La Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil por acuerdo de su Consejo de Gobierno y Administración convoca un concurso para la adjudicación de becas de estudios para educación superior para los huérfanos de esta APHGC. Las bases por las que se regirá la Convocatoria serán las siguientes:

1.- Antecedentes.

En las vigentes Normas sobre Socios, Beneficios y Prestaciones de la Asociación Pro Huérfanos de la Guardia Civil, en su apartado 2.1.1 se definen las condiciones necesarias para tener la consideración de huérfano protegido de esta Asociación; y en el apartado 5 de las citadas Normas se regula, de forma general, la concesión de las Becas de estudios para Educación Superior, constando los requisitos, limitaciones y cuantías de dichas Becas.

Igualmente en dichas Normas se ordena la publicación anual de una Convocatoria donde se regule el procedimiento y plazo de solicitud, así como la documentación a aportar por el solicitante.

2. Finalidad
Facilitar la formación de los huérfanos y favorecer su incorporación al mercado laboral poniéndose a su disposición un programa de becas para los que estén cursando una enseñanza superior del sistema educativo español en centros oficiales públicos o legalmente autorizados.

3. Personas beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas los huérfanos de socios de la APHGC que estén o hayan estado protegidos y que cumplan los requisitos de la presente convocatoria.

4. Número de becas convocadas y enseñanzas comprendidas
Para el curso académico 2024-2025 se convocan becas sin límite de número determinado de huérfanos beneficiarios, con los requisitos y limitaciones establecidos en esta convocatoria, para las siguientes enseñanzas:

  • 4.1. Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado, máster y doctorado, y enseñanzas artísticas superiores.
  • 4.2. Ciclos de formación profesional de grado superior y enseñanzas deportivas de grado superior.

5. Cuantías de las becas
Las cuantías a percibir son las que se establecen en el anexo I de las Normas, estructurándose en los siguientes niveles:

  • a) Estudios comprendidos en el apartado 4.1 anterior: 3.200
  • b) Estudios comprendidos en el apartado 4.2 anterior: 2.000



6. Requisitos:

Para ser beneficiarios de esta beca de estudios, los solicitantes deberán:

  • a) Estar matriculados en el curso 2024/2025 en alguno de los estudios mencionados en el apartado 4 de estar convocatoria.
  • b) Ser huérfano de socio de la APHGC, menor de 30 años a fecha 1 de septiembre del año en que inicia el curso 2024/2025.

8. Solicitud y plazos

  • 8.1. Solicitud
    Se solicitará mediante el formulario disponible en la pagina web de la Asociación www.aphgc.es, que será suscrita por el huérfano mayor de edad o, en su caso, por el tutor legal.
    Será remitida a la cuenta de correo electrónico registro@aphgc.es o físicamente entregada en el registro de la APHGC, en la calle Príncipe de Vergara, nº 248, 28016 Madrid.
  • 8.2. Plazo de solicitud.
    Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOGC hasta el treinta (30) de abril de 2025, inclusive.
    Por el registro de la Asociación se acusará recibo de la entrada de la solicitud, dando traslado de la misma a la Sección de Huérfanos, Apoyo y Gestión de Ayudas.

9. Documentación
A la solicitud acompañará la siguiente documentación:

  • a) Fotocopia en vigor del DNI del estudiante.
  • b) Certificación de la matrícula del curso para el que solicita la beca.
  • c) Justificante de abono de la matrícula, salvo que quedara acreditado con el documento anterior.
  • d) Los estudiantes que soliciten la beca por segunda vez u sucesivas, certificación oficial expedido por el centro o universidad de las calificaciones obtenidas en el curso 2023/2024 a efectos del anexo de esta convocatoria.

Para el curso académico 2024-2025 se convocan becas sin límite de número determinado de huérfanos beneficiarios, con los requisitos y limitaciones establecidos en esta convocatoria, para las siguientes enseñanzas:

Puedes acceder a través de este enlace a la convocatoria completa.