3.2 Ayudas para actuaciones de podología básica para mayores.

3.2.1 Concepto.–A los efectos de esta prestación, se entiende por ayudas para actuaciones de podología básica para mayores aquellas ayudas económicas directas destinadas a financiar una parte del coste de las asistencias de quiropodia o podología básica prestadas en consultas de podólogos colegiados a los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE, que cumplan los requisitos establecidos en el siguiente epígrafe.

Asimismo y a estos efectos, se define la quiropodia como el tratamiento de las alteraciones dérmicas y ungueales mediante la aplicación de diferentes técnicas no quirúrgicas.

3.2.2 Beneficiarios.–Tendrán derecho a las ayudas para actuaciones de podología básica para mayores quienes reúnan los siguientes requisitos:

Ser titular y encontrarse en alta o en situación asimilada al alta o ser beneficiario del mutualismo administrativo, dentro del Régimen especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Tener cumplidos 70 o más años de edad en la fecha de la consulta por la que se pide la ayuda.

No tener derecho a la cobertura total de estos servicios de podología a través de los conciertos de asistencia sanitaria que MUFACE tenga suscritos con Entidades Médicas o de forma directa por la Mutualidad.

Haber recibido la consulta de quiropodia por parte de podólogo colegiado.

3.2.3 Cuantía.–La ayuda económica será de 9 euros por consulta y beneficiario con un máximo de tres ayudas por beneficiario y año de la convocatoria.

3.2.4 Convenio de Colaboración con el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.–MUFACE tiene suscrito un Convenio de Colaboración con el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos por el que se establece un precio de 18 euros por consulta de quiropodia para facilitar el acceso a estos servicios a los beneficiarios de estas ayudas. La lista actualizada de podólogos colegiados acogidos al mismo podrá consultarse en la página Web de MUFACE y en sus Servicios Provinciales, todo ello sin detrimento de la condición de beneficiarios de quienes hayan decidido recibir los servicios objeto de estas ayudas por parte de cualesquiera otros profesionales podólogos colegiados de su elección.

Descarga de la convocatoria publicada en el B.O.E.