Convenio RENFE-GUARDIA CIVIL 2019

Renfe Viajeros, en todos los trenes de ámbito nacional, aplicará al personal de la DGGC con derecho a reducción una bonificación sobre el precio del billete tasado a Tarifa General o Comercial:

a) Trayectos AVE y larga distancia. El viajero abonará el 80% del precio del billete, siendo el 20% restante con cargo a la DGGC.
b) Media distancia convencional y Avant. El viajero abonará el 60% del precio del billete, siendo el 40% restante con cargo a la DGGC.
c) Trenes de cercanías. El viajero abonará el 40% del precio del billete, siendo el 60% restante con cargo a la DGGC.

Para la modalidad c) el personal retirado será beneficiario solo durante el año o periodo anual en que se haya producido el pase a la situación de retiro.

Con motivo de la integración de Feve en Renfe Viajeros, serán de aplicación las tarifas comerciales de cercanías y media distancia cuando el personal de la DGGC utilice los trenes de ancho métrico (antigua FEVE).

Este derecho se refiere a todas las clases de acomodación.Estas bonificaciones serán aplicables igualmente sobre las ofertas comerciales reflejadas más adelante, siempre que el personal de la DGGC con derecho a reducción reúna además los requisitos exigidos para la aplicación de cada una de estas ofertas:

1) Ida.
2) Ida y Vuelta.
3) Flexible.
4) Tarifa Promo.
5) Tarifa Promo +.
6) BonoAVE.
7) BonoAVE Flexible.
8) Tarjeta Dorada.
9) Abono Tarjeta Plus.
10) Tarjeta Plus 10 (Excepto Tarjeta Plus 10 Estudiantes).
11) Abonos Mensuales de Media Distancia Convencional (excepto Abonos Mensuales Estudiantes):
Abono Mensual Regional.
Tarjeta Mensual 40 Sencilla.
Tarjeta Mensual 40 Libre.
12) Abono Trimestral en el ámbito de Cataluña.
13) Abono Mensual de Cercanías.
14) Carné Mensual de Ancho Métrico Cercanías (excepto Universitario).
15) Familias Numerosas.

En el caso de que el viajero sea portador del Título de Familia Numerosa (Categoría General o Especial) se aplicará en primer lugar la bonificación aplicable a la condición de Guardia Civil y posteriormente el descuento de Familia Numerosa. Igualmente serán incorporadas las ofertas o tarjetas que Renfe Viajeros ponga en funcionamiento en un futuro para sus clientes; siendo necesario, en todo caso, su estudio y aprobación por parte de la Comisión Mixta de Seguimiento.

Para la aplicación de la citada bonificación al personal con derecho a reducción, será preceptivo que el mismo tenga en vigor su correspondiente Tarjeta de Identidad Militar (TlM) modelo «A» y los Guardias Civiles Alumnos de los Centros Docentes de Formación
de la Guardia Civil la TIM modelo «C», o en su defecto, para ambos, un Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación, cuyo formato se recoge en el anexo III; pudiendo exigirse de forma complementaria por Renfe Viajeros, la exhibición del documento nacional
de identidad (DNI).

Lo especificado en el párrafo, que viene recogido en el anexo II del presente Convenio, es sin perjuicio de la posibilidad de poderse implantar en un futuro una tarjeta específica de viajero en los viajes por cuenta propia para el personal beneficiario del presente
convenio.

Tanto en los puntos, de control de acceso, como durante el trayecto, el personal con derecho a bonificación, deberá identificarse ante el personal autorizado del Área de Intervención de Renfe Viajeros, cuando fueren requeridos para ello.

Asimismo, el personal con derecho a bonificación deberá portar y, en su caso, exhibir el correspondiente título de transporte, así como la tarjeta de identificación enunciada en el Anexo II, cuando fuere requerido para ello por el personal de Renfe Viajeros a que se refiere el párrafo anterior.