Una soldado logra que el juez reconozca su derecho a no hacer guardias para cuidar a su hija

Reconciliación familiar

El pasado 23 de noviembre, un juez de lo contencioso-administrativo de Murcia sentenció que la soldado M. C. tiene derecho a quedar eximida de guardias, servicios y maniobras para atender a su hija de dos años. Cuando se reincorporó tras la baja maternal, en enero de 2016, M. C. obtuvo permiso para llegar cada día al cuartel a las 8.30. Reducir su jornada laboral en una hora le permitía dejar a su hija en la guardería, a cambio de recortar su sueldo en un 15%, hasta quedar en unos 900 euros mensuales, pero no le libraba de hacer guardias de 24 horas, participar en ejercicios fuera de la base o acudir obligatoriamente a la celebración de la patrona o carreras deportivas. Con frecuencia, estos eventos se anunciaban con tan poca antelación que le era muy difícil encontrar a alguien que se ocupase de su hija.

Según una orden de Defensa, los militares a cargo de hijos menores de 12 años tienen derecho a la reducción de jornada, con la disminución proporcional de sus retribuciones. Si el hijo es menor de cuatro años —como es el caso de M.C.— deben quedar exonerados de guardias, servicios, maniobras y otras actividades “que interfieran con el disfrute de la reducción de jornada, cuando las necesidades del servicio lo permitan”.

Son los mandos militares los que determinan en cada caso cuáles son necesidades del servicio y si estas interfieren o no en el cuidado de los hijos. Es probable que el coronel jefe de M. C. tuviera un profundo conocimiento de las necesidades del servicio, aunque no las explicó a nadie, pero parece ignorar las que requiere atender a un bebé, según la sentencia. “Es obvio”, subraya, “que [las guardias y maniobras] sí interfieren. La atención familiar de un menor necesita planificación. No puede dejarse al azar o depender de las incidencias que eventualmente puedan darse en el puesto de trabajo. Salvo que se acrediten necesidades del servicio que no están acreditadas en este caso”.

Pero las opiniones de la secretaría de Igualdad no son vinculantes y el Abogado del Estado, que representa a Defensa, se ha opuesto a la demanda de M.C. alegando que eximirla a ella de las guardias supone “una carga adicional de trabajo” para sus compañeros. Un argumento que vale para suprimir el permiso de maternidad y cualquier otro.