Indemnizaciones!

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Kuki_bomb
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Indemnizaciones!

Mensaje por Kuki_bomb »

Hola grupo buenos días!! Soy nuevo por el foro pero no se como hacer la consulta a ver si alguien me puede responder: El tema es soy sargento en activo del ET con 5 años y 2 meses de antigüedad como sargento pero 13 años en total de servicio.. el tema es que he aprobado la oposición para la Policía local de mi tierra en Tenerife y me gustaría saber si me pertenece indemnización y cómo calcularla e incluso donde tendría que solicitar el trámite… saludos y muchas gracias de antemano
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trasgu123
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por trasgu123 »

Cuando alguien se va voluntariamente de una empresa, indemnizacion en concepto de que ??
Kuki_bomb
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Kuki_bomb »

Indemnización en concepto de finiquito, si no estoy equivocado al solicitar la baja del ET te corresponde una cantidad Eur/año en caso de tropa en torno 380 eur año de servicio y en el caso de suboficial 580 año de servicio!! Por eso quiero informarme y ver si hay alguien que entienda sobre el tema saludos
Francisco I
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Francisco I »

No hay indemnización de ningún tipo. Lo que si puedes es pedir la excedencia en las FAS, por si en algún momento te interesara volver; cosa que no creo que ocurra, pero nunca se sabe las vueltas que puede dar la vida.
También tienes derecho a que se te sigan reconociendo los trienios que hasta ahora tengas reconocidos, y se te acumulen con los que perfecciones como policía local.
Y cuando te llegue el momento de la jubilación, todos los años cotizados en las FAS te serán tenidos en cuanta para el cálculo de la pensión.
Tiene muchos bemoles, que un Suboficial de las FAS le interese pasarse a Policía Local; el mundo al revés, con tanto "progreso"
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trasgu123
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por trasgu123 »

Amigo Francisco, supongo que sus motivos tendra: Horarios, sueldo, etc.

A principios de los 80 se rumoreo que habria varias plazas para militares (Oficiales y Suboficiales) en la Ertzaintza y te puedo asegurar que las de Suboficiales se hubiesen cubierto sin problema. Al final fueron cuatro oficiales, aunque me suena que uno no llego a incorporarse o duro muy poco.
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió: Sab Sep 25, 2021 10:50 pm Amigo Francisco, supongo que sus motivos tendra: Horarios, sueldo, etc.

A principios de los 80 se rumoreo que habria varias plazas para militares (Oficiales y Suboficiales) en la Ertzaintza y te puedo asegurar que las de Suboficiales se hubiesen cubierto sin problema. Al final fueron cuatro oficiales, aunque me suena que uno no llego a incorporarse.
Por eso lo digo; porque los motivos deberían de apuntar en sentido contrario. ¿ O acaso sabes tu de muchos médicos que quieran pasar a ser ATS ; o de Oficiales que quieran pasar a ser Suboficiales ? Un Policía Local es del Grupo C-1, mientras un Suboficial es del A-2. Allá cada cual con sus preferencias; pero me reafirmo en que el mundo va al revés.
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por trasgu123 »

Si y No.

La Policia Local, Ertzaintza, etc., esta en la S Social, cotiza por el sueldo, y de normal el sueldo es mayor que el de un Sargento; ademas el horario se sigue a rajatabla, se pagan las horas extras, trabajar en festivos, nocturnidad, etc.

Los militares vamos a la cola de todo eso. Como me lo decia un Cabo 1º de la GC, destinado en la puerta de al lado de la mia,: ""No se como puedes vivir con el sueldo de Brigada".
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Kuki_bomb »

Pues si tienes razón señor el mundo al revés pero no me vale de nada seguir siendo sargento en las Fas si estoy en Madrid siendo canario y por mucho que el grupo de cotización sea A2 cobro 500 eur menos y pago 3 veces más de alquiler así que contéstate tú mismo a tus dudas jejej sin ánimo de ofender saludos
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Francisco I »

Kuki_bomb escribió: Sab Sep 25, 2021 11:21 pm Pues si tienes razón señor el mundo al revés pero no me vale de nada seguir siendo sargento en las Fas si estoy en Madrid siendo canario y por mucho que el grupo de cotización sea A2 cobro 500 eur menos y pago 3 veces más de alquiler así que contéstate tú mismo a tus dudas jejej sin ánimo de ofender saludos
No, si yo no tengo dudas. Yo lo que estoy es muy cabreado con que las cosas hayan cambiado de tal forma que hoy la realidad sea esa.
El jefe de la Policía Local de mi pueblo, es un Subteniente de la Guardia Civil, y además gana casi tanto como el Alcalde.
Hace mas de 30 años, que uno de mis capitanes estaba todo el día pendiente del BOE para ver cuando salía la plaza de Jefe de la Policía Local de Málaga. No lo consiguió, y se ha retirado de coronel con la misma pensión que yo.
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por dmf »

Kuki_bomb escribió: Sab Sep 25, 2021 9:14 pm Indemnización en concepto de finiquito, si no estoy equivocado al solicitar la baja del ET te corresponde una cantidad Eur/año en caso de tropa en torno 380 eur año de servicio y en el caso de suboficial 580 año de servicio!! Por eso quiero informarme y ver si hay alguien que entienda sobre el tema saludos
Hola, ¿de dónde sacas esas cifras indemnizatorias y en qué Norma aparecen establecidas?
¿Qué motivo tienes para solicitar la baja (renuncia a la condición de Militar de Carrera) de las Fuerzas Armadas?, creo, como te dicen, que debes de solicitar la excedencia regulada en el Capítulo IV del Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-13485
Un saludo
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por Francisco I »

dmf escribió: Lun Sep 27, 2021 4:32 pm
Kuki_bomb escribió: Sab Sep 25, 2021 9:14 pm Indemnización en concepto de finiquito, si no estoy equivocado al solicitar la baja del ET te corresponde una cantidad Eur/año en caso de tropa en torno 380 eur año de servicio y en el caso de suboficial 580 año de servicio!! Por eso quiero informarme y ver si hay alguien que entienda sobre el tema saludos
Hola, ¿de dónde sacas esas cifras indemnizatorias y en qué Norma aparecen establecidas?
¿Qué motivo tienes para solicitar la baja (renuncia a la condición de Militar de Carrera) de las Fuerzas Armadas?, creo, como te dicen, que debes de solicitar la excedencia regulada en el Capítulo IV del Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-13485
Un saludo
Incluso pudiera darse el caso de que fuera él el que tuviera que indemnizar a las FAS, si no cumple los plazos establecidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la ley de la Carrera Militar, si es militar de carrera.
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Re: Indemnizaciones!

Mensaje por dmf »

Hola, aquí dejo la Orden 91/2001, de 3 de mayo, por la que se establecen los requisitos para la renuncia a la condición de militar por los militares de carrera y militares profesionales de tropa y marinería, que mantienen una relación de servicios de carácter permanente, (de momento, en vigor. En estudio otra OM) para resarcir al Estado. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-8968
Ficha informativa nueva OM para resarcir al Estado, https://www.defensa.gob.es/Galerias/par ... miento.pdf
En el caso de que Kuki_bomb deje las FAS, tendrá derecho a recibir la parte proporcional de la paga extra.
Un saludo.
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