Excedencia voluntaria

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costa2439
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Excedencia voluntaria

Mensaje por costa2439 »

Hola, buenas a todos, estaba mirando los plazos de las excedencias voluntarias porque puede que necesite solicitarla y mirando la ley de la carrera militar no me queda clara una cosa.

El tiempo mínimo esta claro, son 2 años, pero luego pone:
En esta situación se podrá permanecer un tiempo mínimo de dos años, transcurridos los cuales el interesado permanecerá en el escalafón correspondiente en el puesto que ocupara en ese momento y no será evaluado para el ascenso. Al cesar en ella finalizará la inmovilización pero la pérdida de puesto será definitiva. Si se le concediese esta situación por segunda o sucesivas veces quedará inmovilizado en el puesto que tuviere en el escalafón correspondiente en el momento de la concesión.
y mas abajo
Durante el tiempo permanecido en esta situación no devengarán retribuciones ni les será computable a efectos de tiempo de servicios, trienios y derechos pasivos.

¿Entiendo que se empieza a perder antigüedad en el empleo a partir de esos 2 años y que lo de que no es computable en tiempo de servicio es para la jubilación y todo esto?

Gracias a todos
Danaerys
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Danaerys »

Lo de la antigüedad y el escalafón no lo sé, pero para el tiempo de servicio, trienios y la cotización se cuenta desde el día 1 de la excedencia, no a partir de los 2 años.
Además durante el tiempo que dure, dejas de ser militar y de tener ISFAS.
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GELOSA
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por GELOSA »

Siempre vas a perder algo de antigüedad, de hecho hay pérdida de puestos en el escalafón.
Yo la solicité dos años entre 1998 y 2000 en el empleo de Sargento Primero, mi promoción ascendió a Brigada en verano de 2000 y yo no lo hice hasta noviembre del 2001, además me integraron con la X cuando yo soy de la IX.
Entiendo que la excedencia es por interés particular, es importante saber que por el cuidado de hijos el primer año cuenta como de servicios efectivos, nunca se sabe si al final ese año te puede servir para algo el día de mañana.
costa2439
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por costa2439 »

Danaerys escribió: Jue Jul 29, 2021 4:47 pm Lo de la antigüedad y el escalafón no lo sé, pero para el tiempo de servicio, trienios y la cotización se cuenta desde el día 1 de la excedencia, no a partir de los 2 años.
Además durante el tiempo que dure, dejas de ser militar y de tener ISFAS.

Gracias, eso lo tenia en cuenta
GELOSA escribió: Vie Jul 30, 2021 11:12 am Siempre vas a perder algo de antigüedad, de hecho hay pérdida de puestos en el escalafón.
Yo la solicité dos años entre 1998 y 2000 en el empleo de Sargento Primero, mi promoción ascendió a Brigada en verano de 2000 y yo no lo hice hasta noviembre del 2001, además me integraron con la X cuando yo soy de la IX.
Entiendo que la excedencia es por interés particular, es importante saber que por el cuidado de hijos el primer año cuenta como de servicios efectivos, nunca se sabe si al final ese año te puede servir para algo el día de mañana.
Segun interpreto yo ese texto, que puede ser completamente erroneo

Pediste la excedencia, en mi caso seria por interes particular, estuviste el minimo 2 años y te darian de alta 1 dia o mas despues de ese tiempo minimo, por lo que al perder ese dia o mas de antiguedad pasaste a ser el ultimo de tu promocion o el primero de la otra, no?

Si perdieras antiguedad de 2 años en los cuadrantes de servicios saldria 2 promociones por detras, no se, es lo que me dice la logica, muchas gracias
GELOSA
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por GELOSA »

Pedí 2 años de excedencia justos y si la memoria no me falla ,que todo es posible, me integraron con la siguiente promoción.
Tendré que revisarlo ya que han pasado más de 20 años.
Lo que es seguro es que perdí muchos puestos en el escalafón.
GELOSA
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por GELOSA »

La memoria no me fallaba, me integraron en la siguiente promoción, perdí 341 puestos en el escalafón.
Desconozco el criterio que siguieron, bien es cierto que tampoco lo pregunté, comenzaba mi expediente de baja y en ese momento no le di importancia.
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Adan_bm90 »

Buenas noches, soy un soldado con contrato de larga duración, estoy de excedencia voluntaria desde el 31 de marzo de 2020, hasta cuándo tengo para poder volver? Y que pasa a partir de los dos años de excedencia?
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Francisco I »

Adan_bm90 escribió: Vie Nov 26, 2021 1:18 am Buenas noches, soy un soldado con contrato de larga duración, estoy de excedencia voluntaria desde el 31 de marzo de 2020, hasta cuándo tengo para poder volver? Y que pasa a partir de los dos años de excedencia?
En buena lógica, tu excedencia puede durar hasta el día antes en que, de haber seguido en activo, hubiera finalizado tu contrato de larga duración.
Para los militares de carrera, no hay límite de tiempo máximo en situación de excedencia. Se puede estar hasta los 65 años de edad; que es cuando finaliza su "contrato".
Shepi
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Shepi »

Saludos cordiales a todos.

Alguien podría confirmarme el tiempo máximo de permanencia en la situación de excedencia por interés particular? Existe un tiempo máximo estipulado para volver??

Me refiero al caso de militar de carrera
Muchas gracias.
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por trasgu123 »

El Reglamento de Situaciones Militares solo marca tiempo MINIMO.
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Francisco I »

Shepi escribió: Lun Nov 29, 2021 12:17 am Saludos cordiales a todos.

Alguien podría confirmarme el tiempo máximo de permanencia en la situación de excedencia por interés particular? Existe un tiempo máximo estipulado para volver??

Me refiero al caso de militar de carrera
Muchas gracias.
No existe limite de tiempo máximo a permanecer en excedencia.
Shepi
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por Shepi »

Muchas gracias…
Esque aún revisando la ley con detalle no me quedaba claro
y no sabia… los funcionarios tienen un límite y había oído en algunos círculos que hay equiparación con ellos en ese sentido.
Entiendo que conocen algún caso??

Gracias de nuevo por su atención y lamento las molestias…
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Re: Excedencia voluntaria

Mensaje por trasgu123 »

En ese sentido los MIlitares tienen normativa legal propia y especifica para ellos.
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