Pabellon uso compartido

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Arano
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Re: Pabellon uso compartido

Mensaje por Arano »

chau_chau4 escribió: Dom Oct 28, 2018 4:07 pm Estoy hablando de los pabellones de unidad de la guardia civil, he sido militar temporal pero ahora soy guardia civil
¿En que quedamos; A, B, C.......?, cuando te aclares lo dices y si eres GC, en la Orden que te puse tienes todo, La miras, la lees y la estudias.

Saludos.
MOLI

Re: Pabellon uso compartido

Mensaje por MOLI »

Arano escribió: Vie Oct 26, 2018 7:18 pm Enlace a la Orden General número 5, dada en Madrid el día 19 de mayo de 2005.- Regulación de pabellones oficiales en la Guardia Civil. Con sus modificaciones actuales.

https://mega.nz/#!4yx1GYKY!3G3I8uV-xbp_ ... NeZfbTIHPI


Artículo 13.- Orden de Prioridad.
Uno.- En los pabellones de unidad, cuando exista más de un peticionario, la adjudicación se efectuará por el siguiente orden:
1. Personal afectado por cambio del acuartelamiento o edificio en el que estén los pabellones que le corresponden, cuando estén obligados a desalojar los que tuvieran adjudicados en el anterior.
2. Personal designado para ocupar los destinos que figuran en el Anexo II de la presente Orden. De no existir pabellones desocupados en el momento de la solicitud, se le adjudicará el primero de su grupo que quede vacante, por el orden en que aparecen relacionados en el mencionado anexo.
3. Personal con familia numerosa a su cargo sin que, en ningún caso y por la utilización de esta preferencia, pueda superarse la adjudicación de la tercera parte de cada cupo y grupo de pabellones.
4. Personal casado, o formando pareja de hecho estable, y personal viudo, soltero, separado o divorciado con familiares a su cargo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
5. Personal separado, divorciado, o que haya obtenido la nulidad matrimonial, que en virtud del régimen judicialmente declarado de visitas, comunicación y estancia de hijos comunes, tenga atribuido el cuidado de éstos en periodos discontinuos.
6. Personal sin familiares a cargo.
7. Antigüedad en la petición.
8. Antigüedad en la Unidad.
9. Superior empleo y, dentro del mismo empleo, mayor antigüedad.
Dos.- La condición de familiar a cargo del peticionario se presumirá en cuanto a los descendientes menores de edad, debiendo acreditarse en otro caso por cualquier medio válido en derecho.

Saludos.
Pues la Orden General de Pabellones del Cuerpo esta bien dada. Resulta que es Guardia Civil, lo que pasa que en su perfil a puesto Militar Temporal.
MOLI

Re: Pabellon uso compartido

Mensaje por MOLI »

chau_chau4 escribió: Vie Oct 26, 2018 11:13 pm Con todo el respeto, pero me has contestado a una cosa que no he preguntado..., El orden de prioridad ya lo se.
En su perfil tiene puesto Militar Temporal y Compañero Arano le ha contestado en base a la orden general de pabellones de la Guardia Civil, debe de cambiar ese perfil, si no estaremos en una confucion.
servan75
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Re: Pabellon uso compartido

Mensaje por servan75 »

Una "confución" mi amol? -grin

Pues sí MOLI, vaya tela qué recuerdos de estar en habitaciones en pabellones compartidos. Uffff qué mal estaba yo así, sin intimidad, con personajes de todo tipo.... Pero claro al ser el solterón sin hijos ni na, me tocaba estar siempre por ahí de prestado...Hasta que pasé ya a Valencia, compré el piso y se acabaron las calamidades. Menuda diferencia!!! Eso de no dar explicaciones a nadie, que no te tenga que estar alcahueteando el de puertas cuándo sales o cuándo entras (ni con quién -grin ), estar siempre oyendo a los compañeros, menudo mareo!!! Así estaba en un servicio continuo, siempre rodeado de verde!!! Y yo que siempre he sido alma libre, eso no era para mi....

Pero claro, tenia sus ventajas que no son pocas, a cambio de vivir regular, pues no pagaba un duro, sólo la luz, y eso se notaba bastante en el money...

Lo que se tendría que regular, y bastante, son los JETAS, que tienen pabellones como picaderos, o sólo para cambiarse, y no piensan en los demás, egoísmo en estado vivo!!!.... Y ya lo que me parece de SINVERGÜENZAS, los que viven en pabellones y tienen su piso/s en la calle alquilado/s!!!!! Osea, estás viviendo en el cuartel, cuando tienes tu vivienda o viviendas (acabado en s de Salamanca).... Eso cómo coño no se regula?? Pero claro, si tenemos jefecillos que son peores....qué podemos esperar....

En fin, ya sus he contao otra experiencia de cuando era guardia. Ostia qué bien suena eso de "era".....ooooh que voy a sufrir un orgasmo y todo!!! -fisch

Saludossss a todossss -bye
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