Madrid, Avda. del General Perón, 38 (Edificio Master’s II) C.P.: 28020. Teléfono Gratuito 900 503 055. También en las Delegaciones de Hacienda y Administraciones Públicas provinciales.

También pueden dirigirse a un habilitado de clases pasivas, que es el profesional en este tipo de prestaciones, que le asesorará ampliamente sobre todos los términos relativos a su jubilación.

La jubilación del funcionariado puede producirse por distintos motivos: